Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2015 (11/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano Miercoles 11 de marzo de 2015

548355
DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL DEL PERU (DGAC) Revision: Original Cuadro Resumen de Viajes Fecha: 30.08.10

Codigo: F-DSA-P&C-002

RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS 11 AL 13 DE MARZO DE 2015 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 067-2015-MTC/12.04 Y Nº 055-2015-MTC/12.04 ORDEN DE INSPECCION Nº INICIO FIN VIATICOS SOLICITANTE (US$) INSPECTOR MORDAZA MORDAZA DETALLE Chequeo tecnico como Instructoras de Cabina en el equipo A-330 en la ruta MORDAZA ­ Bogota ­ MORDAZA, a su personal aeronautico, y verificacion del Mock Up RECIBOS DE ACOTACION Nºs

510-2015MTC/12.04

11-Mar

13-Mar

US$ 600.00

TRANS MORDAZA Valdivieso, AMERICAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA AIRLINES S.A.

Bogota

Republica de Colombia

1892-2890

1209621-1

Aprueban transferencia de concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones otorgada mediante R.M. Nº 678-2014MTC/03 a favor de Data Online Peru S.A.C.
RESOLUCION VICEMINISTERIAL N° 110-2015-MTC/03 MORDAZA, 02 de Marzo del 2015 VISTA, la solicitud presentada mediante Expediente N° 2015-001462 por la empresa BK ­ WIFI S.A.C., para la aprobacion de la transferencia de su concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones, a favor de la empresa DATA ONLINE PERU S.A.C.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial No. 678-2014MTC/03 de fecha 02 de octubre de 2014, se otorgo a la empresa BK ­ WIFI S.A.C. concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Peru, estableciendose como primer servicio a prestar, el servicio de portador local, en las modalidades conmutado y no conmutado, sin asignacion de espectro; suscribiendose el respectivo Contrato de Concesion el 07 de noviembre de 2014; Que, con Resolucion Directoral No. 568-2014-MTC/27 de fecha 07 de noviembre de 2014, se inscribio en el Registro de Servicios Publicos de Telecomunicaciones, a favor de la empresa BK ­ WIFI S.A.C., el servicio de portador local, en las modalidades conmutado y no conmutado; y, se aprobo la Ficha de Inscripcion No. 510; Que, mediante el expediente de Vista, la empresa BK ­ WIFI S.A.C. solicita al Ministerio de Transportes

y Comunicaciones la aprobacion previa y expresa para la transferencia de su concesion unica otorgada por Resolucion Ministerial N° 678-2014-MTC/03, a favor de la empresa DATA ONLINE PERU S.A.C.; Que, el articulo 51° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, en adelante TUO de la Ley, establece que "los derechos otorgados por el Estado (...) (concesiones, autorizaciones, licencias y permisos) son intransferibles, salvo autorizacion previa del Ministerio (...)", senalando, ademas, que "la inobservancia de esta condicion produce la resolucion de pleno derecho del contrato de concesion o la anulacion automatica en el caso de autorizaciones, permisos y licencias"; Que, el articulo 117° del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2007-MTC, en adelante TUO del Reglamento, establece que "(...) las concesiones y las asignaciones de espectro relativas a aquellas son intransferibles total o parcialmente, salvo aprobacion previa y expresa del Ministerio, la cual sera formalizada mediante resolucion viceministerial"; Que, la Clausula Decima del Contrato de Concesion Unica suscrito con la empresa BK ­ WIFI S.A.C., aprobado por Resolucion Ministerial N° 678-2014-MTC/03, referida a las limitaciones de la cesion de posicion contractual, transferencia de la concesion o reorganizacion societaria establece que "LA CONCESIONARIA no podra ceder la posicion contractual derivada del presente Contrato, ni podra transferir o gravar, arrendar ni usufructuar, total o parcialmente, bajo ningun titulo, los derechos, intereses u obligaciones que de el se deriven o de EL REGISTRO, ni realizar actos de reorganizacion societaria, con excepcion de la transformacion, sin la previa aprobacion expresa y por escrito de EL MINISTERIO, quien podra denegarlo solo por causa justificada (...)". Que, mediante Informe N° 217-2015-MTC/27, la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones opina que es procedente la solicitud formulada por la empresa BK ­ WIFI S.A.C. de aprobacion para la

PUBLICACI N OBLIGATORIA DE REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS
Se comunica a todas las Entidades del Sector Publico que, conforme al Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS, publicado el 29 de agosto de 2012, los REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS DEBEN PUBLICARSE en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO para su VALIDEZ Y VIGENCIA, de acuerdo a lo establecido en los articulos 51º y 109º de la Constitucion Politica del Peru.

LA DIRECCION

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