Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2015 (13/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano Miercoles 13 de MORDAZA de 2015

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Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, Sub Gerencia de Procesamiento de Identificacion de la Gerencia de Registros de Identificacion y Sub Gerencia Tecnica de Registros Civiles de la Gerencia de Registros Civiles adoptara las acciones que correspondan de acuerdo a su competencia. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA YRIVARREN MORDAZA Jefe Nacional 1236326-1

inherentes al Registro de Estado Civil, facultandose a la Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fueren necesarias; Que, mediante la Guia de Procedimientos GP-348GPRC/SGIRC/005, Delegacion de Funciones Registrales e Incorporacion al Sistema Registral de Oficinas de Registros del Estado Civil de Centros Poblados y Municipalidades de Centros Poblados y Oficinas Auxiliares de Municipalidades, aprobada por Resolucion Secretarial N° 093-2012-SGEN/RENIEC (21NOV2012), se han regulado los procedimientos registrales relativos a Centros Poblados, Municipalidades de Centros Poblados o Municipalidades Distritales o Provinciales cuyas OREC u Oficinas Auxiliares han sido incorporadas al Sistema Registral; Que, la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en el Centro Poblado de Markjopata, Distrito de Ccatacca, Provincia de Quispicanchis, Departamento de MORDAZA, se encuentra incorporada al Sistema Registral por Resolucion Jefatural N° 296-2002-JEF/RENIEC de fecha 20 de Junio de 2002; Que, conforme a los informes de vistos, el MORDAZA de la Municipalidad del Centro Poblado de Markjopata comunico que en virtud a las facultades conferidas en los Art. 9° y 13° de la Ley Organica de Municipalidades Ley N° 27972, emitio la Ordenanza Municipal N°08-2014-A-MPQ de fecha 11 junio 2014, la cual modifica la Ordenanza Municipal N° 01-2006-MPQ-U por existir error material en la denominacion del Centro Poblado de Markjopata, precisando que la denominacion correcta del precitado Centro Poblado es Andayaque; asimismo se ha identificado y acreditado la existencia de error material en el rubro de Vistos y en el Articulo 1 de la Resolucion Jefatural N° 296-2002-JEF/RENIEC de fecha 20 de Junio de 2002, en lo que respecta a la provincia, dice: Quispicanchis, debiendo decir: Quispicanchi, anexando los documentos correspondientes; habiendo sido calificado positivamente por la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, por la Gerencia de Registros Civiles, organo tecnico de Registros del Estado Civil; y por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, organo encargado de supervisar y controlar el MORDAZA de autorizacion de delegacion de funciones de las Oficinas de Registros del Estado Civil en Centros Poblados y Comunidades Nativas; Que, atendiendo a lo expuesto corresponde modificar la Resolucion Jefatural N° 296-2002-JEF/RENIEC de fecha 20 de Junio de 2002, en lo que respecta a la denominacion de la Oficina de Registros del Estado Civil incorporada al Sistema Registral, debiendo ser el Centro Poblado de Andayaque; asimismo en lo que respecta a la denominacion de la Provincia de Quispicanchi, conforme a lo establecido en la citada MORDAZA, cuya difusion debe garantizar el acceso de la generalidad de usuarios a los diferentes servicios registrales, dado el caracter publico del registro; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas por Ley Nº 26497 -Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el Decreto Supremo N° 01598-PCM y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto por el numeral 1) del articulo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar la Resolucion Jefatural N° 296-2002-JEF/RENIEC de fecha 20 de Junio de 2002 en cuanto a la denominacion del Centro Poblado de Markjopata, Distrito de Ccatacca, Provincia de Quispicanchis, Departamento de MORDAZA, precisando que la denominacion correcta del precitado Centro Poblado es Andayaque, Distrito de Ccatacca, Provincia de Quispicanchi, Departamento de Cusco. Articulo 2°.- Mantener la delegacion de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, e, i, l, m, n, o y q del articulo 44° de la Ley N° 26497; y conferidas a la Oficina de Registros del Estado Civil del Centro Poblado de Andayaque, Distrito de Ccatacca, Provincia de Quispicanchi, Departamento de MORDAZA a traves de la Resolucion Jefatural N° 296-2002-JEF/RENIEC de fecha 20 de Junio de 2002. Articulo 3°.- El RENIEC, a traves de la Gerencia de Registro Electoral, Gerencia de Operaciones Registrales,

Designan Gerente de Planificacion y Presupuesto del RENIEC
RESOLUCION JEFATURAL Nº 131 -2015/JNAC/RENIEC MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2015 VISTO: El Convenio MORDAZA para la asignacion de Gerentes Publicos suscrito entre el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (en adelante RENIEC) y la Autoridad Nacional del Servicio Civil (en adelante SERVIR), y; CONSIDERANDO: Que, el RENIEC, es un organismo constitucionalmente MORDAZA, que cuenta con personeria juridica de derecho publico interno y goza de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera, conforme lo dispone el articulo 1° de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; Que, con la Resolucion Jefatural N° 264-2011-JNAC/ RENIEC (23MAY2011), se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Gerente de Planificacion y Presupuesto a partir del 24 de MORDAZA de 2011; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1024 se crea y regula el Cuerpo de Gerentes Publicos, al que se incorporan profesionales altamente capaces, seleccionados en procesos competitivos y transparentes, para ser destinados a entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Locales, que asi lo requieran a SERVIR; Que, el RENIEC a traves del Oficio N° 182-2014/ JNAC/RENIEC solicito al SERVIR la asignacion de un profesional para que desempene el cargo de Gerente Publico de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto de nuestra Institucion; Que, el SERVIR expidio la Resolucion de Presidencia Ejecutiva N° 029-2015-SERVIR-PE (06FEB2015) publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 12 de febrero de 2015, asignando al Gerente Publico senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que desempene el cargo de Gerente A de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto del RENIEC; Que, de acuerdo a lo previsto en la Clausula Sexta del Convenio MORDAZA para la asignacion de Gerentes Publicos que ha suscrito nuestra Entidad con la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, corresponde al RENIEC emitir la resolucion correspondiente para el inicio de funciones del Gerente Publico; Que, en virtud a lo estipulado en el numeral 2) del articulo 4° de la Ley N° 28175 - Ley MORDAZA del Empleo Publico, el cargo de confianza es de libre designacion y remocion; Que, el articulo 11º de la Ley Nº 26497 ­ Ley Organica del RENIEC, establece que el Jefe del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, es la MORDAZA autoridad de la Institucion, siendo su facultad, designar y remover a los funcionarios que ocupan los cargos de confianza; Que, en ese contexto se ha considerado pertinente dar por concluida la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Gerente de Planificacion y Presupuesto, senalando como ultimo dia de labores en dicho cargo hasta el 15 de MORDAZA de 2015; Que, al respecto, mediante la Resolucion Jefatural N° 03-2015/JNAC/RENIEC (15ENE2015), se aprobo

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