Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2015 (23/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano Sabado 23 de MORDAZA de 2015 CODIGO INFRACCION MULTA MORDAZA DE MEDIDA INFRACCION COMPLEMENTARIA

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mil con 00/100 Nuevos Soles); asimismo manifiesta su disposicion de suscribir un Convenio de Cooperacion, a fin de establecer el MORDAZA dentro del cual una de las empresas de su Grupo Economico realizara el aporte a titulo gratuito; Que, mediante el Memorandum Nº 101-2015-GAJMDSJM, de fecha 06 de MORDAZA del 2015, la Gerencia de Asesoria Juridica deriva los actuados a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a fin de que se pronuncie mediante un Informe Tecnico, respecto al Convenio de Cooperacion entre la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores y Trastiendas Integradas S.A.C.; Que, mediante el Memorandum Nº 464-2015-GPP/ MDSJM, de fecha 06 de MORDAZA del 2015, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto emite Opinion Tecnica favorable a fin de que se dispongan los tramites para la aprobacion del Convenio de Cooperacion entre la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores y Trastiendas Integradas S.A.C.; Que, mediante el Memorandum Nº 102-2015-GAJMDSJM, de fecha 06 de MORDAZA del 2015, la Gerencia de Asesoria Juridica deriva los actuados a la Sub Gerencia de Abastecimiento y Control Patrimonial, a fin de que se pronuncie mediante un Informe Tecnico, respecto a las donaciones referidas en el Convenio de Cooperacion entre la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores y Trastiendas Integradas S.A.C.; Que, mediante el Informe N° 555-2015-SGAYCP-GAF/ MDSJM, de fecha 06 de MORDAZA del 2015, la Subgerencia de Abastecimiento y Control Patrimonial informa que, con respecto a la donacion de tres camiones compactadores de basura, de diecinueve metros cubicos (19 m3), valorizados en la suma total de S/. 1´494,000.00 (un millon cuatrocientos noventa y cuatro mil con 00/100 nuevos soles), por parte de la empresa Trastiendas Integradas S.A.C., es necesario que la misma sea aprobada mediante Acuerdo de Concejo, de conformidad con lo normado por el inciso 20) del articulo 9° de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley N° 27972; Que, mediante el Informe Nº 100-2015-MDSJM/GAJ, de fecha 06 de MORDAZA del 2015, la Gerencia de Asesoria Juridica ha concluido senalando que, es de la opinion que resulta factible la aprobacion de la aceptacion de la donacion de los bienes propuestos por la empresa Trastiendas Integradas S.A.C., independientemente de la celebracion del Convenio, lo cual se debera poner en consideracion del Concejo Municipal para su deliberacion y eventual aprobacion, de conformidad con el inciso 20) del articulo 9º de la Ley Nº 27972; asimismo, tambien es de la opinion que resulta factible la celebracion del Convenio entre la Municipalidad y la empresa Trastiendas Integradas S.A.C., razon por la cual se debera elevar al Concejo Municipal el proyecto de Convenio para su deliberacion y eventual aprobacion, de acuerdo con el inciso 26) del articulo 9º de la Ley Nº 27972. Que, el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, modificado por el articulo unico de la Ley N° 28607, establece que las municipalidades son organos de Gobierno Local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en tal virtud, estan facultadas para aprobar su organizacion interna, su presupuesto, organizar y administrar los servicios publicos locales de su responsabilidad y planificar el desarrollo de su jurisdiccion entre otros aspectos; Que, lo senalado en el parrafo anterior, es concordante con lo dispuesto en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972, que senala que la autonomia consagrada en la Constitucion Politica del Peru, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos, y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; es decir, que siendo la municipalidad, un nivel de gobierno subnacional, esta obligada a observar y cumplir de manera obligatoria las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo VIII del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972; Que, conforme a lo establecido por el numeral 20) del articulo 9° de la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972, corresponde al Concejo Municipal, aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad; Que, de conformidad con el numeral 26) del articulo 9° de la citada Ley, es atribucion del Concejo

Por arrojar desmonte y/o materiales de construccion en calles, avenidas y otro 100 % 6.1.17 espacio publico trasportados UIT con vehiculos motorizados , volquetes, camion autos y/o similares Por arrojar residuos solidos y muebles en desuso en calles, avenidas y otro espacio publico 50 % UIT 6.3.41 trasportados con vehiculos menores motorizados y no motorizados

MG

Retencion e internamiento del vehiculo

G

Retencion e internamiento del vehiculo

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- OTORGUESE, a todos los propietarios y/o poseedores de predios en el distrito un plazo de treinta dias calendarios, a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Ordenanza para adecuarse a lo establecido en la presente MORDAZA, vencido el cual se procedera aplicar las sanciones que correspondan. Segunda.- FACULTAR al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Tercera.DEROGUESE Y/O DEJESE SIN EFECTO, toda disposicion que se oponga a la presente Ordenanza. Cuarta.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Seguridad Ciudadana y Control Municipal, Gerencia de Rentas, Gerencia de Administracion y Finanzas y demas Gerencias y Subgerencias ejecutoras, el cumplimiento y debida aplicacion de la Ordenanza; asi como la adecuada difusion de la misma. Quinta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA COQUIS MORDAZA 1240389-2

Aceptan donacion de camiones compactadores de basura ofrecida por la Corporacion EW S.A.C.
ACUERDO DE CONCEJO Nº 035-2015/MSJM San MORDAZA de Miraflores, 08 de MORDAZA del 2015. EL MORDAZA DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO: Visto; en Sesion Ordinaria de la fecha, el Memorandum Nº 1643-2015-GM-MDSJM, de fecha 06 de MORDAZA del 2015, de la Gerencia Municipal, mediante el cual se eleva la propuesta para la aceptacion de la donacion de tres camiones compactadores de basura MORDAZA Mercedez Benz, modelo Axor 2628, compactador MORDAZA Transpak, modelo Apollo, valorizados en S/1´494,000.00 nuevos soles, y la suscripcion del Convenio de Cooperacion entre la empresa Trastiendas Integradas S.A.C. y la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores, a fin de que el Concejo Municipal evalue y apruebe las mismas, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta S/N, de fecha 29 de MORDAZA del 2015, la Corporacion EW S.A.C., representado por su Gerente Inmobiliario el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, manifiesta que su Grupo Economico ha generado la disposicion de adquirir y donar a la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores, tres camiones compactadores de basura, de diecinueve metros cubicos (19 m3), valorizados en la suma total de S/.1´494,000.00 (un millon cuatrocientos noventa y cuatro

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