Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2015 (13/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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para acreditar el cumplimiento de requisitos previstos en la MORDAZA Tecnica que regula el referido concurso; y como consecuencia de ello, adelantar la fecha de publicacion de los resultados definitivos de dicho concurso, con el fin de garantizar el desarrollo adecuado de esta MORDAZA etapa; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013ED y sus modificatorias; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y la MORDAZA Tecnica denominada "Normas para los Concursos Excepcionales de Reubicacion en la Tercera, Cuarta, MORDAZA y Sexta Escala Magisterial", aprobada por Resolucion de Secretaria General Nº 813-2014-MINEDU; SE RESUELVE: Articulo 1.- Modificar el Anexo 1 de la Resolucion Ministerial Nº 298-2014-MINEDU, modificado por Resolucion Ministerial Nº 510-2014-MINEDU, respecto al cronograma del MORDAZA concurso excepcional de reubicacion en la tercera, cuarta, MORDAZA y sexta escala magisterial, en el MORDAZA de lo dispuesto en la Primera Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera:
"ANEXO 1 CRONOGRAMA DE LOS CONCURSOS EXCEPCIONALES DE REUBICACION EN LA TERCERA, CUARTA, MORDAZA Y SEXTA ESCALA MAGISTERIAL Actividades (...) MORDAZA concurso excepcional de reubicacion 13 Actualizacion y/o rectificacion de informacion 09/12/2014 22/12/2014 consignada en el Formato de Inscripcion***** 14 Publicacion de centros de evaluacion para rendir Prueba Nacional 16/03/2015 16/03/2015 Inicio Fin

El Peruano Viernes 13 de marzo de 2015

ENERGIA Y MINAS
Aprueban Terminos de Referencia Comunes para la elaboracion de Estudios de Impacto Ambiental Detallados y Semidetallados de las Actividades de Exploracion, Beneficio, Labor General, Transporte y Almacenamiento Minero y otros, en cumplimiento del D.S. Nº 040-2014-EM
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 116-2015-MEM/DM MORDAZA, 11 de marzo de 2015 VISTO: Lo dispuesto por la Septima Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 040-2014EM, Reglamento de Proteccion y Gestion Ambiental para las Actividades de Explotacion, Beneficio, Labor General, Transporte y Almacenamiento Minero; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion del Impacto Ambiental, dispone en su articulo 9º que la autoridad competente podra establecer los mecanismos para la clasificacion y definicion de los terminos de referencia de los estudios de impacto ambiental de actividades comunes en el sector que le corresponda, en cuyo caso no sera aplicable lo dispuesto en los articulos 7º y 8º de la referida Ley, procediendo el proponente o titular con la elaboracion del estudio de impacto ambiental de acuerdo con los terminos de referencia correspondientes; Que, el articulo 39º del Decreto Supremo Nº 019-2009MINAM, Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental establece que las Autoridades Competentes podran emitir normas para clasificar anticipadamente proyectos de inversion y aprobar Terminos de Referencia para proyectos que presenten caracteristicas comunes o similares, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 9º de la Ley Nº 27446, en cuyo caso los titulares presentaran directamente el estudio ambiental elaborado, para su revision y aprobacion; Que, mediante Decreto Supremo Nº 040-2014EM, se aprobo el Reglamento de Proteccion y Gestion Ambiental para las Actividades de Explotacion, Beneficio, Labor General, Transporte y Almacenamiento Minero correspondientes a los proyectos de la mediana y gran mineria; siendo tambien aplicable a las actividades auxiliares que se ejecuten de manera complementaria. El citado Reglamento es aplicable supletoriamente a las demas actividades mineras, distintas a las MORDAZA senaladas; salvo las actividades de pequena mineria y mineria artesanal que se rigen por la normativa especifica, y en los aspectos que no se encuentren contemplados en dicha regulacion, en cuyo caso el Decreto Supremo Nº 040-2014-EM, se aplicara de manera supletoria; Que, en concordancia con la Septima Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 0402014-EM, los Terminos de Referencia Comunes para la elaboracion de los Estudios de Impacto Ambiental Detallados y Semidetallados, seran aprobados por Resolucion Ministerial del Ministerio de Energia y Minas, previa opinion favorable del Ministerio del Ambiente, dentro del plazo de noventa (90) dias calendario de publicado dicho Decreto Supremo; siendo que el Ministerio de Energia y Minas adecuara la normativa vigente, de acuerdo a lo dispuesto en la referida Disposicion Complementaria Final; Que, para dicho fin la Direccion General de Asuntos Ambientales Mineros del Ministerio de Energia y Minas elaboro la propuesta de Terminos de Referencia Comunes para la elaboracion de los Estudios de Impacto Ambiental Detallados y Semidetallados de las actividades de Explotacion, Beneficio, Labor General, Transporte y Almacenamiento Minero; asi como aquellos correspondientes a la construccion de lineas de transmision, aprovechamiento de materiales de

15 Rectificacion del tiempo de servicios oficiales 16/03/2015 27/03/2015 declarado en el Formato de Inscripcion****** 16 17 18 19 20 21 Aplicacion de la Prueba Nacional Publicacion de los resultados de la Prueba Nacional y de las reubicaciones de escala MORDAZA de reclamos Resolucion de reclamos 29/03/2015 29/03/2015 13/04/2015 13/04/2015 14/04/2015 16/04/2015 15/04/2015 08/05/2015

Publicacion de lista de resultados definitivos 11/05/2015 11/05/2015 de reubicaciones de escala de profesores MORDAZA ante la UGEL de la documentacion para acreditar el cumplimiento de requisitos previstos en la MORDAZA Tecnica Emision de resoluciones Verificacion de requisitos 12/05/2015 15/05/2015 13/05/2015 02/06/2015 14/05/2015 14/07/2015

22 23 (...)

****** Dicha etapa se realizara de manera automatizada desde el MORDAZA institucional del MINEDU, a fin de garantizar que los profesores que se encuentran habilitados para participar en el MORDAZA concurso excepcional de reubicacion consignen de manera adecuada el tiempo de servicios oficiales que tenian a la fecha de inicio de la etapa de inscripcion, y puedan acceder a una meta de reubicacion en dicho concurso."

Articulo 2.- Disponer que la Oficina General de Asesoria Juridica publique la presente resolucion en el Sistema de Informacion Juridica de Educacion ­ SIJE, ubicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Educacion (www.minedu.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion 1211072-1

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