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El Peruano Viernes 13 de marzo de 2015 548462 Que, mediante Memorando N° 079-2015-OGPP-SG/ MC de fecha 21 de enero de 2015, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica favorable sobre la Directiva propuesta; Que, el numeral 6.1 de la Directiva N° 002-2011-MC, aprobada por Resolución Ministerial N° 129-2011-MC, establece que: “La aprobación de las Directivas orientadas al Ministerio de Cultura, será mediante Resolución expedida por el Secretario General, el Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales y el Viceministerio de Interculturalidad (…)”, asimismo el inciso c) del numeral 7.2 estipula que: “La Secretaría General o Viceministerio según corresponda aprobará las Directivas de considerarlo conveniente, numerando y expidiendo las respectivas resoluciones”; Que, mediante Informe N° 001-2015-VMI/MC de fecha 24 de febrero de 2015, el Viceministerio de Interculturalidad solicita que por el alcance sectorial de la Directiva propuesta, su aprobación se realice por la Titular del Sector; por lo que correspondería para el presente caso su avocación; Con el visado del Director de la Dirección de Lenguas Indígenas, de la Directora General de Derechos de los Pueblos Indígenas, de la Viceministra de Interculturalidad, el Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29735, Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura y la Resolución Ministerial N° 129-2011-MC, que aprobó la Directiva N° 002-2011-MC “Lineamientos para la Formulación y Aprobación de Directivas del Ministerio de Cultura”; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva N° 001-2015/ MC “Procedimiento para el uso y fomento de lenguas indígenas u originarias en la prestación de servicios al público del Sector Cultura”, la misma que en documento anexo forma parte integrante de la presente Resolución, por las razones expuestas en la parte considerativa. Artículo 2º.- La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. Asimismo, la Directiva será publicada en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese DIANA ALVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura 1210941-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficial del Ejército del Perú a los EE.UU., en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 093-2015-DE/ Lima, 12 de marzo de 2015 VISTO: El Ofi cio N° 293/DIEDOC/C-5.c del 05 de febrero de 2015, de la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio N° 714/MAAG-ENT del 4 de diciembre de 2014 y Ofi cio N° 562/MAAG-ENT del 20 de octubre de 2014 y Ofi cio N° 023/MAAG-ENT del 21 de enero de 2015, el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América comunica al General de Ejército Comandante General del Ejército, el ofrecimiento del Curso de Alto Mando Escuela de Guerra, que se llevará a cabo en la Escuela de Estado Mayor del Ejército de los Estados Unidos, ciudad de Carslile, Estado de Pensilvania, Estados Unidos de América, del 12 de abril de 2015 al 10 de junio de 2016; Que, con el documento del visto, el Director de Educación y Doctrina del Ejército comunica al Director de Relaciones Internacionales del Ejército, que el General de Ejército Comandante General del Ejército aprobó la designación del Coronel EP Mario Eduardo La Torre Gálvez, para que realice el Curso de Alto Mando Escuela de Guerra, que se llevará a cabo en la Escuela de Estado Mayor del Ejército de los Estados Unidos, en la ciudad de Carslile, Estado de Pensilvania, Estados Unidos de América, del 12 de abril de 2015 al 10 de junio de 2016; Que, es conveniente para los intereses de la institución, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al Coronel EP Mario Eduardo La Torre Gálvez, para que participe en el mencionado Curso; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad dentro del ámbito de competencia del Ejército del Perú; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo del Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2015, de la Unidad Ejecutora 003 Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, los gastos de transporte aéreo de ida y vuelta del participante, serán cubiertos por el Gobierno de los Estados Unidos de América; Que, el numeral 2.1 del artículo 2° del Decreto Supremo N°262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonifi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8° del Decreto Legislativo N° 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 778-2008-DE/SG de 25 de julio de 2008, dispone que los órganos competentes, organismos públicos descentralizados, unidades ejecutoras y empresas del sector Defensa, deben cumplir con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicios en el extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; Que, de conformidad con el artículo 26° de la Ley N° 28359 – Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, modifi cado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, el personal militar nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero estará impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23° de la respectiva norma, más el tiempo compensatorio señalado en el citado artículo 26°; y conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005- DE/SG, de fecha 14 de febrero 2005; y, sus respectivas modifi catorias, el Decreto Supremo N° 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo N° 009-2013-DE, de fecha 02 de octubre de 2013; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley N° 30281 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; Ley N° 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM del 05 de junio de 2002 y sus modifi catorias; el Decreto Supremo N° 002-2004/DE/SG del 26 deenero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes