Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2015 (14/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

Miércoles 14 de octubre de 2015 /

El Peruano

prestan servicios en las entidades públicas del Estado; sin embargo, el plazo de implementación y adecuación de la precitada Ley, es hasta el 31 de agosto del 2017; conforme lo dispone la cuarta disposición complementaria transitoria del Reglamento General de la Ley Nº 30057, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; en tal sentido, tomando en cuenta que a la fecha no se ha implementado y adecuado la norma en comento dentro de esta Corporación Edil, resulta necesario e indispensable contar con un instrumento técnico normativo que permita orientar y desarrollar la relación laboral entre la Municipalidad Distrital de Supe, con sus servidores y funcionarios; Que, en relación al Proyecto del Reglamento Interno de Trabajo del Personal Obrero que presta servicios en la Municipalidad Distrital de Supe, sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728; resulta menester señalar que dicho instrumento técnico normativo define y determina de manera integral y sistemática, las condiciones a que debe sujetarse la Municipalidad Distrital de Supe y, el Personal Obrero; toda vez que, regula los derechos y obligaciones de los trabajadores de los servidores obreros; así como las atribuciones y el accionar de esta Comuna Edil en relación a las actividades de los trabajadores obreros; fomentando un compromiso de productividad, competividad y generación de un trabajo digno; Que, conforme sanciona el numeral 14) del Art. 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; corresponde al Alcalde: "proponer al Concejo Municipal, los Proyectos de Reglamento Interno del Concejo Municipal, los de personal, los administrativos y todos los que sean necesarios para el gobierno y la buena administración municipal"; en tal sentido, habiendo sido aprobado por el Pleno del Concejo Municipal a través de Sesión de Concejo Extraordinaria Nº 013 de fecha 31 de agosto del 2015, corresponde emitir la presente norma municipal; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del Art. 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972;

SE RESULVE: Artículo 1º.- APROBAR la Ordenanza Municipal que aprueba a) el Proyecto del Reglamento Interno de Trabajo de los Servidores de la Municipalidad Distrital de Supe, sujetos al Decreto Legislativo Nº 1057 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y Decreto Supremo Nº 065-2011PCM y su respectiva modificatoria por Ley Nº 29849; b) el Proyecto del Reglamento Interno de Trabajo de los Servidores de la Municipalidad Distrital de Supe, sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y; c) el Proyecto del Reglamento Interno de Trabajo de los Servidores de la Municipalidad Distrital de Supe, sujetos al régimen laboral de la actividad privada regulado por el Decreto Legislativo Nº 728; documentos técnicos normativos que como anexo forman parte integrante de la presente norma municipal. Artículo 2º.- FACÚLTESE al señor Alcalde Sr. JULIAN DAVID NISHIJIMA VILLAVICENCIO; a efectos de que, a través de Decreto de Alcaldía; apruebe las disposiciones complementarias necesarias para la correcta aplicación de la presente ordenanza municipal. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Oficina de Administración, Jefatura de Unidad de Personal y demás áreas administrativas competentes, el cumplimiento de la presente normas municipal. Artículo 5º.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza. Artículo 6º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación, conforme a Ley. Regístrese, publíquese y cúmplase. JULIÁN DAVID NISHIJIMA VILLAVICENCIO Alcalde 1297643-1

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