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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MAYO DEL AÑO 2015 (13/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 54

El Peruano Miércoles 13 de mayo de 2015 552452 el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, donde se evidencia en la condición de presupuestada la plaza de Gerente A de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto; Que, en la Resolución Jefatural N° 288-2014/JNAC/ RENIEC (05DIC2014), que aprobó el vigente Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, se puede apreciar que se considera el fi nanciamiento correspondiente a la plaza de Gerente A de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto; Que, estando a la conclusión de la designación y en virtud al convenio del visto, corresponde designar en el cargo de Gerente de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto del RENIEC al Gerente Público señor Carlos Martín Eulalio Loyola Escajadillo; Estando a las atribuciones conferidas en la Ley Nº 26497 - Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 124-2013/ JNAC/RENIEC (10ABR2013) y de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS modifi cado en parte por el Decreto Supremo N° 014-2012- JUS – Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA, la designación del señor CARLOS MARTÍN EULALIO LOYOLA ESCAJADILLO, en el cargo de Gerente de Planifi cación y Presupuesto del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, siendo el último día de dicha designación el 15 de mayo de 2015. Artículo Segundo.- DESIGNAR, a partir del 16 de mayo de 2015, al Gerente Público señor CARLOS MARTÍN EULALIO LOYOLA ESCAJADILLO, en el cargo de Gerente de Planifi cación y Presupuesto del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, asignándole la plaza correspondiente del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) vigente. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución Jefatural a la Gerencia de Talento Humano. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 1236326-2 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Autorizan el cambio de denominación de Presidente Regional y Vicepresidente Regional por el de: “Gobernador Regional” y “Vicegobernador Regional” ORDENANZA REGIONAL N° 009-2015-GR.LAMB/CR Chiclayo, 30 de abril de 2015 El Gobernador del Gobierno Regional de Lambayeque; POR CUANTO: El Consejo Regional en su Sesión Ordinaria de fecha 15 de abril del 2015, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las Municipalidades sin inferir sus funciones y atribuciones. La Estructura Orgánica Básica de estos Gobiernos la conforman el Consejo regional como órgano normativo y fi scalizador, el Gobernador Regional como “Órgano Ejecutivo” y el Consejo de Coordinación Regional integrado por los Alcaldes Provinciales y por representantes de la Sociedad Civil, como Órgano Consultivo y de Coordinación con las Municipalidades, con las funciones y atribuciones que les señala la Ley. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, reconoce en su artículo 10º, como competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales, el de planifi car el desarrollo integral de su región y ejecutar los programas socioeconómicos correspondientes, en armonía con el Plan Nacional de Desarrollo. Que mediante Ofi cio Nº 101-2015-GR.LAMB/ORTLC, la Ofi cina Regional de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, propone a la Gerencia Regional la adecuación de los documentos de gestión, teniendo como base legal la Ley Nº 30305 que dispone la modifi cación de los artículos 191ª, 194ª, 203ª, de la Constitución Política del Perú. Que, a través de la Ordenanza Regional Nº 009- 2011-GR.LAMB/CR, se aprueba la actualización del Reglamento de Organización y Funciones – ROF, del Gobierno Regional de Lambayeque. Que, con los proveídos de la Gerencia General Regional y de la Secretaría General Regional, y a opinión de la Ofi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, resulta pertinente modifi car el cambio del cargo de Presidente Regional por el de “Gobernador Regional”, y el cargo de Vicepresidente Regional por el de “Vicegobernador Regional”, en los documentos de gestión y técnico normativo del Gobierno Regional de Lambayeque. Que, en ese sentido, el Inc. a., del Artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como atribuciones del Consejo Regional el aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Por lo que estando a lo dispuesto por el Artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Lambayeque ha emitido la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- AUTORIZAR el cambio de denominación de: Presidente Regional y Vicepresidente Regional por el de: “Gobernador Regional” y “Vicegobernador Regional” en los Documentos de Gestión y Técnico Normativos del Gobierno Regional de Lambayeque. Artículo Segundo.- DISPÓNGASE la publicación de la presente Ordenanza Regional en el diario ofi cial El Peruano, así como en el diario encargado de la publicación de los avisos judiciales de la Región Lambayeque, difundiéndose además a través del Portal Electrónico Institucional del Gobierno Regional de Lambayeque, www.regionlambayeque.gob.pe. Comuníquese al Gobernador del Gobierno Regional Lambayeque para su promulgación. Dado en Chiclayo, a los veintiún días del mes de abril del año dos mil quince. RAÚL VALENCIA MEDINA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional de Lambayeque, a los treinta días del mes de abril del año dos mil quince. HUMBERTO ACUÑA PERALTA Gobernador Regional 1235447-1