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El Peruano Sábado 16 de mayo de 2015 552684 • Pasaje Aéreo (tarifa económica) S/. 1,870.00 Lima - Panamá - Lima • Costo Capacitación S/. 741.20 • Viáticos (03 días) S/. 3,213.00 ------------------ TOTAL S/. 5,824.20 Nuevos Soles. Artículo Tercero.- APROBAR la Licencia para ausentarse de la localidad de la señora Regidora Francisca Fausta Navarro Huamaní, del 10 al 12 de junio del 2015. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas y a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo; así como a la Secretaría General la publicación del mismo en el Diario Ofi cial El Peruano, y a la Gerencia de Tecnologías de Información, su publicación en la página Web de la Municipalidad: www.munimolina.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde 1237265-3 ACUERDO DE CONCEJO Nº 045-2015 La Molina, 12 de mayo de 2015 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, la Carta N° 02-2015-MDLM-JMCY, de fecha 30 de abril del 2015, presentada por la señora Regidora Jenny Mariela Calero Yépez, mediante la cual comunica haber recibido una invitación del Alcalde del Condado Miami - Dade, Hon. Carlos Giménez, de la Junta de Comisionados del Condado Miami - Dade, el Banco Mundial, el Centro para la Democracia y la Buena Gobernanza, y el Instituto de Administración Pública y Servicios Comunitarios de la Universidad Internacional de la Florida - FIU, para participar en el evento “XXI Conferencia Interamericana de Alcaldes y Autoridades Locales: Fortaleciendo Gobierno Locales en Tiempo de Crisis y Confl icto”, a efectuarse del 15 al 18 de junio del 2015, en el Hotel Hilton Miami Downtown, Florida, Estados Unidos de Norteamérica; por lo cual solicita al Concejo Municipal la autorización correspondiente; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, y concordado con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 11 del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que son atribuciones del Concejo Municipal, entre otras, “Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario”; asimismo, en su numeral 27 señala “Aprobar las licencias solicitadas por el alcalde o los regidores, no pudiendo concederse licencias simultáneamente a un número mayor del 40% (cuarenta por ciento) de los regidores”; Que, la Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, Ley Nº 30281, en el Subcapítulo III establece las Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público que deben tener todas las entidades del Estado, siendo que en su Artículo 10° se señala las medidas en materia de bienes y servicios; indicando en el numeral 10.1 que se encuentra prohibido los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto los casos establecidos, entre otros, lo señalado en su literal c), concerniente a los Titulares de los organismos constitucionalmente autónomos, los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refi ere la Ley N° 28212. Asimismo, en su segundo y tercer párrafo prescribe que el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales precedentes, en el caso de los organismos constitucionalmente autónomos, la excepción es autorizada por Resolución del titular de la entidad; y en los gobiernos regionales y locales, se autoriza mediante Acuerdo del Concejo Regional o Municipal, respectivamente, siendo obligatorio que en todos los casos, la Resolución o Acuerdo se publique en el Diario Ofi cial El Peruano; además, los viajes que se autoricen deben realizarse en categoría económica; Que, mediante Ley N° 27619, y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modifi cados por Decreto Supremo N° 005-2006-PCM y Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, se regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos o representantes del Estado que irroguen gastos al Tesoro Público, y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público; siendo que el Artículo 5° del citado Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, prescribe que los gastos por concepto de viáticos que ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por Zonas Geográfi cas; Que, mediante Carta N° 02-2015-MDLM-JMCY, de fecha 30 de abril del 2015, presentada por la señora Regidora Jenny Mariela Calero Yepez, comunica haber recibido una invitación del del Alcalde del Condado Miami - Dade, Hon. Carlos Giménez, de la Junta de Comisionados del Condado Miami - Dade, el Banco Mundial, el Centro para la Democracia y la Buena Gobernanza, y el Instituto de Administración Pública y Servicios Comunitarios de la Universidad Internacional de la Florida - FIU, para participar en el evento “XXI Conferencia Interamericana de Alcaldes y Autoridades Locales: Fortaleciendo Gobierno Locales en Tiempo de Crisis y Confl icto”, los días 15, 16, 17 y 18 de junio del 2015, en el Hotel Hilton Miami Downtown, Florida, Estados Unidos de Norteamérica; toda vez que dicha evento constituye un espacio que reunirá a funcionarios de alto rango de gobiernos locales, regionales y nacionales, representantes de organismos multilaterales, organizaciones no gubernamentales y académicos para discutir temas fundamentales para el fortalecimiento de los gobiernos locales en la región, centrándose la Conferencia en la situación de los gobiernos locales de la región y los desafíos que enfrentan en la promoción del desarrollo económico y la provisión de servicios públicos en medio de crisis económicas y sociales así como de confl ictos que difi cultan la gestión pública local con equidad y efi ciencia. En tal sentido, dichas actividades constituyen temas de gran importancia que coadyuvarán a continuar con el desarrollo del Distrito de La Molina, refl ejado en una mejor prestación de los servicios públicos; por lo cual, solicita al Concejo Municipal la autorización correspondiente en las fechas precitadas, así como la aprobación de la licencia pertinente; Que, a través del Informe N° 445-2015-MDLM-GAF/ SGLSG, la Subgerencia de Logística y Servicios Generales, remite el detalle de gastos que representará el viaje y participación de la señora Regidora Jenny Mariela Calero Yepez, en el mencionado evento Internacional, el cual asciende a la suma de S/. 9,821.10 Nuevos soles; siendo que con Informe N° 263-2015-MDLM-GPPDI, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, otorga la disponibilidad presupuestal correspondiente; Que, mediante Informe N° 142-2015-MDLM-GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable, señalando que de acuerdo a los informes de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, y la Subgerencia de Logística y Servicios Generales, corresponde que la señora Jenny Mariela Calero Yepez, asista en su condición de Regidora del Distrito de La Molina, a la Ciudad de Miami, Florida, Estados Unidos de Norteamérica, los días 15, 16, 17 y 18 de junio del 2015, para participar en el evento denominado “XXI Conferencia Interamericana de Alcaldes y Autoridades Locales: Fortaleciendo Gobierno Locales en Tiempo de Crisis y Confl icto”; siendo ratifi cada dicha opinión legal por la Gerencia Municipal con Memorando N° 430- 2015-MDLM-GM; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo previsto en los numerales 11 y 27 del Artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; por mayoría, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje que en representación ofi cial de la Municipalidad de La Molina,