Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2015 (07/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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De conformidad con lo establecido en el articulo 23 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; la Quincuagesima Octava y la Septuagesima Novena Disposiciones Complementarias Finales de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 y la Trigesima Sexta Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; DECRETA: Articulo 1.- Objeto 1.1 Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, hasta por la suma de SETENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 74 531 979,00), del pliego Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a favor del Gobierno Regional del Departamento de Amazonas y diversos Gobiernos Locales, para el financiamiento de cuarenta y cuatro (44) intervenciones de preinversion e inversion de agua y saneamiento rural, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA PROGRAMA PRESUPUESTAL PRODUCTO ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO En Nuevos Soles : Gobierno Central 037 : Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento 005 : Programa Nacional de Saneamiento Rural 0083 : Programa Nacional de Saneamiento Rural 3000001 : Acciones Comunes 5001778 : Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Rural 5 : Recursos Determinados

El Peruano Jueves 7 de MORDAZA de 2015

del presente Decreto Supremo y se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), en la misma fecha de la publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 El Titular de los pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (05) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (05) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La desagregacion de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas de los recursos distintos a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, se presenta en el Anexo II que forma parte de la presente MORDAZA, a nivel de MORDAZA de Transaccion, Generica, Subgenerica y Especifica; y, se presentaran junto con la Resolucion a la que se hace referencia en el parrafo precedente. Dicho Anexo se publica en el MORDAZA institucional del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www.vivienda. gob.pe) y del Ministerio de Economia y Finanzas (www. mef.gob.pe) en la misma fecha de la publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.4 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del articulo 1 del presente Decreto Supremo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la Republica MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas

GASTO DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias TOTAL EGRESOS

74 531 979,00 =========== 74 531 979,00 =========== En Nuevos Soles

A LA: SECCION MORDAZA PLIEGO PROGRAMA PRESUPUESTAL FUENTE DE FINANCIAMIENTO

: Instancias Descentralizadas 440 : Gobierno Regional del Departamento de Amazonas 0083 : Programa Nacional de Saneamiento Rural 5 : Recursos Determinados

GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisicion de Activos no Financieros

829 441,00

MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento
PLIEGOS PROGRAMA PRESUPUESTAL FUENTE DE FINANCIAMIENTO : Gobiernos Locales 0083 : Programa Nacional de Saneamiento Rural 5 : Recursos Determinados

1234094-2

GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisicion de Activos no Financieros TOTAL EGRESOS

73 702 538,00 =========== 74 531 979,00 ===========

Declaran de interes nacional la realizacion de la 41a Conferencia Anual de la Organizacion Internacional de Comisiones de Valores
DECRETO SUPREMO N° 113-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Organizacion Internacional de Comisiones de Valores ­ OICV (IOSCO, por sus siglas en ingles) es

1.2 Los pliegos habilitados en la seccion MORDAZA del numeral 1.1 del presente articulo y los montos de transferencia por pliego e intervencion, se detallan en el Anexo I "Transferencia de Partidas para el Financiamiento de Intervenciones de preinversion e inversion de Agua y Saneamiento Rural", que forma parte integrante

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