Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MAYO DEL AÑO 2015 (16/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 77

El Peruano Sábado 16 de mayo de 2015 552683 Artículo Tercero.- APROBAR la Licencia solicitada para ausentarse de la localidad del señor Regidor José Antonio Muñoz Santa Cruz, del 07 al 18 de junio del 2015. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas y a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo; así como a la Secretaría General la publicación del mismo en el Diario Ofi cial El Peruano, y a la Gerencia de Tecnologías de Información, su publicación en la página Web de la Municipalidad: www.munimolina.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde 1237265-2 ACUERDO DE CONCEJO Nº 044-2015 La Molina, 12 de mayo de 2015 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, la Carta N° 02-2015-MDLM-FNH, de fecha 28 de abril del 2015, presentada por la señora Regidora Francisca Fausta Navarro Huamaní, mediante la cual comunica haber recibido una invitación del Centro Latinoamericano de Estudios Locales para participar en el “Seminario sobre Buenas Prácticas Públicas y Servicios Inteligentes y del Premio 2015 a las Buenas Prácticas en Gestión Municipal”, a efectuarse de 10 al 12 de junio del 2015, en la República de Panamá; por lo cual solicita al Concejo Municipal la autorización correspondiente; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, y concordado con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 11 del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que son atribuciones del Concejo Municipal, entre otras, “Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario”; asimismo, en su numeral 27 señala “Aprobar las licencias solicitadas por el alcalde o los regidores, no pudiendo concederse licencias simultáneamente a un número mayor del 40% (cuarenta por ciento) de los regidores”; Que, la Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, Ley Nº 30281, en el Subcapítulo III establece las Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público que deben tener todas las entidades del Estado, siendo que en su Artículo 10° se señala las medidas en materia de bienes y servicios; indicando en el numeral 10.1 que se encuentra prohibido los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto los casos establecidos, entre otros, lo señalado en su literal c), concerniente a los Titulares de los organismos constitucionalmente autónomos, los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refi ere la Ley N° 28212. Asimismo, en su segundo y tercer párrafo prescribe que el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales precedentes, en el caso de los organismos constitucionalmente autónomos, la excepción es autorizada por Resolución del titular de la entidad; y en los gobiernos regionales y locales, se autoriza mediante Acuerdo del Consejo Regional o Municipal, respectivamente, siendo obligatorio que en todos los casos, la Resolución o Acuerdo se publique en el Diario Ofi cial El Peruano; además, los viajes que se autoricen deben realizarse en categoría económica; Que, mediante Ley N° 27619, y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modifi cados por Decreto Supremo N° 005-2006-PCM y Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, se regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos o representantes del Estado que irroguen gastos al Tesoro Público, y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público; siendo que el Artículo 5° del citado Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, prescribe que los gastos por concepto de viáticos que ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por Zonas Geográfi cas; Que, mediante Carta N° 02-2015-MDLM-FNH, de fecha 28 de abril del 2015, presentada por la señora Regidora Francisca Fausta Navarro Huamaní, comunica haber recibido una invitación del Centro Latinoamericano de Estudios Locales para participar en el “Seminario sobre Buenas Prácticas Públicas y Servicios Inteligentes y del Premio 2015 a las Buenas Prácticas en Gestión Municipal”, a efectuarse del 10 al 12 de junio del 2015, en la República de Panamá; toda vez que dicho evento constituye un espacio pensado para revisar y compartir herramientas y experiencias que posibilitan una gestión pública local de excelencia, al socializar las experiencias, buenas prácticas y conocimientos de los participantes, buscando promover la cooperación horizontal y el aprendizaje mutuo entre distintos gobiernos y actores locales; para dicho fi n en el Seminario se desarrollaran mesas plenarias integradas por expertos de renombre internacional del Reino Unido, España, Chile, México, Colombia, Argentina, Puerto Rico y Uruguay, también paneles de participantes en los que se presentarán experiencias y ponencias y un panel integrado únicamente por Alcaldes y Regidores. En tal sentido, dichas actividades constituyen temas de gran importancia que coadyuvarán a continuar con el desarrollo del Distrito de La Molina, refl ejado en una mejor prestación de los servicios públicos; por lo cual, solicita al Concejo Municipal la autorización correspondiente en las fechas precitadas, así como la aprobación de la licencia pertinente, del 10 al 12 de junio del 2015; Que, a través del Informe N° 443-2015-MDLM- GAF/SGLSG, la Subgerencia de Logística y Servicios Generales, remite el detalle de gastos que representará el viaje y participación de la señora Regidora Francisca Fausta Navarro Huamaní, en el mencionado evento Internacional, el cual asciende a la suma de S/. 5,824.20 Nuevos soles; siendo que con Informe N° 262-2015- MDLM-GPPDI, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, otorga la disponibilidad presupuestal correspondiente; Que, mediante Informe N° 141-2015-MDLM-GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable, señalando que de acuerdo a los informes de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, y la Subgerencia de Logística y Servicios Generales, corresponde que la señora Francisca Fausta Navarro Huamaní, asista en su condición de Regidora del Distrito de La Molina, a la República de Panamá, los días 10, 11 y 12 de junio del 2015, para participar en el evento denominado “Seminario sobre Buenas Prácticas Públicas y Servicios Inteligentes y del Premio 2015 a las Buenas Prácticas en Gestión Municipal”; siendo ratifi cada dicha opinión legal por la Gerencia Municipal con Memorando N° 429-2015-MDLM-GM; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo previsto en los numerales 11 y 27 del Artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; por mayoría, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje que en representación ofi cial de la Municipalidad de La Molina, realizará la señora Regidora Francisca Fausta Navarro Huamaní, a la República de Panamá, los días 10, 11 y 12 de junio del 2015, para participar en el evento denominado “Seminario sobre Buenas Prácticas Públicas y Servicios Inteligentes y del Premio 2015 a las Buenas Prácticas en Gestión Municipal”, organizado por el Centro Latinoamericano de Estudios Locales - CELADEL. Artículo Segundo.- ESTABLECER que los gastos que irrogue el cumplimiento del viaje ofi cial mencionado en el artículo precedente, se afectará a la específi ca del gasto correspondiente del Presupuesto Institucional del presente ejercicio fi scal, conforme al siguiente detalle: