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El Peruano Sábado 16 de mayo de 2015 552690 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA-REYNOSO POR CUANTO: Visto en sesión extraordinaria de Concejo Municipal N° 03-2015, celebrada en la fecha, el Informe Nº 014- A-2015-GM/MDCLR, de la Gerencia Municipal, mediante el cual remite a Secretaría General el Informe Nº 035- A-2015-GPPR/MDCLR; Informe Nº 016-2015-SGPR- GPPR/MDCLR, de la Sub. Gerencia de Planeamiento y Racionalización; y el Informe Técnico sustentatorio del proyecto para modifi car el Reglamento de Organización y Funciones. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, esta garantía permite a los gobiernos locales desenvolverse con plena libertad en dichos ámbitos; es decir, se garantiza que los gobiernos locales, en los asuntos que les atañen, pueden desarrollar las potestades necesarias que garanticen su autogobierno (EXP N° 0005- 2005-AI, 05/01/06, P, FJ 6); Que, la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, en su norma I del título preliminar, señala que los gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial del estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades, siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización; Que, asimismo la norma V del mismo título preliminar de la citada ley acota que la estructura, organización y funciones específi cas de los gobiernos locales se cimientan en una visión de Estado democrático, unitario descentralizado y desconcentrado, con la fi nalidad de lograr el desarrollo sostenible del país; Que, el artículo 26° de la misma norma refi ere que la administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior. Se rige por los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad efi cacia, participación y seguridad ciudadana y por los contenidos en la Ley N° 27444; Que, el artículo 5° de la Ley de Modernización del Estado, Ley N° 27658 señala que el proceso de modernización de la gestión del Estado se sustenta fundamentalmente en las siguientes acciones: “(…) d. Mayor efi ciencia en la utilización de los recursos del Estado, por lo tanto, se elimina la duplicidad o superposición de competencias, funciones y atribuciones entre sectores y entidades o entre funcionarios y servidores. (…) f. Institucionalización de la evaluación de la gestión por resultados, a través del uso de modernos recursos tecnológicos, la planifi cación estratégica y concertada, la rendición pública y periódica de cuentas y la transparencia a fi n de garantizar canales que permitan el control de las acciones del Estado”; Que, el artículo 6° de la misma norma señala que el diseño y estructura de la Administración Pública, sus dependencias, entidades y organismos, se rigen por los siguientes criterios: a. Las funciones y actividades que realice la Administración Pública, a través de sus dependencias, entidades y organismos, debe estar plenamente justifi cada y amparada en sus normas. b. Las dependencias, entidades, organismos e instancias de la Administración Pública no deben duplicar funciones o proveer servicios brindados por otras entidades ya existentes. c. En el diseño de la estructura orgánica pública prevalece el principio de especialidad, debiéndose integrar las funciones y competencias afi nes; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, norma que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organizaciones y Funciones – ROF por parte de las entidades de la administración pública, en su artículo 3º señala como fi nalidad, generar la aprobación de un ROF que contenga una adecuada estructura orgánica de la entidad y defi nición de sus funciones y la de los órganos que la integran, acorde con los criterios de diseño y estructura de la Administración Pública que establece la Ley Nº 27658 – Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos e identifi car las responsabilidades específi cas de las entidades públicas y sus unidades orgánicas, asignadas por el ordenamiento jurídico aplicable en cada caso; Que, la Municipalidad distrital de Carmen de la Legua – Reynoso debe tener claramente asignadas sus competencias de modo tal que pueda determinarse la calidad de su desempeño y el grado de cumplimiento de sus funciones, en base a una pluralidad de criterios de medición Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 001-2015- MDCLR, de fecha 01 de enero del 2015, se ha declarado en emergencia y se ha dispuesto la reorganización de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua; siendo que esa línea, mediante Resolución de Alcaldía N° 111-2015- MDCLR, de fecha 27 de febrero del 2015, se constituyó el comité de reingeniería y revisión de procesos con la fi nalidad de trabajar conjuntamente con toda la administración con toda la administración municipal, el cambio de estructura orgánica y la emisión de un nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF); Que, mediante el Informe N° 035-A-2015-GPP/ MDCLR de fecha 25 de marzo 2015, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, remite a la Gerencia Municipal el Informe Nº 016-2015-SGPR-GPPR/ MDCLR, conteniendo el Informe Técnico sustentatorio, y el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones para modifi car el reglamento de organización y funciones de la Municipalidad distrital de Carmen de la Legua Reynoso, con la fi nalidad de adecuarla a la normatividad vigente y de cumplir con mayor efi ciencia y efi cacia las funciones encomendadas; Que, según Informe N° 089-2012-GAL/MDCLR, de fecha 25 de marzo del 2015, de la Gerencia de Asesoría Legal opina que resulta procedente la aprobación de la Modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso; Que, la Comisión de Administración, Tributación y Presupuesto, mediante Dictamen N° 002-2015-CATP/ MDCLR, aprueban el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua – Reynoso; Estando a lo expuesto y de conformidad a los numerales 3 y 8 del artículo 9° de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, y el Acuerdo de Concejo Nº 027-2015 del 27 de Marzo del 2015, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, y con el VOTO UNÁNIME de los señores regidores, se ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO Articulo 1°.- Aprobar el Reglamento y Funciones – ROF de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso, el mismo que consta de cuatro (4) títulos, quince (15) capítulos, setenta y cuatro (74) artículos, cuatro (04) disposiciones complementarias, fi nales y transitorias y un anexo (organigrama) Articulo 2°.- Derogar toda norma de igual o menor jerarquía que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo 3°.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, Gerencia de Administración y Finanzas y unidades orgánicas de la Municipalidad de Carmen de la Legua - Reynoso el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza. Articulo 3°.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Informática la publicación en el portal institucional (www.municarmendelalegua.gob. pe). POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. RAUL JESUS ODAR CABREJOS Alcalde