Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2015 (13/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano Viernes 13 de marzo de 2015

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"TITULO II DE LA ESTRUCTURA ORGANICA Y FUNCIONES DE LOS ORGANOS DEL PROGRAMA (...) CAPITULO II DE LOS ORGANOS DE DIRECCION" "Articulo 21.- La Unidad de Prevencion y Mitigacion de Desastres La Unidad de Prevencion y Mitigacion de Desastres es un organo de linea, responsable de coordinar y facilitar las acciones de prevencion y mitigacion de riesgos frente a desastres de origen natural o situaciones fortuitas, asi como conducir la coordinacion de las acciones para la prevencion, mitigacion y atencion ante los fenomenos naturales de heladas y friaje. Esta a cargo de un Responsable que depende directamente del Director Ejecutivo del Programa. Mantiene relaciones funcionales y de coordinacion con todos los Organos, Unidades y Areas del Programa". "Articulo 31.- Relacion de puestos El Programa tiene la siguiente Relacion de Puestos, a fin de cumplir sus objetivos:
N° Orden 1 1 2 3 4 2 5 6 7 8 9 10 11 3 3.1 12 13 14 15 16 17 18 3.2 19 20 21 22 23 24 25 26 3.3 27 28 29 30 31 4 4.1 32 33 34 35 36 37 38 39 40 4.2 41 42 43 4.3 44 DENOMINACION DEL PUESTO DIRECCION EJECUTIVA Director Ejecutivo Asistente Administrativo Asesor Secretaria COORDINACION TECNICA Coordinador Tecnico Especialista en Gestion Asistente administrativo Especialista tematico Especialista en monitoreo y evaluacion Analista de procesos Analista programador UNIDADES DE ADMINISTRACION INTERNA Area de Administracion Responsable Especialista en MORDAZA de Abastecimiento Especialista en Contrataciones Especialista en Abastecimiento Tecnico en Tramite Documentario Tecnico en Soporte Informatico Tecnico Especialista en Archivo Area de Planeamiento y Presupuesto Responsable Especialista en Planeamiento Especialista en Presupuesto Especialista en Monitoreo Racionalizador Estadistico o de Sistemas Especialista en Comunicaciones Especialista Geografo Area de Asesoria Legal Responsable Especialista Legal en Contrataciones y Obras Especialista Legal en Saneamiento Especialista Juridico Asistente Administrativo UNIDADES TECNICAS Unidad de Infraestructura Responsable Especialista en Administracion de Contratos Especialista en Liquidaciones Estructuralista y otros Profesionales Especializados Especialista en Mantenimiento: General ­ Sanitario y Electrico Especialista en Formulacion de Proyectos de Inversion Publica Secretaria Especialista Legal en Saneamiento Especialista Legal en Contrataciones del Estado Unidad de Servicios e Intervenciones Responsable Especialista en Prestacion de Servicios Especialista en Relaciones Comunicacionales Unidad de Operaciones Responsable NUMERO DE PUESTOS 4 1 1 1 1 10 1 2 1 2 1 1 2 35 16 1 2 5 3 1 1 3 14 1 2 2 3 1 2 1 2 5 1 1 1 1 1 585 43 1 20 4 2 3 3 1 3 6 6 1 4 1 531 1

al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, como plataforma de prestacion de servicios y actividades del Sector Vivienda, Construccion y Saneamiento, asi como de otros sectores que brinden servicios y actividades orientados a la poblacion rural y rural dispersa, que permitan mejorar su calidad de MORDAZA, generar igualdad de oportunidades y desarrollar o fortalecer sus capacidades productivas individuales y comunitarias, coadyuvando a su desarrollo economico, social y productivo, y contribuyendo a su inclusion social; Que, de acuerdo con la Primera Disposicion Complementaria Final del mencionado Decreto Supremo, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento aprobo, mediante Resolucion Ministerial Nº 141-2014VIVIENDA, el Manual de Operaciones del Programa Nacional Tambos (PNT); Que, con Memorando Nº 387-2015-VIVIENDA-PNT, la Direccion Ejecutiva del Programa Nacional Tambos, en merito a los fundamentos tecnicos y legales contenidos en los Informes Nº 027-2015-VIVIENDA-PNT-APP y Nº 1322015-VIVIENDA/PNT-AAL, respectivamente, proponen modificar el Manual de Operaciones del Programa Nacional Tambos, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 1412014-VIVIENDA respecto del articulo 6, la denominacion del Capitulo II del Titulo II, el articulo 21, la Relacion de Puestos prevista en el articulo 31, el organigrama, y la denominacion de "Coordinador" por la de "Responsable" al encargado de la Unidad de Prevencion y Mitigacion de Desastres; e incorporar los articulos 8-A y 8-B, con el objeto de contar con los organos que contribuyan a mejorar la gestion del Programa, el ejercicio de sus funciones y el cumplimiento de sus objetivos; Que, por Memorandum Nº 780-2015/VIVIENDAOGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto - OGPP senala que la propuesta de modificacion del Manual de Operaciones del Programa Nacional Tambos cuenta con su opinion favorable, adjuntando para tal efecto, el Informe Nº 054-2015/VIVIENDA-OGPP-OPM, de la Oficina de Planeamiento y Modernizacion de la OGPP; Que, en consecuencia es necesario aprobar la modificacion del Manual de Operaciones del Programa Nacional Tambos, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 141-2014-VIVIENDA y del Organigrama que en calidad de Anexo forma parte del mismo; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; y el Decreto Supremo Nº 016-2013-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1.- Modificar el Manual de Operaciones del Programa Nacional Tambos, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 141-2014-VIVIENDA respecto del articulo 6, la denominacion del Capitulo II del Titulo II, y los articulos 21 y 31, los cuales quedan redactados conforme al siguiente texto: "Articulo 6.- Estructura Organica El Programa Nacional Tambos cuenta con la siguiente estructura organica: 01. ORGANOS DE DIRECCION

01.1 Direccion Ejecutiva 01.2 Coordinacion Tecnica 02. ORGANOS DE ADMINISTRACION INTERNA

02.1 Area de Asesoria Legal 02.2 Area de Planeamiento y Presupuesto 02.3 Area de Administracion 03. 03.1 03.2 03.3 03.4 ORGANOS TECNICOS Unidad de Infraestructura Unidad de Servicios e Intervenciones Unidad de Operaciones Unidad de Prevencion y Mitigacion Desastres"

de

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