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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MAYO DEL AÑO 2015 (13/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 64

El Peruano Miércoles 13 de mayo de 2015 552462 Nº 008232-2015, sobre derogatoria de la Ordenanza Municipal Nº 004-2014-MPMN de fecha 20-05-2014. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972; Que, los Incisos 5) y 8)) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Concejo Municipal aprobar entre otros, el Plan de Desarrollo Urbano, así como aprobar, modifi car o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos; Que, por Ordenanza Municipal Nº 004-2014-MPMN del 20-05-2014, se ha aprobado el “Plan de Desarrollo Urbano Moquegua - Samegua 2014 - 2024”; resultando inaplicable por no cumplir con el contenido y los parámetros técnicos establecidos en la normatividad vigente, careciendo de información técnica normativa; Que, mediante Informe Nº 83-2015-GDUAAT/GM/MPMN del 20-02-2015, la Gerencia de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondicionamiento Territorial de la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto”, sustenta la imposibilidad de aplicar el “Plan de Desarrollo Urbano Moquegua - Samegua 2014 - 2024”; en consecuencia, ha emitido opinión para que se derogue la Ordenanza Municipal Nº 004-2014-MPMN de fecha 20-05-2014 y se restituya el “Plan Director de Desarrollo Urbano de Moquegua - Samegua 2003 - 2010” aprobado por Ordenanza Municipal Nº 027-2003-MUNIMOQ del 30- 09-2003 y sus modifi catorias, disponiendo la actualización de este último Plan en un plazo que no debe exceder los seis meses; POR CUANTO: El Concejo Provincial de Mariscal Nieto, en uso de las facultades concedidas por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú promulgada el 29-12-1993 y modifi cada por Ley Nº 27680 del 06-03-2002, al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 de fecha 26- 05-2003, Ley Nº 8230 del 03-04-1936 y Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA de fecha 16-06-2011, ha aprobado en “Sesión Ordinaria” del 27-02-2015, la siguiente: ORDENANZA: Artículo 1º.- Deróguese la Ordenanza Municipal Nº 004-2014-MPMN del 20-05-2014 que aprobó el “Plan de Desarrollo Urbano Moquegua - Samegua 2014 - 2024”. Artículo 2º.- Restitúyase la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 027-2003-MUNIMOQ de fecha 30-09-2003 que aprueba el “Plan Director de Desarrollo Urbano de Moquegua - Samegua 2003 - 2010” y las ampliaciones de su vigencia aprobadas por Ordenanzas Municipales Nº 005-2011-MPMN del 18-04-2011, Nº 009-2012-MPMN de fecha 20-08-2012 y el Nº 005-2013-MPMN del 03-05- 2013, respectivamente. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondicionamiento Territorial de la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto”, para que en el término de seis (06) meses, actualice el “Plan Director de Desarrollo Urbano de Moquegua - Samegua 2003 - 2010” y la ejecución de la presente Ordenanza Municipal. Artículo 4º.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. HUGO ISAIAS QUISPE MAMANI Alcalde 1236043-1 Declaran en emergencia administrativa a la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto ACUERDO DE CONCEJO Nº 020-2015-MPMN Moquegua, 11 de marzo de 2015 EL CONCEJO PROVINCIAL DE “MARISCAL NIETO”: VISTO, en “Sesión Extraordinaria” de fecha 06 de Marzo de 2015, el Dictamen Nº 006-2015-COPPYR/ MPMN del 04-03-2015, sobre Declaratoria en Emergencia Administrativa a la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto”. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972; Que, el Inciso 3) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del Gobierno Local; Que, en mérito a la Ley Nº 27972, las Municipalidades pueden con Acuerdo del Concejo Municipal declarar en Emergencia Administrativa o Financiera, por un plazo máximo de 90 días, con el objeto de hacer las reformas, cambios o reorganizaciones que fueran necesarias para optimizar sus recursos y funciones, respetando los derechos laborales adquiridos legalmente; Que, en el Informe de la Transferencia de la Gestión, se observa que la Gestión saliente ha dejado en una grave crisis organizativa y administrativa a la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto”, lo cual se corrobora con los Informes Situacionales expuestos por las diferentes áreas de la Institución; Que, con el objeto de implementar las medidas correctivas pertinentes, es prioritario adoptar todas las medidas conducentes para superar dicha situación, a fi n de alcanzar los objetivos propuestos para el cumplimiento de las competencias y funciones previstas en la Ley Orgánica de Municipalidades, en concordancia con los requerimientos de la Sociedad y el Estado; Que, la Declaratoria en Emergencia Administrativa para la Reorganización y Reestructuración, permitirá visualizar el Desarrollo Provincial, Local e Institucional, identifi cando metas y objetivos a corto, mediano y largo plazo, mediante la organización de procesos de trabajo, sistemas, estructuras, planta orgánica, recursos humanos e infraestructura, con la fi nalidad de que la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto” en su conjunto, se incorpore al proceso de modernización de la Administración Pública; Que, en consecuencia es necesario declarar en Emergencia Administrativa para la Reorganización y Reestructuración a la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto”, a fi n de lograr la Gestión y la Administración fi scalmente equilibrada, para la consecución de los objetivos y metas propuestos: En uso de las facultades concedidas por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú promulgada el 29-12-1993 y modifi cada por la Ley Nº 27680 de fecha 06- 03-2002, al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 del 26-05-2003 y Ley Nº 8230 de fecha 03-04- 1936, el Concejo Municipal en “Sesión Extraordinaria” del 06-03-2015; ACORDÓ: Declarar en EMERGENCIA ADMINISTRATIVA a la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL MARISCAL NIETO, para implementar los procesos de Reorganización y Reestructuración por el período de 90 días, a fi n de adecuar su organización y la prestación de servicios para el logro de los fi nes y objetivos del Gobierno Local, con la fi nalidad de elevar los niveles de efi ciencia de la Gestión, así como para consolidar el desarrollo integral de la colectividad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. HUGO ISAIAS QUISPE MAMANI Alcalde 1236053-1