Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2015 (07/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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Que, la Resolucion Ministerial Nº 451-2014-MINEDU, crea el modelo de servicio educativo "Jornada Escolar Completa para las instituciones educativas publicas del nivel de educacion secundaria" - JEC, y dispone la implementacion progresiva del modelo de servicio educativo, a partir del ano 2015, en mil (1,000) instituciones educativas seleccionadas; Que, mediante Resolucion de Secretaria General Nº 008-2015-MINEDU se aprueba la MORDAZA Tecnica denominada "Normas para la implementacion del Modelo de Servicio Educativo Jornada Escolar Completa para las Instituciones Educativas Publicas del nivel de educacion secundaria"; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 023-2015MINEDU, se aprueba la MORDAZA Tecnica denominada "Normas que Regulan la Contratacion de Profesores en las Instituciones Educativas Publicas de educacion Basica y Tecnico Productiva en el Ano 2015", la cual en su numeral 6.8 establece que en aquellas Instituciones Educativas seleccionadas para implementar la "Jornada Escolar Completa para las instituciones educativas publicas del nivel de educacion secundaria" - JEC en las que no se MORDAZA podido cubrir las horas con personal docente nombrado, se procedera a la contratacion de profesores para cubrir las horas vacantes; asimismo, senala que el profesor contratado en Educacion Basica Regular, nivel de educacion secundaria, puede asumir hasta un MORDAZA de seis (6) horas adicionales en las referidas Instituciones Educativas; Que, el numeral 18.1 del articulo 18 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, autoriza al Ministerio de Educacion, durante el ano fiscal 2015, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales, hasta por el monto de MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS DIEZ MIL DOSCIENTOS DIEZ Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 979 710 210,00), destinado a financiar, entre otros, lo senalado en su literal d), relacionado al pago de horas adicionales a favor de los profesores de las instituciones educativas del nivel de educacion secundaria, para la implementacion de la Jornada Escolar Completa; estableciendose que para la aplicacion de lo dispuesto en el citado numeral, en los casos que corresponda, se exonera al Ministerio de Educacion y a los Gobiernos Regionales de lo dispuesto por el articulo 6 de la citada Ley; asimismo, el numeral 18.2 del referido articulo, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional autorizadas se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Educacion, a solicitud de este ultimo, previo cumplimiento de las condiciones o disposiciones que para tal efecto establece el Ministerio de Educacion en el MORDAZA de lo establecido en la normatividad de la materia; Que, el numeral 80.2 del articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, modificado por la Primera Disposicion Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 30281, establece que las entidades que cuenten con programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado cuente con productos o proyectos del mismo programa, salvo para las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional que se autoricen para la elaboracion de encuestas, censos o estudios que se requieran para el diseno, seguimiento y evaluacion del desempeno en el MORDAZA del presupuesto por resultados; asimismo se establece que, las transferencias de recursos que se efectuen en el MORDAZA del presente numeral solo se aprueban hasta el MORDAZA trimestre del ano fiscal correspondiente y de acuerdo con lo senalado en el ultimo parrafo del referido numeral 80.2, las transferencias previstas en el citado numeral se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, previo informe favorable de la Direccion General de Presupuesto Publico; Que, la Direccion de Educacion Secundaria de la Direccion General de Educacion Basica Regular del Ministerio de Educacion, mediante el Informe Nº 155-2015MINEDU/VMGP/DIGEBR-DES-JEC, sustenta y determina el costo total del pago del incremento de seis (06) horas adicionales a favor de los profesores contratados en

El Peruano Jueves 7 de MORDAZA de 2015

plaza organica de las instituciones educativas del nivel de educacion secundaria correspondientes a los Gobiernos Regionales a nivel nacional, para la implementacion de la Jornada Escolar Completa; asimismo, senala que se ha verificado el cumplimiento de lo dispuesto en el ultimo parrafo del numeral 18.2 del articulo 18 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; Que, la Unidad de Planificacion y Presupuesto de la Oficina de Planificacion Estrategica y Presupuesto de la Secretaria de Planificacion Estrategica de dicho Ministerio, ha senalado que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educacion, Unidad Ejecutora 026: Programa Educacion Basica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuentan con recursos disponibles para ser transferidos a favor de los pliegos Gobiernos Regionales para financiar el costo del pago del incremento de seis (06) horas adicionales a favor de los profesores contratados en plaza organica de las instituciones educativas del nivel de educacion secundaria, para la implementacion del modelo de Servicio Educativo Jornada Escolar Completa; Que, en el MORDAZA de lo indicado en los considerandos precedentes, el Ministerio de Educacion, mediante Oficio Nº 0537-2015-MINEDU/SG, solicita la aprobacion de un decreto supremo que autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para financiar el costo del pago del incremento de seis (06) horas adicionales, a favor de los profesores contratados en plaza organica de las instituciones educativas del nivel de educacion secundaria, para la implementacion del modelo de Servicio Educativo Jornada Escolar Completa; Que, de acuerdo a la informacion registrada en el "Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico" y la base de datos remitida por el Ministerio de Educacion, el monto a transferir a los pliegos Gobiernos Regionales asciende a la suma de NUEVE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/ 9 558 754,00), para financiar el costo del pago del incremento de seis (06) horas adicionales a favor de los profesores contratados en plaza organica de las instituciones educativas del nivel de educacion secundaria, para la implementacion del modelo de Servicio Educativo Jornada Escolar Completa; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, hasta por la suma de NUEVE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/ 9 558 754,00), para el costo del pago del incremento de seis (06) horas adicionales, a favor de los profesores contratados en plaza organica de las instituciones educativas del nivel de educacion secundaria correspondientes a los Gobiernos Regionales a nivel nacional, para la implementacion del modelo de Servicio Educativo Jornada Escolar Completa; De conformidad con el articulo 18 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; y el articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y modificatorias; DECRETA: Articulo 1.- Objeto 1.1 Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, del pliego 010: Ministerio de Educacion, a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, hasta por la suma de NUEVE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/ 9 558 754,00), para financiar el costo del pago del incremento de seis (06) horas adicionales a favor de los profesores contratados en plaza organica de las instituciones educativas del nivel de educacion secundaria correspondientes a los Gobiernos Regionales a nivel nacional, para la implementacion del modelo de Servicio Educativo Jornada Escolar Completa, conforme a la parte considerativa de la presente MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle:

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