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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2015 (08/11/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 19

566001 NORMAS LEGALES Domingo 8 de noviembre de 2015 El Peruano / 27. Sobre este punto, los actuados demuestran — entre ellos el Portal de Transparencia Económica— que la empresa Inversiones Vilhua E.I.R.L. guarda vínculo contractual de proveedora de bienes y servicios con la Municipalidad Provincial de Vilcas Huamán desde el 2012 hasta el presente año. Esto es que —tal como también lo afi rmó la solicitante— es proveedora habitual de dicha comuna. 28. De igual manera, en autos no figura medio probatorio que demuestre que el regidor haya buscado beneficiar a la empresa Inversiones Vilhua E.I.R.L. durante el 2015, es decir, a partir del inicio del ejercicio de sus funciones representativas en el Concejo Provincial de Vilcas Huamán. Por el contrario, obra (fojas 336) la comunicación que remitió al gerente municipal por el que informa que guarda relación de parentesco con la representante de la empresa Inversiones Vilhua E.I.R.L. 29. Lo anterior permite concluir que el regidor Jaime Fulgencio Landeo Ochoa no ha infl uido en el inicio de las relaciones contractuales entre la mencionada empresa y la comuna, por lo que el elemento del confl icto de intereses debe tenerse por descartado y, por tanto, como no confi gurada la causal de vacancia por restricciones de contratación. 30. En consecuencia, toda vez que el recurso de apelación formulado no aporta argumentos ni medios probatorios que permitan revocar el acuerdo de concejo cuestionado, este debe ser rechazado en todos sus extremos. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, bajo la presidencia del magistrado Baldomero Elías Ayvar Carrasco, por ausencia del Presidente titular, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación formulado por Yudi Quispe Rodríguez y CONFIRMAR el acuerdo de concejo adoptado en la Sesión Extraordinaria Nº 012-2015-CM, del 23 de julio de 2015, que rechazó la solicitud de vacancia en contra de Jaime Fulgencio Landeo Ochoa, quinto regidor del Concejo Provincial de Vilcas Huamán, departamento de Ayacucho, por las causales previstas en los artículos 11 y 22, numerales 5 y 9, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- Remitir copia de los actuados a la Ofi cina de Control Interno de la Municipalidad Provincial de Vilcas Huamán según lo dispuesto en el considerando 8 de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. AYVAR CARRASCO FERNÁNDEZ ALARCÓN CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ Marallano Muro Secretaria General (e) 1308978-1 MINISTERIO PUBLICO Designan representante del Ministerio Público ante Comisión Multisectorial Permanente de Control de Productos Pirotécnicos de Lima Metropolitana RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 5569-2015-MP-FN Lima, 5 de noviembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1324-2006-MP-FN, de fecha 31 de octubre de 2006, se designó a la señora Lina Dorita Loayza Alfaro, Fiscal Provincial Titular de la Sexta Fiscalía de Prevención del Delito del Distrito Fiscal de Lima, como representante del Ministerio Público ante la Comisión Multisectorial Permanente de Control de Productos Pirotécnicos de Lima Metropolitana, constituida mediante Acuerdo de Concejo Nº 215, de la Municipalidad de Lima Metropolitana; Que, a través de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nº 422-2010-MP-FN y Nº 752-2015-MP- FN, se designó a la señora Lina Dorita Loayza Alfaro, Fiscal Superior Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima, como Coordinadora Nacional del Programa Estratégico “Jóvenes Líderes Hacia un Futuro Mejor” y Coordinadora Nacional del Programa de los “Fiscales Escolares” y “Fiscales Escolares Ambientales” respectivamente; Que, por Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nº 240-2003-MP-FN y Nº 655-2003-MP-FN, se designó a la señora Cecilia Aurora Vásquez Lucas, como Coordinadora de las Fiscalías de Prevención del Delito del Distrito Fiscal de Lima y Fiscal Provincial Titular de la Primera Fiscalía Provincial de Prevención del Delito del Distrito Fiscal de Lima respectivamente; Que, las Fiscalías de Prevención del Delito son órganos del Ministerio Público encargados de representarlo en las acciones destinadas a prevenir la comisión de delitos, las cuales se promueven de ofi cio o a solicitud de parte; y de participar en aquellas que llevan a cabo determinadas instituciones. Que, en mérito a las disposiciones antes citadas y considerando las funciones propias de las Fiscalías Provinciales de Prevención del Delito, resulta necesario designar un nuevo representante ante la Comisión Multisectorial Permanente de Control de Productos Pirotécnicos de Lima Metropolitana; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la señora Lina Dorita Loayza Alfaro, Fiscal Provincial Titular de la Sexta Fiscalía de Prevención del Delito del Distrito Judicial de Lima, como representante del Ministerio Público ante la Comisión Multisectorial Permanente de Control de Productos Pirotécnicos de Lima Metropolitana, constituida mediante Acuerdo de Concejo 215, de la Municipalidad de Lima Metropolitana. Artículo Segundo.- Designar a la señora CECILIA AURORA VÁSQUEZ LUCAS, Fiscal Provincial Titular de la Primera Fiscalía Provincial de Prevención del Delito del Distrito Fiscal de Lima y Coordinadora de las Fiscalías de Prevención del Delito del Distrito Fiscal de Lima, como representante del Ministerio Público ante la Comisión Multisectorial Permanente de Control de Productos Pirotécnicos de Lima Metropolitana, constituida mediante Acuerdo de Concejo Nº 215, de la Municipalidad de Lima Metropolitana. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Comisión Multisectorial Permanente de Control de Productos Pirotécnicos de Lima Metropolitana, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, Coordinación Nacional del Programa de los “Fiscales Escolares” y “Fiscales Escolares Ambientales, Coordinación de las Fiscalías de Prevención del Delito del Distrito Fiscal de Lima, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a las interesados para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1309025-1