Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2015 (13/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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infraccion, continuando en tanto no se cumpla con estas condiciones el tramite del respectivo expediente coactivo de ejecucion de la medida complementaria. Articulo Noveno.- PERDIDA DE BENEFICIO En el presente programa, basta el incumplimiento en el pago total de una sola de las cuotas para que se produzca la perdida del beneficio de fraccionamiento; en cuyo caso, la Subgerencia de Fiscalizacion y Coactiva Administrativa, procedera a la anulacion del convenio y reliquidacion de la multa sin descuento alguno, a fin de imputar el pago realizado como pago a cuenta, luego de lo cual se continuara con la cobranza de la totalidad del saldo deudor. En todos los demas requisitos que no se refieran al monto de la cuota inicial, al numero de cuotas y/o plazo del fraccionamiento, o al incumplimiento del pago de las cuotas, el pago fraccionado se regira por las condiciones establecidas en el Decreto de Alcaldia Nº 13-2005-MSS Reglamento de Fraccionamiento de Multas Administrativas. Articulo Decimo.- COSTAS PROCESALES Tambien se condonaran al cien por ciento (100 %) las costas procesales de procedimientos de ejecucion coactiva que tuvieron como objeto la cobranza de multas administrativas cuando MORDAZA la unica deuda por multas administrativas en estado coactivo que subsiste, al ya haberse cancelado la multa administrativa, a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La Subgerencia de Fiscalizacion y Coactiva Administrativa, brindara a los interesados la informacion necesaria para que se acojan adecuadamente a los alcances de la presente norma. Segunda.- La presente Ordenanza tendra una vigencia de sesenta (60) dias calendario contados a partir del dia siguiente de su aprobacion en el Diario Oficial El Peruano. Tercera.Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias para la adecuacion y mejor aplicacion de lo dispuesto en la presente Ordenanza; asi como para que eventualmente pueda prorrogar su vigencia. Cuarto.- Disponer la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, conforme al Articulo 15° de la Directiva N° 001-2010-PCM/ SGP aprobada mediante Resolucion Ministerial Nª 2002010-PCM. Quinto.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Subgerencia de Fiscalizacion y Coactiva Administrativa y a la Gerencia de Tecnologias de la Informacion y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento y difusion de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando que se registre, publique, comunique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1236069-1

El Peruano Miercoles 13 de MORDAZA de 2015

POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA El MORDAZA en Sesion Ordinaria de la fecha; y, VISTOS: El Acta de Acuerdos de la "Reunion sobre la situacion de la estrategia sanitaria de inmunizaciones en la jurisdiccion sanitaria de la MORDAZA II MORDAZA SUR dirigido a Alcaldes y Subgerentes de los Gobiernos Locales", el Informe Nº 016-2015-SGSS-GDIS/MVES de la Sub Gerencia de Salud y Sanidad que contiene el Informe Tecnico que sustenta la formulacion y aprobacion de una Ordenanza Municipal que aprueba "La Participacion y Movilizacion de la Poblacion en las Actividades Programadas Segun la MORDAZA Tecnica del Esquema Nacional de Vacunacion", el Informe Nº 21-2015-GDIS/ MVES de la Gerencia de Desarrollo e Inclusion Social, el Informe Nº 116-2015-OAJ/MVES de la Oficina de Asesoria Juridica, el Memorandum Nº 503-2015-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Dictamen Nº 002-2015-CECDyS/ MVES de la Comision de Educacion, Cultura, Deporte y Salud; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion politica del estado modificado por la Ley de la Reforma Constitucional Ley Nº27680, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972 establece; que la Municipalidades Provinciales y Distritales, Organos de Gobierno Local, que emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de Derecho Publico que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que el articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, establece: Los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobacion de ordenanzas y acuerdos; asimismo, la aplicacion a la Resolucion Ministerial Nº 510-2013/MINSA del 15 de agosto del 2013, aprueba la MORDAZA Tecnica Sanitaria ­NTS-Nº080-MINSA/DGSP-V.03 "Norma Tecnica de Salud que establece el Esquema Nacional de Vacunacion", que forma parte integrante de la citada Resolucion; Que, de acuerdo al reporte del Sistema de Informacion en Salud (HIS) de la Estrategia Sanitaria Nacional de Inmunizaciones (ESNI), del Area de Estadisticas de la Direccion de la Red de Salud MORDAZA El MORDAZA Lurin MORDAZA Pucusana, el porcentaje de cobertura de inmunizaciones en menores de 1 ano es de 78.95%; Que, la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA a traves de la Sub Gerencia de Salud y Sanidad de la Gerencia de Desarrollo e Inclusion Social, promueve espacios de concertacion, dentro de ellos el Comite Multisectorial de Salud de MORDAZA El Salvador-COMULSAVES, espacios de participacion del Estado y de la Sociedad Civil, que organizan y ejecutan actividades de impacto distrital en salud publica; Que, la inmunizacion es la actividad de salud publica que ha demostrado ser la de mayor costo beneficio y costo de efectividad en el control, eliminacion y prevencion de las enfermedades inmunoprevenibles. Esta actividad constituye un elemento crucial en el desarrollo de las naciones pobres, condicionando a su vez un incremento en la produccion, mejora en la educacion, mejora en la inversion publica y un impacto positivo en la demografia y por ende en la mejora de la calidad de vida; Que, las enfermedades inmunoprevenibles, son enfermedades transmisibles, que tienen distintas vias de transmision pero comparten la misma forma de ser prevenidas a traves de vacunas; Que, segun la Organizacion Mundial de la Salud (OMS) y la Organizacion Panamericana de la Salud (OPS), la inmunizacion es una estrategia clave para garantizar la seguridad sanitaria mundial y responder a la amenaza que plantea enfermedades infecciosas emergentes como la gripe pandemica de la Influenza A-H1N1; detalla que todos los pueblos deben gozar del grado MORDAZA de salud que se puede lograr y que para ello la salud es un estado de completo bienestar fisico, mental y social; Que, en la XII reunion sobre enfermedades prevenibles por vacunacion de la region MORDAZA y en la XVII Reunion sobre enfermedades prevenibles por vacunacion de la region del MORDAZA Sur, se concluyo que la vacunacion contra enfermedades prevenibles constituye un instrumento para fortalecer la Red de Atencion Primaria en las poblaciones

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA
Aprueban la participacion y movilizacion de la poblacion en las actividades programadas segun la MORDAZA tecnica del esquema nacional de vacunacion en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 323-2015/MVES MORDAZA El MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2015

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