Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2015 (08/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Domingo 8 de noviembre de 2015

NORMAS LEGALES

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de los fondos públicos, destacando el aporte de las EFS en la gobernanza y la rendición de cuentas, siendo estos objetivos los que permitirán la creación de una herramienta que evalúe el desempeño y el valor de las EFS con facultades jurisdiccionales como entidades independientes, confiables y eficaces; Que, en el citado Foro se adoptará la Declaración de París de las Entidades Fiscalizadoras Jurisdiccionales con el objetivo de promover los valores comunes de independencia, imparcialidad y la transparencia, el respeto de los derechos de las personas y rendición de cuentas, así como iniciar un programa de acciones para contribuir a la modernización de las administraciones públicas; Que, el mencionado Foro constituye un espacio de reflexión, colaboración e intercambio de buenas prácticas relacionadas con el modelo jurisdiccional entre las EFS participantes a fin de lograr la comprensión recíproca sobre sus características particulares, en el entendido que el ejercicio de intercambios y comparaciones puede llevar a cada EFS a poner de relieve fortalezas y debilidades, así como conducir a reforzar y legitimar algún procedimiento o, por el contrario, a cuestionar algunos aspectos de las distintas organizaciones; Que, los alcances de la reunión están relacionados con el rol que corresponde a la Gerencia del Procedimiento Sancionador que, entre otras funciones, propone políticas, estrategias y lineamientos para la ejecución del procedimiento administrativo sancionador en primera instancia, así como al Departamento Legal, encargado de articular la opinión legal institucional con carácter vinculante a nivel de todas las unidades orgánicas, a efectos de generar uniformidad de criterios y brinda asesoramiento en materia jurídico legal, formulando y proponiendo la estrategia legal institucional; Que, la participación institucional permitirá compartir experiencias y adquirir conocimientos en las mejores prácticas internacionales respecto de las EFS que cuentan con facultades jurisdiccionales; Que, la Gerenta del Procedimiento Sancionador participará en el citado evento en representación del Contralor General de la República del Perú, con facultad para suscribir la precitada Declaración de París; Que, en consecuencia, resulta conveniente para los fines institucionales autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios de la señora María Violeta Santín Alfageme, Gerenta del Procedimiento Sancionador y del señor César Ernesto Delgado Contreras, profesional del Departamento Legal, para participar en el evento antes mencionado; Que, los gastos que irrogue la presente comisión de servicios serán financiados con los recursos del Pliego: 019 Contraloría General, conforme a lo señalado por la Gerencia Central de Administración; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 32 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley N° 27785; Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, Ley N° 30281; Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley N° 27619, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y modificado por Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios de la señora María Violeta Santín Alfageme, Gerenta del Procedimiento Sancionador y del señor César Ernesto Delgado Contreras, profesional del Departamento Legal, a la ciudad de París, Francia, del 11 al 14 de noviembre de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la presente comisión de servicios serán financiados con cargo a los recursos del Pliego: 019 Contraloría General, según detalle siguiente: pasajes aéreos US$ 1 998.00, viáticos US$ 540.00 (01 día) y gastos de instalación US$ 540.00 (01 día), por cada participante. Artículo Tercero.- Los citados funcionarios presentarán al Despacho Contralor, con copia al Departamento de Cooperación Técnica, un informe sobre los resultados de la comisión y las acciones que se deriven a favor de la Contraloría General de la República, así como un ejemplar de los materiales obtenidos, dentro

de los quince (15) días calendario siguientes de concluida la comisión de servicios. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese FUAD KHOURY ZARZAR Contralor General de la República 1309124-1

DEFENSORIA DEL PUEBLO
Autorizan viaje de Adjunta para la Niñez y Adolescencia (e) de la Defensoría del Pueblo a Uruguay, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 014-2015/DP Lima, 5 de noviembre del 2015 VISTO: El Memorando Nº 1314-2015-DP/OGDH que adjunta el Informe Nº 240-2015-DP/OGDH; los memorandos Nº 8182015-DP/PAD y Nº 0072-2015-DP/ANA; los oficios Nº 6382015/DP y 639-2015/DP de fecha 4 de noviembre de 2015, y la comunicación electrónica de fecha 4 de noviembre de 2015 remitida por la Primera Adjunta (e) de la Defensoría del Pueblo, mediante el que se solicita la emisión de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, de la abogada Mayda Alejandrina Ramos Ballón, Adjunta para la Niñez y Adolescencia (e) de la Defensoría del Pueblo, quien participará, en representación del señor Defensor del Pueblo (e), en el XX Congreso Anual, la XX Asamblea General Ordinaria y la reunión de las redes temáticas de la Federación Iberoamericana del Ombudsman (FIO) y en la Asamblea Ordinaria del Consejo Andino de Defensores del Pueblo (CADP), eventos que se llevarán a cabo en la ciudad de Montevideo, Uruguay, entre el 8 y el 11 de noviembre de 2015; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con los documentos del Visto, por disposición del Defensor del Pueblo (e), la abogada Mayda Alejandrina Ramos Ballón, Adjunta para la Niñez y Adolescencia (e) de la Defensoría del Pueblo, participará en los indicados eventos durante las fechas señaladas; Que, en el XX Congreso Anual, la XX Asamblea General Ordinaria y la reunión de las redes temáticas de la Federación Iberoamericana del Ombudsman (FIO), se desarrollarán diversos temas relacionados con la Red de comunicadores, Red sobre migrantes y trata de personas, Red de defensorías de mujeres, Red de niñez y adolescencia, derecho al acceso a la información pública y transparencia, así como otras materias relacionadas con la organización de la FIO y el rol de las defensorías del pueblo, las mismas que son de especial relevancia y se encuentran directamente vinculadas con los objetivos institucionales; Que, asimismo, en la Asamblea Ordinaria del Consejo Andino de Defensores del Pueblo (CADP), entre otras actividades, se discutirá y aprobará el Plan de acción presentado por la Presidencia del Consejo Andino, particularmente su proceso de institucionalización, y así también, se realizará la presentación del diagnóstico regional sobre trata y tráfico de personas; Que, en ese contexto, resulta necesaria la participación de la citada funcionaria en los indicados eventos, por tratarse de temas de especial relevancia y de interés, vinculados con las funciones de la Defensoría del Pueblo, en general, y de la Adjuntía Adjunta para la Niñez y Adolescencia, en particular; Que, de acuerdo con lo señalado en el Memorando Nº 656-2015-DP/OAF, corresponde que la institución financie los gastos de pasajes aéreos internacionales e impuestos aeroportuarios, así como los viáticos internacionales respectivos;

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