Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2015 (13/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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2015, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- DESIGNAR al Gerente de la Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Comas, Abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como FUNCIONARIO RESPONSABLE DE ENTREGAR LA INFORMACION DE ACCESO PUBLICO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS, quien atendera las solicitudes de informacion de los administrados al MORDAZA de la Ley Nº 27806 "Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica", con las excepciones previstas en los articulos 16º y 17º que la Ley establece. Articulo Tercero.- DESIGNAR al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cardoza las funciones de Gerente de la Gerencia de Informatica, Estadistica y Gobierno Electronico como FUNCIONARIO RESPONSABLE DE LA ELABORACION Y ACTUALIZACION DEL MORDAZA INSTITUCIONAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27806 "Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica". Articulo Cuarto.- DISPONER, que todos los funcionarios y Servidores de las instancias administrativas de esta Institucion MORDAZA proporcionen y faciliten, bajo responsabilidad toda la informacion que sea requerida por los funcionarios designados, dentro de los plazos legales establecidos para el ejercicio de esta labor. Articulo Quinto.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Secretaria General, funcionarios designados y las Unidades Organicas de la Municipalidad Distrital de Comas, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1235426-1

El Peruano Miercoles 13 de MORDAZA de 2015

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Ordenanza de descuento de pago de multas administrativas en estado coactivo y condonacion de las costas procesales
ORDENANZA N° 515-MSS MORDAZA de MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2015 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 11-2015-CGMCAJ-MSS de las Comisiones de Gestion Municipal y de Asuntos Juridicos, la Carta Nº 899-2015-SG-MSS de la Secretaria General, el Memorandum Nº 243-2015GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 3662015-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Memorandum Nº 318-2015-SGFCA-GM-MSS de la Subgerencia de Fiscalizacion y Coactiva Administrativa, sobre proyecto de Ordenanza de Descuento de Pago de Multas Administrativas en Estado Coactivo y Condonacion de las Costas Procesales; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, modificado por las Leyes Nros. 28607 y 30305, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Ley N° 27972, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el Articulo 195º de la Constitucion, otorga potestad tributaria a los gobiernos locales al disponer que estos tienen competencia para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley, estableciendo adicionalmente que las municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas; Que, el Articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972, establece que: "Los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobacion de Ordenanzas y Acuerdos. (...)"; lo cual resulta concordante con lo establecido en el articulo 9º numeral 29) de la acotada MORDAZA, el cual establece que corresponde al Concejo Municipal "Aprobar el regimen de administracion de sus bienes y rentas, (...)"; Que, el Articulo 40º de la mencionada Ley Organica de Municipalidades, establece que "Las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley. (...)".Asimismo el articulo 9º inciso 8) de la misma MORDAZA, senala que corresponde al Concejo Municipal "Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos"; Que, por Memorandum Nº 318-2015-SGFCA-GMMSS del 09.03.2015, la Subgerencia de Fiscalizacion y Coactiva Administrativa, remite la propuesta de Ordenanza de Descuento de Pago de Multas Administrativas en Estado Coactivo y Condonacion de las Costas Procesales, el cual tiene por objeto otorgar beneficios de descuentos en el monto a pagar de las multas administrativas que se encuentren en ejecucion coactiva durante la vigencia de la Ordenanza, incluyendo las multas cuya cobranza se encuentren provisionalmente suspendidas al haber en tramite un MORDAZA judicial para la revision de la vigencia de su aplicacion; asi como la condonacion de las costas procesales correspondientes a las multas que MORDAZA canceladas o fraccionadas a su MORDAZA y las costas procesales que constituyan unica deuda pendiente a la fecha. La Ordenanza propuesta tiene como beneficiarios de la misma, a las personas naturales o juridicas, sociedades conyugales y sucesiones indivisas que tengan deudas por multas administrativas en ejecucion coactiva al 31.12.2014, asi como las que se deriven a la Ejecutoria Coactiva para su cobro durante la vigencia de la misma, precisando que el importe total de multas en estado coactivo asciende a la suma de S/. 10`834,693.09 Nuevos Soles. Asi mismo, senala que, la presente Ordenanza se constituye en un beneficio para incentivar el cumplimiento del pago de las multas en estado coactivo, asi como reducir el saldo deudor total en cobranza; Que, el proyecto de Ordenanza propuesto por la Subgerencia de Fiscalizacion y Coactiva Administrativa, preve como beneficios: a) Por pago al contado.- i) Descuento del cincuenta por ciento (50%) sobre el importe total de la multa administrativa y gasto administrativo en cobranza coactiva siempre que el pago sea realizado por el obligado o su representante en las MORDAZA de Tesoreria de la Municipalidad, directamente en forma voluntaria. ii) Condonacion de las costas procesales generadas cuando el pago es voluntario; b) Por pago fraccionado.- i) Descuento del treinta por ciento (30%) sobre el importe total de la multa administrativa siempre que el pago sea realizado por el obligado o su representante en las MORDAZA de Tesoreria de la Municipalidad, directamente en forma voluntaria. ii) Condonacion de las costas procesales cuando el pago es voluntario. iii) De dos (2) a tres (3) cuotas para pagar, pudiendo ser la cuota inicial de mayor o igual monto que las cuotas restantes, a solicitud del administrado; Que, con Informe Nº 366-2015-GAJ-MSS del 15.04.2015, la Gerencia de Asesoria Juridica, senala que la Ordenanza se encuentra dentro de los supuestos de exoneracion de publicacion establecidos en el Decreto Supremo Nº 01-2009-JUS, que aprueba el "Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y Difusion de Normas Legales de Caracter General", al constituir un beneficio a favor de los vecinos. Asi mismo, teniendo en cuenta la documentacion presentada, asi como la normativa vigente, concluye opinando por la procedencia del proyecto de Ordenanza de Descuento de Pago de

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