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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MAYO DEL AÑO 2015 (16/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 87

El Peruano Sábado 16 de mayo de 2015 552693 asistencia de los señores Regidores; lo relativo al viaje en comisión de servicios a la ciudad de QUITO - ECUADOR para participar en el FORO LATINOAMERICANO Y DEL CARIBE SOBRE DESARROLLO ECONOMICO TERRITORIAL; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad al Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por Ley Nº 27680, concordante con el Artículo 40º de la Ley Nº 27783 de Bases de Descentralización y Articulo II de la ley 27972 Orgánica de Municipalidades, las Municipalidades son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal las funciones normativas y fi scalizadoras y a la Alcaldía funciones ejecutivas; Que, el Artículo 41º de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades señala que los Acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, el inciso 11 del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que es Atribución del Concejo Municipal Autorizar los viajes al EXTERIOR DEL PAIS que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario. Que, mediante Carta, el señor Michel Azcueta G., Presidente de la Escuela Mayor de Gestión Municipal - EMGM, invita a participar al FORO LATINOAMERICANO Y DEL CARIBE SOBRE DESARROLLO ECONOMICO TERRITORIAL a desarrollarse en la ciudad de QUITO - ECUADOR, los día 18 y 19 de Mayo del 2015; en el Centro de Convenciones Eugenio Espejo, el mismo que es Patrocinado por el Programa de las Naciones Unidas (PNUD); puesto a consideración del pleno los miembros del Concejo Municipal expresan que es importante la participación en dicho evento pues se trataran temas trascendentales para el desarrollo del distrito, después de un breve intercambio de opiniones se pronuncian favorablemente por el viaje en comisión de servicios a la ciudad de Quito – Ecuador, del señor alcalde y la señora regidora los días 17 al 21 de mayo del presente año. Estando a las atribuciones conferidas por el Artículo II del Título Preliminar concordante con el Artículo 41º de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades con el voto UNANIME del Pleno del Concejo. ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR el viaje en Comisión de Servicios a la ciudad de QUITO – ECUADOR, para participar en el FORO LATINOAMERICANO Y DEL CARIBE SOBRE DESARROLLO ECONOMICO TERRITORIAL; del Señor Alcalde FRANKLIN ISAAC SOTOMAYOR APAZA y la Señora Regidora LUISA LOAIZA VALENCIA; los día 17 al 21 de Mayo del 2015. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, que a través del Gerencia de Planificación y Presupuesto la asignación de los montos correspondientes a, viáticos y transporte, por cada día de gestión, para el Señor Alcalde y la Señora Regidora conforme a la escala establecida. Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR el tenor del presente Acuerdo de Concejo a las Gerencias correspondientes para su conocimiento y cumplimiento. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FRANKLIN ISAAC SOTOMAYOR APAZA Alcalde 1238263-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE UPAHUACHO Fijan montos de remuneración mensual del Alcalde y de dietas de Regidores ACUERDO DE CONCEJO N° 007-2015-CM-MDU Upahuacho, 28 de febrero del 2015 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE UPAHUACHO, PROVINCIA DE PARINACOCHAS Y REGION AYACUCHO VISTO: La Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 27 de febrero del 2015, el Informe Nº 002-2015- ALE-MDU, informe N° 001-2015-CCHN/DU y el Informe N° 001-VLNC/CONT. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo preceptuado por el Art. 194º de la Constitución Política del Estado, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; norma suprema que es concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972. Que, la remuneración del Alcalde y las Dietas de los Regidores se fi jan dentro del primer trimestre del primer año de gestión, tal como lo estipula los Arts. 12° y 21° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; el monto de las dietas y la remuneración del Alcalde es fi jado discrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad económica del gobierno local, previa las constataciones presupuestales del caso. Que, teniendo en cuenta la labor administrativa y responsabilidad del Titular del Pliego, así como la labor normativa y fi scalizadora de los señores Regidores, es necesario fi jar la remuneración del Alcalde y por ende las Dietas de los Señores Regidores para la presente gestión municipal, la misma que deberá regir a partir del mes de marzo del año 2015. Que, mediante Informe Nº 002-2015-ALE-MDU, de fecha 18 de febrero del 2015, el Asesor Legal externo de la Municipalidad, Opina por la procedencia del reajuste del Sueldo del Alcalde y la Dietas de los señores Regidores, basándose en lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades. De acuerdo a la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, estando a lo expuesto y con el voto unánime del Concejo Municipal de Upahuacho; SE ACUERDA: Primero.- Fijar la Remuneración mensual del Señor Alcalde y la Dieta de los Señores Regidores conforme al siguiente detalle: - Remuneración Mensual del Alcalde en la suma de S/. 3,167.00 - Dieta de los Regidores es el 30% de la remuneración mensual del Alcalde. Segundo.- Publicar el presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano, conforme lo establece la normatividad legal vigente sobre la materia. Tercero.- Transcribir el presente Acuerdo a las Ofi cinas estructuradas de esta comuna con las formalidades establecidas por Ley. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDWIN F. PUGA JURADO Alcalde 1237524-1