Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2015 (29/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Domingo 29 de noviembre de 2015

NORMAS LEGALES
PPR BT (PTCBBT PTCM) (PPBT 1)

567545
.......(Fórmula 11)

clientes libres en MT y BT, serán los establecidos por la Resolución vigente del Valor Agregado de Distribución o los que establezca Osinergmin a solicitud de las empresas de distribución eléctrica. Artículo 7.- Parámetros de Cálculo de la Potencia Teórica Coincidente de las Tarifas Monomias (PTCM) 7.1. La PTCM se calcula a partir de la energía en horas punta facturada a los clientes con opción tarifaria BT5A, la energía facturada a los clientes con opción tarifaria BT5B, BT5D, BT5E, la energía facturada por alumbrado público (opción tarifaria BT5C-AP), la potencia facturada a los clientes con opción tarifaria BT6 y la energía facturada a los clientes con opción tarifaria BT7. Para la determinación de la potencia teórica coincidente de las opciones tarifarias BT5A y BT5B se considera el número de horas en baja tensión para las horas punta (NHUBTPP) y el número de horas de uso en baja tensión (NHUBT) respectivamente del sector típico correspondiente.
PTCM EHPBT5A- A NHUBTPP A EHPBT5A- B NHUBTPP B E BT7 NHUBTPRE E BT5 B BT5 D BT5 E NHUBT

8.2. En las Fórmulas 9, 10 y 11, se entiende por:
PPR PPRMT PPRBT PPMT PPBT = Pérdidas de potencia reconocidas = Pérdidas de potencia reconocidas en media tensión = Pérdidas de potencia reconocidas en baja tensión = Factor de expansión de pérdidas de potencia reconocidas vigentes en media tensión = Factor de expansión de pérdidas de potencia reconocidas vigentes en baja tensión

Artículo 9.- Parámetros de Cálculo para la Máxima Demanda (MD) La máxima demanda eficiente (MD) a nivel de media tensión del sistema eléctrico de distribución es igual a:

MD IPMT EDP
Donde:

...........(Fórmula 12)

E BT5C AP PBT6 NHUBTAP

.......(Fórmula 8)

IPMT EDP

= Ingreso de potencia a media tensión = Exceso o defecto de pérdidas de potencia

7.2. En la Fórmulas 8, se entiende por:
PTCM EHPBT5A-A = Potencia teórica coincidente de las tarifas monomias = Energía facturada en horas de punta con opción tarifaria BT5A-A de usuarios de baja tensión con demanda máxima mensual de hasta 20 kW en horas punta y fuera de punta = Energía facturada en horas de punta con opción tarifaria BT5A-B Energía facturada en horas de punta con opción tarifaria BT5A de usuarios de baja tensión con demanda máxima mensual de hasta 20 kW en horas punta y de hasta 50 kW en horas fuera de punta = Energía facturada de la opción tarifaria BT5B, BT5D y BT5E = Energía facturada por alumbrado público de la opción tarifaria BT5C-AP = Potencia facturada a clientes con opción tarifaria BT6 = Energía facturada de la opción tarifaria BT7

Artículo 10.- Parámetros de Cálculo para la Máxima Demanda (MD) respecto al Ingreso de Potencia a Media Tensión (IPMT) 10.1. El Ingreso de Potencia a Media Tensión (IPMT), corresponde a la máxima demanda en barra de MT y se obtiene de la siguiente manera:
IPMT = ((Ingreso a MT desde AT) + (Compras en MT) + (Generación Propia en MT)) x FCVV .........(Fórmula 13)

EHPBT5A-B

Donde:
Ingreso a MT desde AT = (Total Ingreso a AT) - (Ventas en AT) (Pérdidas en AT) .........(Fórmula 14) Total Ingreso a AT = (Ingreso a AT desde MAT) + (Compras en AT) .........(Fórmula 15) Ventas en AT = (Ventas coincidentes en horas punta en AT1) + (Ventas coincidentes en horas punta en AT2) .........(Fórmula 16) Ingreso a AT desde MAT = (Ingreso a MAT) - (Ventas coincidentes en horas punta en MAT) - (Pérdidas en MAT) .........(Fórmula 17)

EBT5B+BT5D+BT5E EBT5C-AP PBT6 EBT7 NHUBTPP

= Número de horas de uso de medidores de doble medición de energía para cálculo de potencias del bloque de punta del sistema de distribución de usuarios de baja tensión con demanda máxima mensual de hasta 20 kW en horas punta y fuera de punta. NHUBTPP = Número de horas de uso de medidores de doble medición de energía para cálculo de potencias del bloque de punta del sistema de distribución de usuarios de baja tensión con demanda máxima mensual de hasta 20 kW en horas punta y de hasta 50 kW en horas fuera de punta. NHUBT = Número de horas de uso en baja tensión (opción tarifaria BT5B, BT5D y BT5E) NHUBTAP = Número de horas de uso para el cálculo de potencias bases coincidentes con la punta del sistema de distribución del servicio de alumbrado público NHUBTPRE = Número de horas de uso para el cálculo de potencias bases coincidentes con la punta del sistema de distribución de usuarios del servicio prepago en baja tensión

10.2. En las Fórmulas 13 al 17, se entiende por:
MAT AT AT1 AT2 FCVV = Muy alta tensión = Alta tensión = Cliente libre en alta tensión = Cliente regulado en alta tensión = Factor de crecimiento vegetativo

10.3. El IPMT admitirá un factor FCVV que permite referir la máxima demanda mensual a la máxima demanda anual. El valor de dicho factor será propuesto por cada empresa de acuerdo a la metodología del Capítulo Tercero de la presente norma. Artículo 11.- Parámetros de Cálculo para la Máxima Demanda (MD) respecto al Exceso o Defecto de Pérdidas de Potencia (EDP) El EDP se determina a partir de la diferencia entre las pérdidas reales de energía y las pérdidas reconocidas ( Energía). El valor mínimo del EDP se determina con la fórmula siguiente:

Artículo 8.- Parámetros de Cálculo para Pérdidas de Potencia Reconocidas (PPR) 8.1. Las PPR para media y baja tensión se calculan considerando los factores de expansión de pérdidas de potencia de la regulación vigente a la fecha de fijación del FBP en cada nivel de tensión.

EDP
Donde:
EDP Energía

Energía H m fc

1000
...........(Fórmula 18)

PPR
PPR MT

PPRMT

PPRBT

.......(Fórmula 9) ......(Fórmula 10) Hm fc

(PTCB PTCM PPR BT ) (PPMT 1)

= Exceso o defecto de pérdidas de potencia a nivel de MT en kW = Pérdidas reales de energía menos las pérdidas reconocidas en MW.h = Número de horas del mes = Factor de carga del sistema a nivel de MT

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