Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2015 (28/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano Jueves 28 de MORDAZA de 2015

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SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje al exterior del MORDAZA en comision de servicios, de la Mayor de la Policia Nacional del Peru Osmara MORDAZA Rujel MORDAZA y de la Suboficial Brigadier de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que ejecuten la extradicion activa de la ciudadana peruana Merly MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien se encuentra requerida por la Sala Penal Liquidadora Permanente de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesada por la presunta comision del delito contra el Patrimonio ­ Robo Agravado, en grado de tentativa, en agravio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pena, a realizarse en la MORDAZA de Buenos Aires, Republica MORDAZA del 31 de MORDAZA al 4 de junio de 2015. Articulo 2°.- Los gastos por concepto de viaticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el articulo precedente se efectuaran con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos Importe US$ 370.00 Dias Pers. 5 X 2 Total US$ = 3,700.00

Liquidadora Permanente de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesada por la presunta comision del delito contra el Patrimonio ­ Robo Agravado, en grado de tentativa, en agravio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pena, y disponer su MORDAZA por la via diplomatica a la Republica MORDAZA, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, mediante el Mensaje CR-42337/11-UDI-G.9-J.R.V. de fecha 11 de MORDAZA de 2015, la Oficina Central Nacional de INTERPOL en Buenos Aires, hizo de conocimiento a la Oficina Central Nacional INTERPOL ­ MORDAZA que, se ha concedido la peticion de extradicion activa de la ciudadana peruana Merly MORDAZA MORDAZA Luna; motivo por el cual resulta pertinente se autorice el desplazamiento de los funcionarios policiales que se encargaran de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado desde la MORDAZA de Buenos Aires, Republica MORDAZA, hacia territorio peruano; Que, con Hoja de Estudio y Opinion Nº 411-2015DIRGEN PNP/EMP-OCNI de fecha 14 de MORDAZA de 2015, el Estado Mayor Personal de la Direccion General de la Policia Nacional del Peru, en base a los argumentos y documentos senalados en la referida Hoja de Estudio y Opinion, estimo conveniente que la Direccion General de la Policia Nacional del Peru autorice el viaje al exterior del MORDAZA en comision de servicios del 31 de MORDAZA al 4 de junio de 2015, de la Mayor de la Policia Nacional del Peru Osmara MORDAZA Rujel MORDAZA y de la Suboficial Brigadier de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la MORDAZA de Buenos Aires, Republica MORDAZA, para que ejecuten la extradicion activa mencionada en el considerando precedente; Que, en atencion a los documentos sustentatorios sobre el particular, mediante Memorandum Multiple Nº 222-2015DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 14 de MORDAZA de 2015, la Direccion General de la Policia Nacional del Peru dio su conformidad al viaje al exterior senalado, disponiendo se proceda a la formulacion del proyecto de resolucion autoritativa correspondiente y senalando que los gastos por concepto de viaticos para el personal policial seran asumidos por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, del Pliego 007, Ministerio del Interior; mientras que los gastos correspondientes a pasajes aereos e impuesto de viaje para el personal policial y el extraditable seran asumidos por el Poder Judicial; Que, segun lo establecido en el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, la resolucion de autorizacion de viajes al exterior de la Republica estrictamente necesarios, sera debidamente sustentada en el interes nacional o en el interes especifico de la institucion y debera indicar expresamente el motivo del viaje, el numero de dias de duracion del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viaticos y el impuesto por tarifa unica de uso de aeropuerto; Que, conforme al penultimo parrafo del numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, las excepciones a la prohibicion de viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario oficial "El Peruano"; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; y, el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policia Nacional del Peru;

Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el articulo 1° de la presente resolucion debera presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, asi como la rendicion de cuentas debidamente documentada por los viaticos asignados. Articulo 4°.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 1243276-5

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican el Acuerdo para la implementacion del Plan de Desarrollo de la MORDAZA de Integracion Fronteriza entre la Republica del Peru y la Republica de Colombia
DECRETO SUPREMO Nº 026-2015-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo para la implementacion del Plan de Desarrollo de la MORDAZA de Integracion Fronteriza entre la Republica del Peru y la Republica de Colombia fue firmado el 04 de setiembre de 2014, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento juridico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los articulos 57

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