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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MAYO DEL AÑO 2015 (07/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 12

El Peruano Jueves 7 de mayo de 2015 552106 Que, la Resolución Ministerial Nº 451-2014-MINEDU, crea el modelo de servicio educativo “Jornada Escolar Completa para las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria” - JEC, y dispone la implementación progresiva del modelo de servicio educativo, a partir del año 2015, en mil (1,000) instituciones educativas seleccionadas; Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº 008-2015-MINEDU se aprueba la Norma Técnica denominada “Normas para la implementación del Modelo de Servicio Educativo Jornada Escolar Completa para las Instituciones Educativas Públicas del nivel de educación secundaria”; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 023-2015- MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada “Normas que Regulan la Contratación de Profesores en las Instituciones Educativas Públicas de educación Básica y Técnico Productiva en el Año 2015”, la cual en su numeral 6.8 establece que en aquellas Instituciones Educativas seleccionadas para implementar la “Jornada Escolar Completa para las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria” - JEC en las que no se haya podido cubrir las horas con personal docente nombrado, se procederá a la contratación de profesores para cubrir las horas vacantes; asimismo, señala que el profesor contratado en Educación Básica Regular, nivel de educación secundaria, puede asumir hasta un máximo de seis (6) horas adicionales en las referidas Instituciones Educativas; Que, el numeral 18.1 del artículo 18 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, autoriza al Ministerio de Educación, durante el año fiscal 2015, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales, hasta por el monto de MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS DIEZ MIL DOSCIENTOS DIEZ Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 979 710 210,00), destinado a financiar, entre otros, lo señalado en su literal d), relacionado al pago de horas adicionales a favor de los profesores de las instituciones educativas del nivel de educación secundaria, para la implementación de la Jornada Escolar Completa; estableciéndose que para la aplicación de lo dispuesto en el citado numeral, en los casos que corresponda, se exonera al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales de lo dispuesto por el artículo 6 de la citada Ley; asimismo, el numeral 18.2 del referido artículo, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional autorizadas se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a solicitud de este último, previo cumplimiento de las condiciones o disposiciones que para tal efecto establece el Ministerio de Educación en el marco de lo establecido en la normatividad de la materia; Que, el numeral 80.2 del artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, modificado por la Primera Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 30281, establece que las entidades que cuenten con programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado cuente con productos o proyectos del mismo programa, salvo para las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional que se autoricen para la elaboración de encuestas, censos o estudios que se requieran para el diseño, seguimiento y evaluación del desempeño en el marco del presupuesto por resultados; asimismo se establece que, las transferencias de recursos que se efectúen en el marco del presente numeral solo se aprueban hasta el segundo trimestre del año fiscal correspondiente y de acuerdo con lo señalado en el último párrafo del referido numeral 80.2, las transferencias previstas en el citado numeral se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público; Que, la Dirección de Educación Secundaria de la Dirección General de Educación Básica Regular del Ministerio de Educación, mediante el Informe Nº 155-2015- MINEDU/VMGP/DIGEBR-DES-JEC, sustenta y determina el costo total del pago del incremento de seis (06) horas adicionales a favor de los profesores contratados en plaza orgánica de las instituciones educativas del nivel de educación secundaria correspondientes a los Gobiernos Regionales a nivel nacional, para la implementación de la Jornada Escolar Completa; asimismo, señala que se ha verificado el cumplimiento de lo dispuesto en el último párrafo del numeral 18.2 del artículo 18 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica de dicho Ministerio, ha señalado que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuentan con recursos disponibles para ser transferidos a favor de los pliegos Gobiernos Regionales para financiar el costo del pago del incremento de seis (06) horas adicionales a favor de los profesores contratados en plaza orgánica de las instituciones educativas del nivel de educación secundaria, para la implementación del modelo de Servicio Educativo Jornada Escolar Completa; Que, en el marco de lo indicado en los considerandos precedentes, el Ministerio de Educación, mediante Oficio Nº 0537-2015-MINEDU/SG, solicita la aprobación de un decreto supremo que autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para financiar el costo del pago del incremento de seis (06) horas adicionales, a favor de los profesores contratados en plaza orgánica de las instituciones educativas del nivel de educación secundaria, para la implementación del modelo de Servicio Educativo Jornada Escolar Completa; Que, de acuerdo a la información registrada en el “Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público” y la base de datos remitida por el Ministerio de Educación, el monto a transferir a los pliegos Gobiernos Regionales asciende a la suma de NUEVE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/ 9 558 754,00), para financiar el costo del pago del incremento de seis (06) horas adicionales a favor de los profesores contratados en plaza orgánica de las instituciones educativas del nivel de educación secundaria, para la implementación del modelo de Servicio Educativo Jornada Escolar Completa; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de NUEVE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/ 9 558 754,00), para el costo del pago del incremento de seis (06) horas adicionales, a favor de los profesores contratados en plaza orgánica de las instituciones educativas del nivel de educación secundaria correspondientes a los Gobiernos Regionales a nivel nacional, para la implementación del modelo de Servicio Educativo Jornada Escolar Completa; De conformidad con el artículo 18 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; y el artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y modificatorias; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, del pliego 010: Ministerio de Educación, a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, hasta por la suma de NUEVE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/ 9 558 754,00), para financiar el costo del pago del incremento de seis (06) horas adicionales a favor de los profesores contratados en plaza orgánica de las instituciones educativas del nivel de educación secundaria correspondientes a los Gobiernos Regionales a nivel nacional, para la implementación del modelo de Servicio Educativo Jornada Escolar Completa, conforme a la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: