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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2015 (21/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 57

El Peruano Sábado 21 de marzo de 2015 549107 VISTO: La Nota Informativa Nº 070-2015-OEA-INO, del 16 de marzo de 2015; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2004-TR se reglamenta la Ley Nº 27736 que dispone la transmisión radial y televisiva de ofertas laborales del Sector Público y Privado por parte del Instituto de Radio y Difusión del Perú a través del Canal 7 y Radio Nacional del Perú; Que, es obligatorio de los organismos públicos entre otros, remitir sus ofertas de empleo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, respecto de las ofertas de cargos públicos que tengan previsto concursar, excluyéndose de esta obligación de concursar y remitir la oferta, a los cargos clasifi cados de confi anza, conforme a las reglas de la normatividad laboral vigente; Que, dicha comunicación por parte de los organismos públicos se hará por escrito o vía electrónica a la bolsa de empleos electrónica www.empleosperu.gob.pe con una anticipación de diez (10) días hábiles al inicio del concurso de puestos de trabajo vacantes a ofertar; Que, asimismo la mencionada norma legal dispone que los organismos públicos designaran mediante resolución del titular de la entidad pública, al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad, a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Nota Informativa Nº 070-2015-OEA- INO, del 16 de marzo de 2015, la Directora Ejecutiva de la Ofi cina Ejecutiva de Administración propuso designar al Jefe de Personal Licenciado Robert Matías Díaz como funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo del Instituto Nacional de Oftalmología; Que, con la fi nalidad de cumplir con lo dispuesto en la normativa vigente, resulta necesario designar al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo del Instituto Nacional de Oftalmología; Con las visaciones de la Jefa de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y de la Directora Ejecutiva de la Ofi cina Ejecutiva de Administración; y De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 012-2004-TR y el literal n) del Artículo 6º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Oftalmología, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 447-2009/MINSA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DESIGNAR al Licenciado Robert Matías Díaz como funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo del Instituto Nacional de Oftalmología a la Dirección General de Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 2º.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, tal como lo dispone el Decreto Supremo Nº 012-2004-TR. Regístrese y comuníquese. BETTY GEORGINA CAMPOS DAVILA Directora General 1214703-1 Disponen inicio de procedimiento administrativo disciplinario contra el Director General del Hospital María Auxiliadora RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 69-2015/IGSS Lima, 20 de marzo de 2015 VISTO: El Ofi cio Nº 007-2015-ST-IGSS del Secretario Técnico de los Órganos Instructores del Procedimiento Disciplinario del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, que contienen los Informes de Precalifi cación Nº 001-2015-ST/IGSS, Nº 002-2015-ST/IGSS y Nº 003- 2015-ST/IGSS; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 92° de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil faculta al Titular de la Entidad, dentro del ámbito de su competencia, para actuar como autoridad del procedimiento administrativo disciplinario y dictar la resolución que da inicio al procedimiento administrativo disciplinario; Que, el segundo párrafo de la norma citada precedentemente establece que las autoridades del procedimiento administrativo disciplinario cuentan con el apoyo de un Secretario Técnico que tiene, entre otras funciones, la de precalifi car las presuntas faltas en la que incurre los servidores públicos; Que, de los documentos del visto se advierte que se trata de hechos relacionados con los tres (3) procesos de selección y uno (1) de exoneración de adquisiciones de equipos materiales y dispositivos médicos convocados en el Hospital María Auxiliadora, los mismos que guardan conexión, por lo que en conformidad con el artículo 149° de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que faculta a la autoridad responsable de la instrucción disponer la acumulación de expedientes, correspondiendo acumularlos; Antecedentes Que, por los informes del Visto el Secretario Técnico de los órganos Instructores del Procedimiento Disciplinario del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, recomienda el inicio del procedimiento administrativo contra el Director General del Hospital María Auxiliadora, médico cirujano José Fernando Naveda Valladares por graves infracciones a la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, Ley Nº 27815, Código de Ética de la Función Pública y la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el Decreto Legislativo Nº 1017 Ley de Contrataciones del Estado; Que, conforme a los citados informes, se tiene que el médico cirujano José Fernando Naveda Valladares, mediante las Resoluciones Directorales Nº 591-2013- HMA-DG de 24 de octubre de 2013; Nº 560-2013-HMA- DG, de 30 de setiembre de 2013, dispuso la modifi cación del Plan Anual de Contrataciones, con el objeto de incorporar la adquisición de: i) Cabina de Seguridad Biológica para Quimioterapia; y, ii) Material Biomédico para Bioseguridad y Dispositivos Médicos para la Sala de Operaciones; Que, el citado administrado por Resoluciones Directorales Nº 198-2013-DG, de 12 de abril de 2013; y, Nº 588-2013-HMA de 21 de octubre de 2013, conforma los correspondientes Comités Especiales, para llevar adelante el Proceso de Adjudicación Directa Selectiva Nº 0015-2013-HMA “Adquisición de Cabina de Seguridad Biológica para Quimioterapia” y el Proceso de Licitación Pública Nº 008-2013-HMA “Adquisición de Material Biomédico para Seguridad”; Que, asimismo mediante Resolución Directoral Nº 720-2013-HMA-DG, de fecha 27 de diciembre de 2013, se aprobó el Proceso de Exoneración para la adquisición de Equipos Médicos del Hospital María Auxiliadora por causal de desabastecimiento inminente, por un monto equivalente a S/. 173.100.00 (Ciento setenta y tres mil cien nuevos soles con 00/100); Que, los tres procesos citados y la exoneración precedentemente culminaron con la suscripción de los contratos: Nº 138-2013-HMA, Nº 001-2014-HMA, N° 142- 2013-HMA, Nº 146-2013-HMA, Nº 003-2014-HMA y Nº 004- 2014-HMA, respectivamente; Que, dichos contratos fueron declarados nulos con las Resoluciones Directorales Nº 275-2014-HMA-DG, de 27 de mayo de 2014; Nº 298-2014-HMA-DG, de 9 de junio de 2014; y, Nº 507-2014-HMA-DG de 21 de agosto de 2014, por inobservancia de lo dispuesto el artículo I del Título Preliminar, en el numeral 26.2 del artículo 26° y 77.1 del artículo 77° de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto , numeral 4.2 del artículo 4° de la Ley Nº 29951 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, artículo 18 del Decreto Supremo N° 184-2008-EF Reglamento del Decreto Legislativo N° 1017- que aprobó la Ley de Contrataciones del Estado;