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El Peruano Sábado 16 de mayo de 2015 552682 Autorizan viaje de Regidores a Brasil, Panamá y EE.UU., en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO Nº 043-2015 La Molina, 12 de mayo de 2015 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, la Carta N° 07-2015-MDLM-AMSC de fecha 06 de abril del 2015, complementada con Carta N° 09-2015-MDLM- JAMSC de fecha 07 de mayo del 2015, presentadas por el señor Regidor José Antonio Muñoz Santa Cruz, mediante las cuales comunica haber recibido una invitación de la Organización ONWARD Internacional, a fi n de participar en el evento “Misión Técnica Internacional de Capacitación sobre Fortalecimiento de la Planifi cación Urbana, los Sistemas de Transporte, Seguridad Ciudadana, Medio Ambiente e Inclusión Social, a efectuarse del 08 al 12 de abril del 2015, en la Ciudad de Curitiba, Capital del Estado de Paraná, en la República Federativa del Brasil; por lo cual solicita al Concejo Municipal la autorización y Licencia correspondiente; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, y concordado con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 11 del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que son atribuciones del Concejo Municipal, entre otras, “Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario”; asimismo, en su numeral 27 señala “Aprobar las licencias solicitadas por el alcalde o los regidores, no pudiendo concederse licencias simultáneamente a un número mayor del 40% (cuarenta por ciento) de los regidores”; Que, la Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, Ley Nº 30281, en el Subcapítulo III establece las Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público que deben tener todas las entidades del Estado, siendo que en su Artículo 10° se señala las medidas en materia de bienes y servicios; indicando en el numeral 10.1 que se encuentra prohibido los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto los casos establecidos, entre otros, lo señalado en su literal c), concerniente a los Titulares de los organismos constitucionalmente autónomos, los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refi ere la Ley N° 28212. Asimismo, en su segundo y tercer párrafo prescribe que el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales precedentes, en el caso de los organismos constitucionalmente autónomos, la excepción es autorizada por Resolución del titular de la entidad; y en los gobiernos regionales y locales, se autoriza mediante Acuerdo del Concejo Regional o Municipal, respectivamente, siendo obligatorio que en todos los casos, la Resolución o Acuerdo se publique en el Diario Ofi cial El Peruano; además, los viajes que se autoricen deben realizarse en categoría económica; Que, mediante Ley N° 27619 y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modifi cados por Decreto Supremo N° 005-2006-PCM y Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, se regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos o representantes del Estado que irroguen gastos al Tesoro Público, y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público; siendo que el Artículo 5° del citado Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, prescribe que los gastos por concepto de viáticos que ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por Zonas Geográfi cas; Que, mediante Carta N° 07-2015-MDLM-AMSC de fecha 06 de abril del 2015, complementada con Carta N° 09-2015-MDLM-JAMSC de fecha 07 de mayo del 2015, presentadas por el señor Regidor José Antonio Muñoz Santa Cruz, comunica haber recibido una invitación de la Organización ONWARD Internacional, a fi n de participar en el evento “Misión Técnica Internacional de Capacitación sobre Fortalecimiento de la Planifi cación Urbana, los Sistemas de Transporte, Seguridad Ciudadana, Medio Ambiente e Inclusión Social, a efectuarse del 08 al 12 de junio del 2015, en la Ciudad de Curitiba, Capital del Estado de Paraná, en la República Federativa del Brasil; toda vez que dicho evento constituye un espacio que permitirá conocer de forma teórica y práctica los principales proyectos de gestión orientados al fortalecimiento del desarrollo local, analizando los nuevos modelos de gestión pública y los mecanismos de descentralización, teniendo siempre en cuenta la importancia de las Alianzas Público Privadas, que permitieron la consolidación de la ciudad de Curitiba, como una ciudad moderna, sostenible, inclusiva y planifi cada, basándose en la proyección de futuro, optimización transporte urbano, ordenamiento vial y uso del suelo, seguridad ciudadana y prevención del delito, programas medioambientales y proyectos de inclusión social, entre otros. En tal sentido, dichas actividades constituyen temas de gran importancia que coadyuvarán a continuar con el desarrollo del Distrito de La Molina, refl ejado en una mejor prestación de los servicios públicos; por lo cual, solicita al Concejo Municipal la autorización correspondiente en las fechas precitadas, así como la aprobación de la licencia para ausentarse de la localidad del 07 al 18 de abril del 2015; Que, a través del Informe N° 433-2015-MDLM- GAF/SGLSG, la Subgerencia de Logística y Servicios Generales, remite el detalle de gastos que representará el viaje y participación del señor Regidor José Antonio Muñoz Santa Cruz, en el mencionado evento Internacional, el cual asciende a la suma de S/. 16,105.80 Nuevos soles; siendo que con Informe N° 261-2015-MDLM-GPPDI, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, otorga la disponibilidad presupuestal correspondiente; Que, mediante Informe N° 140-2015-MDLM-GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable, señalando que de acuerdo a los informes de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, y la Subgerencia de Logística y Servicios Generales, corresponde que el señor José Antonio Muñoz Santa Cruz, asista en su condición de Regidor del Distrito de La Molina, a la Ciudad de Curitiba, Capital del Estado de Paraná, en la República Federativa del Brasil, los días 07, 08, 09, 10, 11 y 12 de junio del 2015, para participar en el evento denominado “Misión Técnica Internacional de Capacitación sobre Fortalecimiento de la Planifi cación Urbana, los Sistemas de Transporte, Seguridad Ciudadana, Medio Ambiente e Inclusión Social, organizado por la Organización ONWARD Internacional; siendo ratifi cada dicha opinión legal por la Gerencia Municipal con Memorando N° 428-2015-MDLM-GM; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo previsto en los numerales 11 y 27 del Artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; por mayoría, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje que en representación ofi cial de la Municipalidad de La Molina, realizará el señor Regidor José Antonio Muñoz Santa Cruz, a la Ciudad de Curitiba, Capital del Estado de Paraná, de la República Federativa del Brasil, los días 07, 08, 09, 10, 11 y 12 de junio del 2015, para participar en el evento denominado “Misión Técnica Internacional de Capacitación sobre Fortalecimiento de la Planifi cación Urbana, los Sistemas de Transporte, Seguridad Ciudadana, Medio Ambiente e Inclusión Social, organizado por la Organización ONWARD Internacional. Artículo Segundo.- ESTABLECER que los gastos que irrogue el cumplimiento del viaje ofi cial mencionado en el artículo precedente, se afectará a la específi ca del gasto correspondiente del Presupuesto Institucional del presente ejercicio fi scal, conforme al siguiente detalle: • Pasaje Aéreo (tarifa económica) S/. 2,995.40 Lima - Sao Paulo - Lima • Costo Capacitación S/. 6,820.40 • Viáticos (05 días) S/. 6,290.00 ---------------------- TOTAL S/. 16,105.80 Nuevos Soles.