Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2015 (23/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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Concejo presentes y con dispensa del tramite de Lectura y aprobacion del Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL ORDEN PUBLICO Y LAS BUENAS COSTUMBRES EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES Articulo 1°.- OBJETO. Esta Ordenanza tiene por objeto preservar los espacios publicos como lugares de convivencia y civismo, en los que todas las personas, sin nigun MORDAZA de discriminacion, puedan desarrollar en MORDAZA sus actividades de libre circulacion, ocio, encuentro y recreo, con pleno respeto a la dignidad y a los derechos de los demas y a la pluralidad de expresiones culturales, politicas, linguisticas, religiosas y de formas de MORDAZA diversas existentes en el distrito de San MORDAZA de Miraflores. Articulo 2°.- AMBITO DE APLICACION. La presente Ordenanza sera de aplicacion en todos los espacios publicos del distrito, como calles, vias de circulacion, plazas, avenidas, paseos, pasajes, parques, jardines, areas verdes, puentes, piletas y estanques, edificios publicos y demas espacios destinados al uso o servicio publico de administracion municipal, asi como a construcciones, instalaciones, mobiliario MORDAZA y demas bienes y elementos de dominio publico municipal instalados en aquellos. Articulo 3°.- NECESIDADES FISIOLOGICAS Esta prohibido hacer necesidades fisiologicas, como defecar, orinar, en cualquiera de los espacios establecidos en el articulo precedente de esta Ordenanza como ambito de aplicacion, excepto las realizadas en las instalaciones o elementos que esten destinados especialmente a la realizacion de tales necesidades, como los servicios higienicos publicos del distrito. Articulo 4°.- CONSUMO DE DROGAS Y BEBIDAS ALCOHOLICAS Esta prohibido el consumo de drogas y/o bebidas alcoholicas en calles, avenidas, parques, plazas, paseos y demas lugares de uso publico. La contravencion a esta prohibicion sera sancionada con las medidas senaladas en la presente Ordenanza. Articulo 5°.- USO INAPROPIADO DEL ESPACIO PUBLICO Queda prohibido hacer un uso inapropiado de los espacios publicos y sus elementos de manera que impida o dificulte la utilizacion o el disfrute por el resto de vecinos, quedando prohibido: 5.1 Acampar en las areas o espacios publicos, accion que incluye la instalacion estable en estos espacios publicos o sus elementos o mobiliarios en ellos instalados, o en carpas, vehiculos, salvo autorizaciones para lugares concretos. Tampoco esta permitido dormir de dia o de noche en estos espacios. Cuando se trate de personas en situacion de exclusion social, se MORDAZA aviso a las entidades que corresponda, a fin de que estas determinen las medidas tendientes a solucionar el problema. 5.2 Utilizar los bancos y los asientos publicos para usos distintos a los que estan destinados. 5.3 Lavarse o banarse en MORDAZA, piletas, estanques, MORDAZA de regadio o similares. 5.4 Lavar ropa en MORDAZA, piletas, estanques, MORDAZA de regadio o similares. 5.5 Realizar actos obscenos, tocamientos indebidos, actos y comercio sexual en la via publica. Articulo 6°.- ACTITUDES VANDALICAS. 6.1 Estan prohibidas las conductas vandalicas, agresivas o negligentes en espacios publicos, asi como el uso del mobiliario MORDAZA que generen situaciones de riesgo o peligro para la salud y la integridad fisica de las personas o los bienes. 6.2 Quedan prohibidos los actos de deterioro grave, como destrozos de los espacios publicos o sus instalaciones o elementos, ya MORDAZA muebles o inmuebles, derivados de las alteraciones de la seguridad ciudadana contempladas en el apartado anterior.

El Peruano Sabado 23 de MORDAZA de 2015

Articulo 7°.- RESPONSABILIDAD SOLIDARIA. Los padres, tutores o guardadores, seran responsables directos y solidarios por las contravenciones a la presente Ordenanza, realizados por menores e edad o incapaces bajo su tutela, curatela o patria potestad, sin perjuicio de la responsabilidad civil subsidiaria, siempre que por su parte, conste dolo, culpa o negligencia, incluida la simple inobservancia de quienes tengan a cargo su custodia. Articulo 8°.- UTILIZACION DE METODOS DISUASIVOS La Municipalidad distrital de San MORDAZA de Miraflores, podra utilizar cualquier metodo disuasivo (elemento manual, mecanico o motorizado), a fin de poder cumplir con la finalidad establecida en el articulo 1º de la presente Ordenanza, esto es, recuperar los espacios publicas (plaza, parques, jardines publicos, pasajes, calles, jirones, avenidas y similares), ocupadas por personas que realizan las prohibiciones establecidas en la presente Ordenanza. Articulo 9.- INCORPORA INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS Incorporese en el Cuadro Unico de Infraciones y Sanciones Administrativas del Reglamento de Aplicacion de Multas y Sanciones Administrativas ­RAMSA de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores, aprobado mediante Ordenanza Nº 243-2013-MDSJM, las siguientes infracciones:
CODIGO INFRACCION Por realizar actos obscenos o tocamientos indebidos o actos y comercio sexual en la via publica. Por hacer necesidades fisiologicas en calles, avenidas, parques, plazas, paseos y demas lugares de uso publico, asi como en los espacios destinados al uso o servicio publico de la administracion municipal Por acampar en las areas o espacios publicos, accion que incluye la instalacion estable en estos espacios publicos o sus elementos o mobiliarios en ellos instalados, o en carpas, vehiculos, salvo autorizaciones para lugares concretos. Por dormir de dia o de noche en espacios publicos Por utilizar los bancos y los asientos publicos para usos distintos a los que estan destinados Por lavarse o banarse en MORDAZA, piletas, estanques, MORDAZA de regadio o similares Por lavar ropa en MORDAZA, piletas, estanques, MORDAZA de regadio o similares Por realizar conductas vandalicas, agresivas en espacios publicos Por consumir drogas, bebidas alcoholicas en calles, avenidas, parques, plazas, paseos y demas lugares de uso publico MULTA MORDAZA DE MEDIDA INFRACCION COMPLEMENTARIA G Retiro

5.1.15

50% UIT

5.2.13

30% UIT

L

Retiro

5.2.14

30% UIT

L

Retiro

5.2.15

20% UIT

L

Retiro

5.2.16

20% UIT

L

Retiro

5.2.17

20% UIT

L

Retiro

5.2.18

20%UIT

L

Retiro

5.2.19

200%UIT

EMG

Retiro

5.3.25

50%UIT

G

Retiro

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- FACULTAR al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Segunda.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas, Gerencia de Administracion y Finanzas, Gerencia de Seguridad Ciudadana y Control

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