Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2015 (27/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Viernes 27 de noviembre de 2015

NORMAS LEGALES

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Que, el artículo 20 de la citada Ley General, establece que el directorio de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento municipales - EPS se encuentra compuesto, en el caso de las EPS municipales de mayor tamaño por cinco (5) miembros, entre otros, por un (1) representante de la Sociedad Civil, propuesto según sus estatutos o normas pertinentes por los colegios profesionales, cámaras de comercio y universidades; Que, el artículo 20-A de la Ley General establece que, la elección o designación de los miembros del directorio de una EPS municipal, salvo la del(os) miembro(s) del directorio representante(s) de la(s) municipalidad(es) accionista(s) que realiza la Junta General de Accionistas, es efectuada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento mediante Resolución Ministerial, la cual tiene mérito suficiente para su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas de la oficina registral correspondiente; Que, la Ley Nº 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1240, crea el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, encargado de ejecutar la política del sector en materia de administración para la prestación de servicios de saneamiento a cargo de las EPS, y cuenta en su estructura orgánica, entre otros, con un Consejo Directivo; Que, el Reglamento de la Ley N° 30045, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2013-VIVIENDA, establece en su artículo 21, que el Directorio de las EPS está integrado, entre otros, por un (01) representante titular y un (01) suplente de la sociedad civil, para lo cual los colegios profesionales, cámaras de comercio y universidades propondrán un candidato, electo según sus estatutos o normas pertinentes, los cuales serán evaluados y elegidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento entre los candidatos propuestos; y prevé en el inc. b) de su Única Disposición Complementaria Transitoria, que la designación de los directores se hará teniendo en cuenta los procedimientos y normas a que se refiere el artículo 21 del citado reglamento; Que, la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Arequipa sociedad anónima - EPS SEDAPAR S.A. presentó al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a los candidatos propuestos por las entidades representantes de la Sociedad Civil ubicadas en su ámbito de responsabilidad, a fin de evaluar y elegir al director titular y al suplente ante el Directorio de la citada EPS; Que, en consecuencia, es necesario designar a los representantes de la Sociedad Civil ante el Directorio de la EPS SEDAPAR S.A.; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento, Ley N° 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, ambas modificadas por el Decreto Legislativo Nº 1240, y el Decreto Supremo N° 015-2013-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar como representantes de la Sociedad Civil ante el Directorio de la EPS SEDAPAR S.A., a: - Eco. Rafael Alejandro Chirinos de Rivero (titular). - Ing. Arturo Félix Arroyo Ambía (suplente). Artículo 2.- Notificar la presente Resolución al Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS, a la Contraloría General de la República y a la EPS SEDAPAR S.A., para conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ADOLFO DUMLER CUYA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1316308-2

Designan Directora de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 315-2015-VIVIENDA Lima, 26 de noviembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 241-2015-VIVIENDA se designó al señor Israel Miguel Mendoza de la Cruz, como Director de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, cargo al cual ha formulado renuncia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Israel Miguel Mendoza de la Cruz, al cargo de Director de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora Yissela Yanet Medina Lara, como Directora de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese FRANCISCO ADOLFO DUMLER CUYA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1316981-1

ORGANISMOS EJECUTORES

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Aprueban la Directiva Nº 003-2015/SBN "Procedimientos para la Capacitación y Certificación de Profesionales y Técnicos en la Gestión de Bienes Estatales"
RESOLUCIÓN Nº 077-2015/SBN San Isidro, 26 de noviembre de 2015 VISTO: El Informe Nº 176-2015/SBN-DNR-SDNC de fecha 13 de octubre de 2015, de la Subdirección de Normas y Capacitación; y el Informe Nº 127-2015/SBN-DNR de fecha 25 de noviembre de 2015, de la Dirección de Normas y Registro; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales SBN es un organismo público ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales, responsable de normar los actos de adquisición, disposición, administración y supervisión de los bienes estatales, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administración

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