Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2015 (23/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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Asimismo, agrega que las autorizaciones para la prestacion del servicio de transporte publico de pasajeros y carga de vehiculos menores en el distrito de El MORDAZA, en la circunscripcion territorial del distrito no se ajustaron a parametros tecnicos como la oferta y demanda del servicio de transporte menor, crecimiento de la poblacion, expansion de la MORDAZA, desarrollo economico, infraestructuras vial, etc., toda vez que no existe un plan regulador. Las autorizaciones solo consideraron requisitos documentarios o de formalidad que no garantizan el ordenamiento de la actividad economica de transporte; por lo que, es pertinente suspender la emision de nuevas autorizaciones de operacion en el intervalo de tiempo de 150 dias, lapso en el cual se pretende efectuar una revision, evaluacion y reformulacion de la gestion de transporte menor en el distrito de El MORDAZA, que involucra la aprobacion de una nueva ordenanza y la elaboracion del estudio tecnico, es decir, el plan regulador. Que, mediante el informe Nº64-GSC-MDEA-2015, la Gerencia de Seguridad Ciudadana, senala que opina en forma favorable para el tramite de la suspension de emision de autorizaciones para la prestacion del servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores en el Agustino. Que, a la fecha se encuentra vigente la Ordenanza N°521-MDEA, MORDAZA que reglamenta y regula el servicio de transporte publico de pasajeros y carga de vehiculos menores en el distrito de El MORDAZA y que en su articulo 8º senala los requisitos para obtener el permiso de operacion, vigencia y renovacion; Que, mediante el informe N°052-2015-GAJ-MDEA, de la Gerencia de Asesoria Juridica, concluye que luego de lo informado por las unidades organicas competentes, y del analisis de la MORDAZA especifica, es procedente la suspension de permisos de operacion a nuevas personas juridicas, a fin de regular el servicio de transportes publico especial de pasajeros y carga de vehiculos menores en el distrito de El Agustino; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 8 del articulo 9 de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, y luego del debate correspondiente y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta, el Pleno de Concejo Municipal aprobo por mayoria la siguiente; ORDENANZA QUE SUSPENDE TEMPORALMENTE LA EMISION DE PERMISOS DE OPERACION A NUEVAS PERSONAS JURIDICAS QUE DESEEN DAR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS Y CARGA DE VEHICULOS MENORES EN EL DISTRITO DE EL AGUSTINO. Articulo 1°.- SUSPENDER por ciento cincuenta (150) dias calendarios la emision de permisos de operacion a nuevas personas juridicas que deseen dar la prestacion del servicio de transporte publico especial de pasajeros y carga en vehiculos menores en el distrito de El MORDAZA, a fin de regular el servicio de transporte publico de pasajeros y carga de vehiculos menores en el distrito de El MORDAZA, dispuesta en la ordenanza N°521-MDEA. Articulo 2°.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y a la Unidad de Circulacion Terrestre la elaboracion del estudio tecnico que determine el numero de personas juridicas y unidades vehiculares que debera prestar en el transporte publico especial de pasajeros y carga en vehiculos menores en el distrito de El Agustino. Articulo 3°.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Seguridad Ciudadana y a la Unidad de Circulacion Terrestre, el cumplimiento de la presente ordenanza. Articulo 4°.- PUBLICAR la presente ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano" y en el MORDAZA institucional de la Municipalidad de El MORDAZA (www.mdea.gob.pe) Registrese, publiquese, comuniquese. MORDAZA MORDAZA FUERTE MORDAZA 1240882-1

El Peruano Sabado 23 de MORDAZA de 2015

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Aprueban "Reglamento para la Convocatoria a Cabildo Abierto en el distrito de Lurigancho Chosica"
ORDENANZA N° 218-MDL Chosica, 30 de MORDAZA del 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO. POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO EN SESION ORDINARIA DE LA FECHA; CONSIDERANDO: Que el sistema de planificacion tiene como principios la participacion ciudadana a traves de sus vecinos y organizaciones vecinales, transparencia, gestion moderna y rendicion de cuentas, inclusion, eficiencia, eficacia, equidad imparcialidad y neutralidad, especializacion de las funciones, competitividad e integracion. Que, el articulo 119 de la Ley N°27972, Ley Organica de Municipalidades establece que el cabildo abierto es una instancia de consulta directa del gobierno local al pueblo, convocada con un fin especifico y que el concejo provincial o el distrital, mediante ordenanza reglamentara la convocatoria a cabildo abierto. Que, en ese sentido, a fin de garantizar la participacion ciudadana, asi como mayor transparencia en el procedimiento a seguir ante la Municipalidad de Lurigancho, se ha dispuesto aprobar el "Reglamento para el Desarrollo del Cabildo Abierto en la Municipalidad de Lurigancho Chosica". Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por los numerales 8) y 9) de los articulos 9° y 40° de la Ley N°27972, Ley Organica de Municipalidades, y contando con el MORDAZA unanime de los regidores y con la dispensa de la lectura y tramite de aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE REGLAMENTA LA CONVOCATORIA A CABILDO ABIERTO EN EL DISTRITO DE LURIGANCHO CHOSICA Articulo 1°.- APRUEBASE el "Reglamento para la Convocatoria a Cabildo Abierto en el distrito de Lurigancho Chosica" que consta de 11 articulos y que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2°.- PUBLICASE la presente Ordenanza en el diario oficial El Peruano e integramente el Reglamento referido en el articulo primero, en el MORDAZA institucional de la corporacion MORDAZA www.munichosica.gob.pe Articulo 3°.- ENCARGASE a la Gerencia Municipal y a la Sub Gerencia de Participacion Ciudadana, en coordinacion con la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento del presente Reglamento y su difusion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA REGLAMENTO PARA LA CONVOCATORIA A CABILDO ABIERTO EN EL DISTRITO DE LURIGANCHO CHOSICA CAPITULO I ASPECTOS GENERALES Articulo 1.- El presente Reglamento es un instrumento normativo para la convocatoria y realizacion del Cabildo

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