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El Peruano Sábado 16 de mayo de 2015 552668 Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional Ica, para su promulgación. GIOVANNA ROCIO PIZARRO OSORIO Consejera Delegada Consejo Regional de Ica POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ica ALONSO NAVARRO CABANILLAS Presidente Regional 1237192-3 Aprueban el instrumento de Gestión Ambiental Regional denominado “Estrategía Regional de Cambio Climático de Ica (ERCC-ICA)” ORDENANZA REGIONAL Nº 0012-2014-GORE-ICA Ica, 17 de diciembre de 2014 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria del día 10 de diciembre de 2014. Visto el Ofi cio N° 629-2014-GORE-ICA/PR, de fecha 04 de diciembre 2014 con dispensa a Dictamen de Comisión, y; con sustento Legal N° 01116-2014-ORAJ procedente, y Ofi cio N° 537-2014-GORE-ICA-GRRNGMA, de la Ofi cina de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, la cual propone el Proyecto de Ordenanza Regional “Estrategia Regional de Cambio Climático de Ica”. CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 15° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, prescribe que es atribución del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, el artículo 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modifi cada por la Ley Nº 27902, establece el numeral 1, literal c), que son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales formular y aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto. Que, el artículo 192°, Inc. 7) de la Constitución Política del Perú de 1993 y su modifi catoria Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, Ley N° 27680, establece como competencia de los gobiernos regionales: Promover y regular actividades y/o servicios en materia de agri cultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, vialidad, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, conforme a la ley. Que, el artículo 4° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los gobiernos regionales tienen por fi nalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada, el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo. Que, con Ofi cio N° 629-2014-GORE-ICA/PR, de fecha 04 de diciembre de 2014, emitida de la Ofi cina de la Presidencia Regional del Gobierno Regional de Ica, representada por el Abogado Alonso Navarro Cabanillas, a fi n de ser considerado por el Pleno del Consejo Regional para su aprobación, el presente proyecto de Ordenanza Regional, con las dispensas a Dictamen de Comisión, sustentando con marco técnico y legal correspondiente de acuerdo a Ley. Que, con Ofi cio N° 537-2014-GORE-ICA/GRRNGMA de fecha 04 de diciembre de 2014, emitida de la Ofi cina de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, informando la culminación del proceso de elaboración de la estrategia regional de Ica, siendo validada por la Comisión Ambiental Regional de Ica y los Grupos Técnicos del Cambio Climático; siendo un proyecto que tiene como objetivo principal construir capacidades, para explorar la factibilidad de un desarrollo “limpio” o “bajo en carbono” e incorporar el enfoque de cambio climático en la planifi cación del desarrollo de la Región. Que, con Informe Legal N° 01116-2014-ORAJ, de fecha 04 de diciembre 2014, emitida por la Dirección Regional de Asesoría Jurídica, informando la importancia en el instrumento de Gestión Ambiental Regional, con opinión legal favorable, emitida de la Gerencia Regional de Recursos Naturales, siendo la misma para el análisis del mencionado proyecto de Ordenanza. Que, el Decreto Supremo N° 014-2011-MINAM, que aprueba el Plan Nacional de Acción Ambiental PLANAA PERÚ: 2011-2021, establece como meta prioritaria, sobre bosques y cambio climático, la reducción a cero de la tasa de deforestación en 54 millones de hectáreas de bosques primarios bajo diversas categorías de ordenamiento territorial, contribuyendo conjuntamente con otras iniciativas a reducir el 47.5% de emisiones de Gas de Efecto Invernadero (GEI) en el país, generados por el cambio de uso de la tierra; así como, a disminuir la vulnerabilidad frente al cambio climático. Que, el Decreto Supremo N° 012-2011-MINAM que aprueba la Política Nacional del Ambiente, en su eje de política 1 Conservación y Aprovechamiento Sostenible de Recursos Naturales y de la Diversidad Biológica, tiene como objetivo lograr la adaptación de la población frente al cambio climático y establecer medidas de mitigación, orientadas al desarrollo sostenible. Que, según Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), suscrito por nuestro país desarrolla los principales principios en los que deben sustentarse los esfuerzos para combatir el cambio climático y poder adaptarse a él. Entre ellos debemos destacar el principio de equidad, relacionado al principio de responsabilidades comunes pero diferenciadas; el principio de soberanía responsable; y el principio precautorio. Se establecen asimismo, los compromisos de los países fi rmantes y se resalta el apoyo a la investigación y la observación sistémica que debe llevarse a cabo en forma coordinada, sin duplicar esfuerzos. Que, según Protocolo de Kyoto (PK), y en el marco de la CMNUCC, la Primera Conferencia de las Partes decidió elaborar un Protocolo que sería negociado para 1997. Este se adoptó en Kyoto-Japón en el año 1997 por los 160 Países Partes. Consta de 28 artículos y en él se cuantifi caron los compromisos de reducción de emisiones de los países desarrollados. El principal objetivo del protocolo es el de disminuir, entre los años 2008 y 2012 las emisiones de los principales gases de efecto invernadero, a través de las mejoras en efi ciencia energética; la reforma del sector energía; la protección de sumideros de carbono como bosques, biomasa vegetal y suelos; la reforestación y forestación; la promoción de energía renovable; y la limitación de las emisiones de metano en los sistemas de energía, entre las principales acciones de mitigación. Que, en concordancia con la Estrategia Nacional de Cambio Climático (ENCC); como parte de los compromisos asumidos dentro de la CMNUCC, el Perú se comprometió a desarrollar una Estrategia Nacional de Cambio Climático en la cual se defi na la visión del país en cuanto al cambio climático y las acciones tendientes a su adaptación, y a la mitigación y prevención de sus efectos. Que, el Gobierno Regional de Ica, mediante la Ordenanza Regional N° 0001-2008-GORE-ICA, aprueba la Política Ambiental Regional de Ica; estableciendo que en su Título Preliminar de la Ley 28611 - Ley General del Ambiente, siendo el Estado Peruano mantener la calidad de vida de las personas a un nivel compatible, al mismo tiempo le corresponde prevenir y controlar la contaminación ambiental y cualquier proceso de deterioro o depredación de los recursos naturales que puede interferir en el normal desarrollo de toda forma de vida y de la sociedad, que declara aprobar por necesidad social e interés regional la política ambiental regional de Ica. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 0354- 2012-GORE-ICA/PR; reconoce la Comisión Ambiental Regional Ica, CAR ICA, como órgano de coordinación y concertación en Política Ambiental a nivel de la Región Ica; aprobando la junta directiva de la Comisión Ambiental