Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2015 (04/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Miércoles 4 de noviembre de 2015

NORMAS LEGALES

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LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Internacional del Perú - Interbank para que se autorice la apertura de tres (3) agencias y el cierre de una (1) agencia, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que el referido Banco ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria "D"; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30° y 32° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución N° 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Banco Internacional del Perú - Interbank la apertura de tres (03) agencias: · Agencia MM Moquegua, situada en Fundo El Gramadal Lote 1B sub lote 1, distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua. · Agencia MM Trujillo Real Plaza, situada en Fundo Las Casuarinas Sub-Lote A, distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad. · Agencia TF Mall del Sur, situada en la Av. Pedro Miotta N° 1010, distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- Autorizar al Banco Internacional del Perú - Interbank el cierre de una (01) agencia, según se indica: · Agencia TF Colegio de Abogados, situada en la Av. Santa Cruz N° 255, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1306617-1

Financieras de Chile (SBIF) "Banking Development, Stability and Sustainability", que cuenta con el auspicio del Banco de Finlandia, busca brindar al público interesado una instancia de discusión de los nuevos desarrollos en la actividad y regulación bancaria y como ésta afecta el accionar del supervisor; Que, la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras de Chile (SBIF) publicó una convocatoria internacional de trabajos de investigación para la Conferencia Conmemorativa del 90 Aniversario, en la cual participó el señor José Andrée Camarena Fonseca, con el trabajo de investigación "Credit Growth Dynamics", habiendo sido seleccionado para presentar dicho documento en la Sesión 8 "Crecimiento del Crédito" de la mencionada Conferencia; Que, en atención a la invitación cursada, y en tanto los temas que se desarrollarán redundarán en beneficio del ejercicio de las funciones de supervisión y regulación de la SBS, se ha considerado conveniente designar al señor José Andrée Camarena Fonseca, Analista de Investigación Económica III del Departamento de Investigación Económica de la Superintendencia Adjunta de Estudios Económicos, para que participe como expositor en el citado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-18, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2015, estableciéndose en el Numeral 4.3.1, que se autorizarán viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o participación en eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasaje aéreo y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley N° 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-18 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2015, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 0472002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor José Andrée Camarena Fonseca, Analista de Investigación Económica III del Departamento de Investigación Económica de la Superintendencia Adjunta de Estudios Económicos de la SBS, del 04 al 07 de noviembre de 2015 a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasaje aéreo y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aéreo Viáticos US$ 790,30 US$ 1 110,00

Autorizan viaje de funcionario a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SBS N° 6643-2015 Lima, 3 de noviembre de 2015 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitación cursada por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras de Chile (SBIF) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en la Conferencia Conmemorativa del 90 Aniversario de la SBIF "Banking Development, Stability and Sustainability", que se llevará a cabo los días 05 y 06 de noviembre de 2015 en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile; CONSIDERANDO: Que, la Conferencia Conmemorativa del 90 Aniversario de la Superintendencia de Bancos e Instituciones

Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de

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