Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2015 (16/05/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 72

552678
Documento Nacional de Identidad, constancias de vacunacion contra el Tetano y la Hepatitis B, asi como una foto tamano pasaporte a color. 6. MORDAZA simple del certificado de capacitacion establecido en el articulo 9° de la Ley N° 29419, detallado en el articulo 36° de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2010-MINAM, correspondiente a cada uno de los asociados. 7. Compromiso firmado por el representante legal de la organizacion solicitante, para la oportuna MORDAZA de la informacion referente a los resultados de su actividad asi como para la actualizacion de datos de la organizacion a la Municipalidad de La MORDAZA, de acuerdo con lo especificado en el articulo 19° de la presente Ordenanza. 8. Declaracion jurada de fiel cumplimiento de las disposiciones tecnicas referentes al personal, implementos y vehiculos, con sujecion a lo establecido en la presente Ordenanza y demas normas aplicables. Articulo 12°.- Tramite para la inscripcion en el Registro Municipal de Recicladores Dentro de los quince (15) dias habiles posteriores a la MORDAZA de la solicitud y sus respectivos requisitos, la Subgerencia de Servicios Publicos emitira la correspondiente resolucion, admitiendo o denegando el petitorio. En caso afirmativo, dentro de los cinco (5) dias habiles posteriores a la notificacion de la correspondiente resolucion se programara una inspeccion ocular sobre el personal, implementos y vehiculos. En caso de estar todo en orden se procedera a emitir las respectivas credenciales. La MORDAZA de la solicitud con requisitos incompletos sera improcedente, lo cual constara en la respectiva resolucion. En caso de que la parte solicitante falsee cualquier documento o informacion vinculada al tramite, ello implicara su automatica denegatoria o revocatoria segun corresponda, en cuyo caso la Subgerencia de Servicios Publicos promovera el inicio de las correspondientes acciones legales contra las personas responsables. MORDAZA las implicancias en materia de salud, medio ambiente y seguridad ciudadana, sera de aplicacion el silencio administrativo negativo. El procedimiento de inscripcion en el Registro Municipal de Recicladores debera ser incorporado al Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de La MORDAZA, conforme lo dispone la MORDAZA Disposicion Complementaria de la presente Ordenanza. Articulo 13°.- Actualizacion de datos en el Registro Municipal de Recicladores Todas las organizaciones de segregadores de residuos solidos inscritas en el Registro Municipal de Recicladores del distrito de La MORDAZA deberan mantener actualizados los datos concernientes a su padron de asociados, reportando la baja de los sujetos con periodicidad mensual, dentro de los tres (3) dias habiles de cada mes. En caso de admision de nuevos asociados, debera ser inmediatamente gestionada su incorporacion al correspondiente registro municipal cumpliendo con los requisitos establecidos en los numerales 1, 3, 5, 6 y 8 del articulo 11º de la presente Ordenanza. Articulo 14°.- Perfil del Reciclador Los recicladores para formar parte del Programa de Formalizacion de Recicladores y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos deberan cumplir con el siguiente perfil: a) Tener edad minima de 18 anos, para lo cual deberan contar con Documento Nacional de Identidad vigente. b) En el caso de mujeres en gestacion que integren las organizaciones de recicladores, solo podran desarrollar dicha actividad hasta los siete meses de embarazo, pudiendo reincorporarse a la misma al cumplir un mes del alumbramiento, debiendo acreditar los controles medicos que asi lo permitan. Articulo 15°.- Uniformes y credencial Todo reciclador que realice recoleccion selectiva y transporte de los residuos solidos debera contar obligatoriamente con:

El Peruano Sabado 16 de MORDAZA de 2015

a) Uniforme de tela dril en buen estado, de color azulino u oscuro (mameluco o camisa y pantalon, y en el caso de las madres gestantes usaran overol de maternidad), con aplicacion de cinta reflectiva de seguridad de dos (02) pulgadas de ancho, color plateado ubicado en MORDAZA, espalda, cintura y piernas a la altura de la rodilla. b) MORDAZA de algodon. c) Protector de cabeza: sombrero, gorro u otro similar. d) Credencial, el cual sera emitido por la Subgerencia de Servicios Publicos luego de la inscripcion en el registro correspondiente. Articulo 16°.- Equipos de Proteccion Personal I. Equipos de proteccion personal para los recicladores formalizados que realizan recoleccion selectiva y transporte de residuos solidos Todo reciclador formalizado que realiza la recoleccion selectiva y el transporte de residuos solidos debe contar con el siguiente equipo de proteccion personal de uso obligatorio: a) Guantes de cuero. b) Mascarillas con filtro recargable. c) Zapatos cerrados o zapatillas que faciliten el desplazamiento continuo. II. Equipos de proteccion personal para los recicladores formalizados que realizan acondicionamiento en las infraestructuras de comercializacion y tratamiento de residuos solidos Todo reciclador formalizado que realiza acondicionamiento debe contar con el siguiente equipo de proteccion personal de uso obligatorio: a) Guantes de cuero para manipulacion de los metales y vidrios; para otros residuos, guantes de nitrilo. b) Mascarillas con filtro recargable. c) Lentes antiempanantes, adaptables a comodidad de cada reciclador. d) Botas de seguridad. e) Casco. f) Tapones auditivos, en los casos de acondicionamiento de residuos solidos. Articulo 17°.- Vehiculos de recoleccion selectiva y transporte de residuos solidos Se ha clasificado en dos tipos: a) Vehiculos No Convencionales de Recoleccion Selectiva y Transporte de Residuos Solidos.Comprende el uso de triciclos (a pedal y motorizado), y motofurgones, debidamente acondicionados para el transporte de residuos solidos reaprovechables. b) Vehiculos Convencionales de Recoleccion Selectiva y Transporte de Residuos Solidos.Comprende el uso de camionetas o camiones baranda, debidamente acondicionados para el transporte de residuos solidos reaprovechables. Dichos vehiculos deberan contar con autorizacion municipal para transportar residuos solidos comunes en vehiculos mayores, la misma que debera ser emitida por la municipalidad provincial. Articulo 18°.- Caracteristicas generales de los tipos de vehiculos no convencionales de recoleccion selectiva y transporte de residuos solidos Los vehiculos deben cumplir con las siguientes caracteristicas: a) Triciclo estandar: vehiculo de armazon de MORDAZA, con MORDAZA de metal de un volumen de 1m3, soldada y pintada con anticorrosivo. Debera contar con cintas reflectivas de seguridad en la parte posterior y lateral de los vehiculos. La base debera contar con una MORDAZA de jebe protectora. b) Triciclo acondicionado: vehiculo de armazon de MORDAZA, con MORDAZA de metal o triplay o malla de poliester recubierta de vinilo con capacidad de 1m3 de volumen. Debera contar con cintas reflectivas de seguridad en la parte posterior y lateral de los vehiculos. La base debera contar con una MORDAZA de jebe protectora. c) Motofurgon: vehiculo motorizado con MORDAZA de metal, soldada y pintada con pintura anticorrosiva y con una tolva

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.