Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2015 (13/03/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 12

548462
Que, mediante Memorando N° 079-2015-OGPP-SG/ MC de fecha 21 de enero de 2015, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinion tecnica favorable sobre la Directiva propuesta; Que, el numeral 6.1 de la Directiva N° 002-2011-MC, aprobada por Resolucion Ministerial N° 129-2011-MC, establece que: "La aprobacion de las Directivas orientadas al Ministerio de Cultura, sera mediante Resolucion expedida por el Secretario General, el Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales y el Viceministerio de Interculturalidad (...)", asimismo el inciso c) del numeral 7.2 estipula que: "La Secretaria General o Viceministerio segun corresponda aprobara las Directivas de considerarlo conveniente, numerando y expidiendo las respectivas resoluciones"; Que, mediante Informe N° 001-2015-VMI/MC de fecha 24 de febrero de 2015, el Viceministerio de Interculturalidad solicita que por el alcance sectorial de la Directiva propuesta, su aprobacion se realice por la Titular del Sector; por lo que corresponderia para el presente caso su avocacion; Con el visado del Director de la Direccion de Lenguas Indigenas, de la Directora General de Derechos de los Pueblos Indigenas, de la Viceministra de Interculturalidad, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Constitucion Politica del Peru; la Ley N° 29735, Ley que regula el uso, preservacion, desarrollo, recuperacion, fomento y difusion de las lenguas originarias del Peru; la Ley Nº 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura y la Resolucion Ministerial N° 129-2011-MC, que aprobo la Directiva N° 002-2011-MC "Lineamientos para la Formulacion y Aprobacion de Directivas del Ministerio de Cultura"; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva N° 001-2015/ MC "Procedimiento para el uso y fomento de lenguas indigenas u originarias en la prestacion de servicios al publico del Sector Cultura", la misma que en documento anexo forma parte integrante de la presente Resolucion, por las razones expuestas en la parte considerativa. Articulo 2º.- La presente Resolucion Ministerial sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, la Directiva sera publicada en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe), el mismo dia de la publicacion de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA ALVAREZ-CALDERON Ministra de Cultura 1210941-1

El Peruano Viernes 13 de marzo de 2015

DEFENSA
Autorizan viaje de oficial del Ejercito del Peru a los EE.UU., en mision de estudios
RESOLUCION SUPREMA N° 093-2015-DE/ MORDAZA, 12 de marzo de 2015 VISTO: El Oficio N° 293/DIEDOC/C-5.c del 05 de febrero de 2015, de la Direccion de Educacion y Doctrina del Ejercito. CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 714/MAAG-ENT del 4 de diciembre de 2014 y Oficio N° 562/MAAG-ENT del 20 de octubre de 2014 y Oficio N° 023/MAAG-ENT del 21 de

enero de 2015, el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de MORDAZA comunica al General de Ejercito Comandante General del Ejercito, el ofrecimiento del Curso de Alto Mando Escuela de MORDAZA, que se llevara a cabo en la Escuela de Estado Mayor del Ejercito de los Estados Unidos, MORDAZA de Carslile, Estado de Pensilvania, Estados Unidos de MORDAZA, del 12 de MORDAZA de 2015 al 10 de junio de 2016; Que, con el documento del visto, el Director de Educacion y Doctrina del Ejercito comunica al Director de Relaciones Internacionales del Ejercito, que el General de Ejercito Comandante General del Ejercito aprobo la designacion del MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA La MORDAZA MORDAZA, para que realice el Curso de Alto Mando Escuela de MORDAZA, que se llevara a cabo en la Escuela de Estado Mayor del Ejercito de los Estados Unidos, en la MORDAZA de Carslile, Estado de Pensilvania, Estados Unidos de MORDAZA, del 12 de MORDAZA de 2015 al 10 de junio de 2016; Que, es conveniente para los intereses de la institucion, autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios al MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA La MORDAZA MORDAZA, para que participe en el mencionado Curso; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Seguridad dentro del ambito de competencia del Ejercito del Peru; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo del Presupuesto Institucional del Ano Fiscal 2015, de la Unidad Ejecutora 003 Ejercito del Peru, de conformidad con el articulo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, los gastos de transporte aereo de ida y vuelta del participante, seran cubiertos por el Gobierno de los Estados Unidos de America; Que, el numeral 2.1 del articulo 2° del Decreto Supremo N°262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, dispone que el monto de la compensacion extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, sera reducido en la misma cantidad que la bonificacion otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del articulo 8° del Decreto Legislativo N° 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policia Nacional del Peru; Que, el articulo 2° de la Resolucion Ministerial N° 778-2008-DE/SG de 25 de MORDAZA de 2008, dispone que los organos competentes, organismos publicos descentralizados, unidades ejecutoras y empresas del sector Defensa, deben cumplir con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del personal militar y civil del sector, una disposicion que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la compensacion extraordinaria mensual por servicios en el extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; Que, de conformidad con el articulo 26° de la Ley N° 28359 ­ Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, el personal militar nombrado en Comision de Servicio o Mision de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero estara impedido de solicitar su pase a la situacion de disponibilidad o retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo previsto en el articulo 23° de la respectiva MORDAZA, mas el tiempo compensatorio senalado en el citado articulo 26°; y conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005DE/SG, de fecha 14 de febrero 2005; y, sus respectivas modificatorias, el Decreto Supremo N° 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo N° 009-2013-DE, de fecha 02 de octubre de 2013; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley N° 30281 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; Ley N° 27619 ­ Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo N° 0472002-PCM del 05 de junio de 2002 y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 002-2004/DE/SG del 26 deenero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.