Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2015 (16/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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conmemorar el "DIA DEL DESPLAZADO EN LA REGION ICA", como la "FERIA REGIONAL INTERANDINA DE LA FAMILIA DESPLAZADA". Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Oficina Regional de Administracion y a la Secretaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, la publicacion de la presente Ordenanza Regional, en el diario El Peruano, asi como en el diario de mayor circulacion de la Region, y el MORDAZA Web del Gobierno Regional de Ica. Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional Ica, para su promulgacion. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejera Delegada Consejo Regional de Ica POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ica. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 1237192-2

El Peruano Sabado 16 de MORDAZA de 2015

Ordenanza Regional que aprueba de necesidad e interes regional, las politicas, lineamientos, estrategias, prevencion, represion, y sancion de conductas delictivas contra la trata de personas y trafico ilicito de migrantes en la Region Ica, asi como la conformacion de la Red Regional contra la Trata de Personas en la Region Ica
ORDENANZA REGIONAL Nº 0010-2014-GORE-ICA Ica, 17 de diciembre de 2014 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesion Ordinaria del dia 10 de diciembre de 2014. Visto el Dictamen Nº 007-2014/CDIS/CRI, de la Comision Ordinaria de Desarrollo e Inclusion Social, por el cual se aprueba el "Proyecto de Ordenanza Regional que conforma la Red Regional Contra la Trata de Personas en la Region Ica". CONSIDERANDO: Que, el articulo 191° y 192° de la Constitucion Politica del Estado, en concordancia con el articulo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, senalan que los gobiernos regionales son personas juridicas de derecho publico, que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, con Oficio N° 404-2014-GORE-ICA/PR, de fecha 11 de setiembre de 2014, el Presidente del Gobierno Regional de Ica, Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presenta al Consejo Regional de Ica, el "Proyecto de Ordenanza Regional que conforma la Red Regional Contra la Trata de Personas en la Region Ica", con la documentacion correspondiente, adjunta el Informe Tecnico de la Oficina de la Gerencia Regional de Desarrollo Social y el Informe Legal de la Oficina Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de Ica, derivada estos a la Comision de Desarrollo e Inclusion Social del Consejo Regional de Ica, con fecha 12 de setiembre de 2014, para su evaluacion y dictamen de ley. Que, con Informe N° 024-2014-GORE-ICA-GRDS/ MMC de fecha 25 junio de 2014, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, emite opinion favorable en relacion al "Proyecto de Ordenanza Regional que aprueba la Conformacion de la Red Regional contra la trata de personas en la Region Ica", ademas se refrenda como enfrentar especialmente la trata de personas en coordinacion con la Mesa Multisectorial de Prevencion

y Atencion a la Violencia Familiar - MEMULPAVIF, y la Instancia Regional de Concertacion del Plan Regional Contra la Violencia hacia la Mujer ­ PRCVHM. Tomando como antecedente la Resolucion Ejecutiva Regional N° 095-2013-GORE-ICA/PR, con la cual se conforma la Red Regional de Lucha Contra la Trata de Personas de la Region Ica, en la que asumen el compromiso de trabajar en el tema de prevencion, atencion y sancion de casos en trata de personas de la Region Ica. Que, con Informe Legal Nº 730-2014-ORAJ, de fecha 02 de setiembre de 2014, la Oficina Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de Ica, brinda opinion favorable sobre el Proyecto de Ordenanza Regional, que propone conformar la Red Regional contra la trata de personas con el fin de promover y ejecutar medidas de prevencion, considerando el enfoque de Derechos Humanos y de grupos vulnerados, asi como sus factores de riesgo, teniendo en cuenta la investigacion, capacitacion, informacion y difusion contra la trata de personas. Que, de los actuados se tiene que el articulo 7° de la Ley Nº 28950, Ley Contra la Trata de Personas y el Trafico Ilicito de Migrantes, establece que el estado otorga a las victimas, testigos, colaboradores, peritos y familiares directos dependientes; como minimo, la repatriacion MORDAZA, alojamiento transitorio, asistencia integral, mecanismos de insercion a la sociedad y proteccion en el ambito de la criminalidad organizada, comprometiendose a promover la conformacion de representantes que la conformen y asi insertar a sus integrantes a una posible intervencion de la trata de personas, dentro de ellas se encuentran las medidas de prevencion; con el tratamiento adecuado para los fines pertinentes y cumplir con la normatividad vigente, haciendo respetar y prevalecer los derechos fundamentales en lo que concierne a la trata de personas y el trafico ilicito de migrantes. Que la Ley N° 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, referida a las competencias compartidas, b) Coordinacion y fortalecimiento de las redes regionales y locales de lucha contra la trata de personas. c) Incorporacion de las victimas de los delitos de trata de personas y trafico ilicito de migrantes en los programas y servicios sociales regionales y locales como: Seguridad Ciudadana, Defensorias Municipales del MORDAZA y el Adolescente, Oficina Municipal para la atencion a las personas con Discapacidad, Programa de Apoyo Alimentario, Comites Municipales por los Derechos del MORDAZA y otros. d) Identificacion de poblacion vulnerable a los delitos de trata de personas y trafico ilicito de migrantes. e) Orientacion y derivacion de casos. La derivacion se efectuara a la dependencia policial de la jurisdiccion o al Ministerio Publico, y f) Fortalecimiento de factores de proteccion. Que, el articulo 18° del Decreto Supremo N°007-2008IN, senala como competencia de los gobiernos regionales y locales, promover el desarrollo de estrategias para la prevencion de los delitos de trata de personas y trafico ilicito de migrantes; asi como la atencion a las victimas y sus familiares directos dependientes en los siguientes aspectos: a) Promocion y constitucion de redes regionales y locales de lucha contra la trata de personas. Que, por Decreto Supremo N° 004-2011-IN, aprueba el Plan Nacional de Accion contra la Trata de Personas 2011-2016, y en su articulo 2°, senala sobre inclusion en Planes Operativos y Presupuestos Institucionales, los titulares de los pliegos y en los sectores del estado comprometidos con la ejecucion del "Plan Nacional de Accion contra la Trata de Personas", velaran por su cumplimiento, asegurando que las actividades y gastos se incluyan en los Planes Operativos y Presupuestos Institucionales respectivamente. Que, en sustento de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, el Gobierno Regional de Ica, y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, suscriben un Convenio de Gestion para el ejercicio de funciones transferidas, entre ambos, la misma que es aprobado con Resolucion Ejecutiva Regional Nº 00152014-GORE-ICA/PR de fecha 21 de enero de 2014; con el objetivo que el Gobierno Regional de Ica, reciba asesoria legal y apoyo tecnico que le permita adquirir las competencias y asi asumir las funciones transferidas. Que, por Resolucion Ejecutiva Regional Nº 00952013-GORE-ICA/PR, de fecha 06 de marzo de 2013, se reconocio a nombre del Gobierno Regional de Ica, a los integrantes de la Red Regional de Lucha Contra la Trata de Personas en la Region de Ica, quienes vienen cumpliendo

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