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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2015 (28/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 23

El Peruano Jueves 28 de mayo de 2015 553421 Liquidadora Permanente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesada por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio – Robo Agravado, en grado de tentativa, en agravio de Andrés Edilberto Argomedo Peña, y disponer su presentación por la vía diplomática a la República Argentina, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, mediante el Mensaje CR-42337/11-UDI-G.9-J.R.V. de fecha 11 de mayo de 2015, la Ofi cina Central Nacional de INTERPOL en Buenos Aires, hizo de conocimiento a la Ofi cina Central Nacional INTERPOL – Lima que, se ha concedido la petición de extradición activa de la ciudadana peruana Merly Fanny Custodio Luna; motivo por el cual resulta pertinente se autorice el desplazamiento de los funcionarios policiales que se encargarán de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado desde la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, hacia territorio peruano; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 411-2015- DIRGEN PNP/EMP-OCNI de fecha 14 de mayo de 2015, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, en base a los argumentos y documentos señalados en la referida Hoja de Estudio y Opinión, estimó conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú autorice el viaje al exterior del país en comisión de servicios del 31 de mayo al 4 de junio de 2015, de la Mayor de la Policía Nacional del Perú Osmara Denisse Rujel Zapata y de la Subofi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Carmen Janet Valenzuela Martínez, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, para que ejecuten la extradición activa mencionada en el considerando precedente; Que, en atención a los documentos sustentatorios sobre el particular, mediante Memorándum Múltiple Nº 222-2015- DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 14 de mayo de 2015, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú dio su conformidad al viaje al exterior señalado, disponiendo se proceda a la formulación del proyecto de resolución autoritativa correspondiente y señalando que los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán asumidos por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior; mientras que los gastos correspondientes a pasajes aéreos e impuesto de viaje para el personal policial y el extraditable serán asumidos por el Poder Judicial; Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario ofi cial “El Peruano”; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; y, el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior del país en comisión de servicios, de la Mayor de la Policía Nacional del Perú Osmara Denisse Rujel Zapata y de la Subofi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Carmen Janet Valenzuela Martínez, para que ejecuten la extradición activa de la ciudadana peruana Merly Fanny Custodio Luna, quien se encuentra requerida por la Sala Penal Liquidadora Permanente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesada por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio – Robo Agravado, en grado de tentativa, en agravio de Andrés Edilberto Argomedo Peña, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina del 31 de mayo al 4 de junio de 2015. Artículo 2°.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe Días Pers. Total US$ Viáticos US$ 370.00 5 X 2 = 3,700.00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refi ere el artículo 1° de la presente resolución deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1243276-5 RELACIONES EXTERIORES Ratifican el Acuerdo para la implementación del Plan de Desarrollo de la Zona de Integración Fronteriza entre la República del Perú y la República de Colombia DECRETO SUPREMO Nº 026-2015-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo para la implementación del Plan de Desarrollo de la Zona de Integración Fronteriza entre la República del Perú y la República de Colombia fue fi rmado el 04 de setiembre de 2014, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57