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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MAYO DEL AÑO 2015 (13/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 49

El Peruano Miércoles 13 de mayo de 2015 552447 en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.- S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1236202-2 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Dejan sin efecto la Res. Adm. Nº 132- 2015-P-CSJV/PJ y disponen que los cuadernos y sus incidentes, redistribuidos al Primer y Segundo Juzgado de la Investigación Preparatoria, retornen al Segundo Juzgado Especializado en lo Penal de Ventanilla, de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 141-2015-P-CSJV/PJ Ventanilla, 6 de mayo de 2015 VISTOS: Las Resoluciones Administrativas N° 10-2015-P- CSJV/PJ, de fecha 05 de enero de 2015 y N° 132-2015-P- CSJV/PJ, de fecha 27 de abril de 2015; y Ofi cio N° 198- 2015-P-CSJV/PJ, de fecha 17 de febrero de 2015; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, son atribuciones del Presidente de la Corte Superior, entre otras dirigir la aplicación de la política del Poder Judicial en su Distrito, así como cautelar la pronta administración de justicia, conforme lo prescriben los incisos 3) y 4) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Segundo: Mediante Resolución Administrativa N° 10-2015-P-CSJV/PJ de fecha 05 de enero de 2015, se dispuso solicitar al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se deje sin efecto la adición de funciones del Segundo Juzgado Especializado en lo Penal de Ventanilla, dispuesta por Resolución Administrativa N° 065-2011-CE-PJ de fecha 23 de febrero de 2011, en el marco de la Ley N° 29574 y Ley N° 29648, referidas a la aplicación de Código Procesal Penal para los delitos cometidos por funcionarios públicos. En este sentido, dando cumplimiento a la referida resolución, se cursó el Ofi cio N° 198-2015-P-CSJV/PJ de fecha 17 de febrero de 2015, a efecto de elevar a consulta dicha petición. Tercero: En atención a la Resolución Administrativa N° 289-2014-CE-PJ que autoriza a los Presidentes de las Cortes de Justicia para que puedan encargar, en adición a sus funciones, a los Órganos Jurisdiccionales Contra Crimen Organizado el conocimiento de los procesos tramitados dentro del marco de las Leyes N° 29574 y N° 29648, buscando la optimización de recursos, asimismo, considerando que el Segundo Juzgado Especializado en lo Penal de Ventanilla, tenía una carga de más de 332 procesos en trámite, 419 en ejecución, y como Juzgado de la Investigación Preparatoria 5 procesos en trámite y 2 en ejecución, mientras que los dos Juzgados de la Investigación Preparatoria que aplican el Nuevo Código Procesal Penal mantiene una carga procesal mínima, esta Presidencia, mediante Resolución Administrativa N° 132- 2015-P-CSJV/PJ de fecha 27 de abril de 2015, dispuso la redistribución de la carga procesal que corresponde a la materia prevista por Ley N° 29648 (modifi cada mediante Ley N° 29574), que se encontraba en giro ante el Segundo Juzgado Especializado en lo Penal de Ventanilla, entre el Primer Juzgado de la Investigación Preparatoria y Segundo Juzgado de la Investigación Preparatoria, asimismo, el cierre de turno temporal del Segundo Juzgado Especializado en lo Penal de este Distrito Judicial. Cuarto:En el orden de ideas precedentes, es necesario que las medidas adoptadas por esta Corte Superior de Justicia, coadyuven al adecuado funcionamiento de los órganos jurisdiccionales, con la fi nalidad de brindar un mejor funcionamiento de la administración de justicia para este Distrito Judicial. En tal sentido, estando a que próximamente el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial emitirá su pronunciamiento sobre lo incoado en el ofi cio de vistos, resulta pertinente que esta Presidencia deje sin efecto la Resolución Administrativa N° 132-2015-P-CSJV/ PJ. En virtud de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial a la Presidenta de la Corte Superior de Justicia, en mérito a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DÉJESE SIN EFECTO la Resolución Administrativa N° 132-2015-P-CSJV/PJ, de fecha 27 de abril de 2015. Artículo Segundo.- DISPONER que los cuadernos, así como sus incidentes, redistribuidos al Primer Juzgado de la Investigación Preparatoria y Segundo Juzgado de la Investigación Preparatoria, retornen al Segundo Juzgado Especializado en lo Penal de Ventanilla, en el plazo de UN (01) DÍA desde su notifi cación, para su respectiva tramitación, bajo responsabilidad; situación que deberá ser monitoreada por el Área de Administración Distrital, Sistemas y Estadística. Artículo Tercero.- PÓNGASE la presente Resolución Administrativa a conocimiento del Señor Presidente del Poder Judicial, Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Comisión Nacional de Productividad Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Presidencia de la Junta de Fiscales del Callao, Ofi cina de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, a los Magistrados interesados. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.- ELICEA INÉS ZÚÑIGA HERRERA DE LEGUA Presidenta Corte Superior de Justicia de Ventanilla 1235407-1 ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA Designan Director Académico de la Academia de la Magistratura RESOLUCIÓN Nº 10-2015-AMAG-CD/P Lima, 11 de mayo de 2015 VISTO: El Acuerdo Nº 49 - 2015 de fecha 08 de mayo de 2015, del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 88 – 2013 – AMAG – CD- P, de fecha 19 de noviembre de 2013, se designó a la señora Teresa de Jesús Valverde Navarro