Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2015 (11/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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transferencia de su concesion unica otorgada por Resolucion Ministerial N° 678-2014-MTC/03, a favor de la empresa DATA ONLINE PERU S.A.C.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC y sus modificatorias; el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2007-MTC y sus modificatorias; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modificatorias; y, la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley N° 27444; y, Con la opinion favorable del Director General de Concesiones en Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la transferencia de la concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones otorgada a la empresa BK ­ WIFI S.A.C. por Resolucion Ministerial N° 678-2014-MTC/03, a favor de la empresa DATA ONLINE PERU S.A.C. Articulo 2°.- Aprobar la Adenda al Contrato de Concesion, mediante la cual se formaliza la transferencia descrita en el articulo precedente, y autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones a suscribir la adenda en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Articulo 3°.- Reconocer a la empresa DATA ONLINE PERU S.A.C. como nueva titular de la concesion otorgada por Resolucion Ministerial N° 678-2014-MTC/03, a partir de la fecha de suscripcion de la Adenda a que se refiere el articulo precedente, asumiendo todos los derechos y obligaciones derivados de la concesion transferida. Articulo 4°.- La presente resolucion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si la Adenda a la cual se refiere el articulo 2° de la presente Resolucion, no es suscrita por las empresas BK ­ WIFI S.A.C. y DATA ONLINE PERU S.A.C. en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Articulo 5°.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. HENRRY MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones (e) 1209255-1

El Peruano Miercoles 11 de marzo de 2015

Autorizan a Inversiones Mickaella MORDAZA MORDAZA S.A.C. como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular y operar en el local ubicado en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 816-2015-MTC/15 MORDAZA, 24 de febrero de 2015 VISTOS: Los Partes Diarios Nros. 015000 y 024541, presentado por la empresa denominada INVERSIONES MICKAELLA MORDAZA MORDAZA S.A.C. ­ INVERSIONES MICOS S.A.C., mediante el cual solicita autorizacion para funcionar como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV en el local ubicado en la Av. MORDAZA Grande Nº 361, Mz. J, Lote 05, urbanizacion MORDAZA MORDAZA, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15, modificada

por las Resoluciones Directorales Nºs. 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15 y elevada a rango de Decreto Supremo conforme al Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 016-2008-MTC, sobre "Regimen de autorizacion y funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y Talleres de Conversion a GNV", en adelante "La Directiva", establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas juridicas para ser autorizadas como Talleres de Conversion a Gas Natural Vehicular; Que, el numeral 6 de la citada Directiva, establece que el Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular es el establecimiento autorizado por la Direccion General de Transporte Terrestre para realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos originalmente disenados para la combustion de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustion de GNV, mediante la incorporacion de un kit de conversion o el cambio del motor para cuyo efecto dispone de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion, del motor dedicado instalado y del vehiculo convertido en general; Que, mediante Parte Diario Nº 015000 de fecha 26 de enero de 2015 la empresa denominada INVERSIONES MICKAELLA MORDAZA MORDAZA S.A.C. ­ INVERSIONES MICOS S.A.C., en adelante "La Empresa", solicita autorizacion para funcionar como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV en el local ubicado en la Av. MORDAZA Grande Nº 361, Mz. J, Lote 05, Urbanizacion MORDAZA MORDAZA, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, departamento de MORDAZA, con la finalidad de realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos originalmente disenados para la combustion de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustion de GNV mediante la incorporacion de un kit de conversion, para cuyo efecto manifiesta disponer de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion; Que, con Oficio Nº 719-2015-MTC/15.03 de fecha 05 de febrero de 2015 y notificado el 06 de febrero de 2015, esta Administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por la Empresa, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles, y mediante Parte Diario Nº 024541 de fecha 09 de febrero de 2015, presento diversa documentacion con la finalidad de subsanar las observaciones senaladas en el oficio indicado. Que, de acuerdo al Informe Nº 256-2015-MTC/15.03. AA.CITV, elaborado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se advierte que la documentacion presentada, cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de la Directiva, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa INVERSIONES MICKAELLA MORDAZA MORDAZA S.A.C. ­ INVERSIONES MICOS S.A.C., como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV; De conformidad con la Ley Nº 29370, Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias; y la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 sobre el "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversion a GNV", aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005MTC/15 y modificada por las Resoluciones Directorales Nºs. 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15 y elevado al rango de Decreto Supremo conforme al Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 016-2008-MTC; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa denominada INVERSIONES MICKAELLA MORDAZA MORDAZA S.A.C. ­ INVERSIONES MICOS S.A.C., como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV para la instalacion del kit de conversion y operar en el local ubicado en la Av. MORDAZA Grande Nº 361, Mz. J, Lote 05, Urbanizacion MORDAZA MORDAZA, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, departamento de MORDAZA, por el plazo de cinco (05) anos contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Segundo.- La empresa INVERSIONES MICKAELLA MORDAZA MORDAZA S.A.C. ­ INVERSIONES MICOS S.A.C.., bajo responsabilidad debe presentar a la Direccion General de Transporte

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