Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2015 (14/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Miércoles 14 de octubre de 2015

NORMAS LEGALES

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Artículo Segundo.- El Gobierno Distrital del Salud del Rímac (GODISA DEL RIMAC) articula a la Municipalidad Distrital del Rímac, como instancia del Gobierno Local, y a la Red de Salud Lima Norte V (Rímac, San Martín y Los Olivos), como órgano desconcentrado del Ministerio de Salud. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficinal El Peruano POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal al 1º de setiembre del año dos mil quince. Regístrese, publíquese y cúmplase. ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ Alcalde 1297764-1

en variar la Programación Trimestral de la Actividad Nº 3: "Mecanismos de Consulta Ciudadana", de dos (02) Audiencias trimestrales a una (01) Audiencia trimestral en el III y IV trimestre, se encuentra acorde al ordenamiento jurídico legal vigente, por lo que deberán ser ratificadas a través del Concejo Municipal; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9º, numeral 8), artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el voto unánime de los señores Regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE RATIFICA LA MODIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD Nº 3 PROGRAMADA EN EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA - 2015 Artículo Primero.- RATIFICAR la modificación aprobada por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital del Rímac - CODISEC, del Plan Local de Seguridad Ciudadana ­ 2015; en consecuencia variar el Anexo Nº 01 de la Ordenanza 431-2015-MDR, en la parte referida a la Programación Trimestral de la Actividad Nº 3: "Mecanismos de Consulta Ciudadana", de dos (02) Audiencias Trimestrales a una (01) Audiencia Trimestral en el III y IV trimestre, según figura en el Anexo integrante de la presente resolución, de conformidad con las consideraciones expuestas en la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Seguridad Ciudadana el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Secretaria General, Gestión Documentaria y Registros Civiles su publicación en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Informática su publicación en el Portal Institucional. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ Alcalde 1297765-1

Ordenanza que ratifica la modificación de la Actividad N° 3 programada en el Plan Local de Seguridad Ciudadana - 2015
ORDENANZA Nº 443-MDR Rímac, 25 de septiembre del 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC POR CUANTO: El Concejo Municipal, en sesión extraordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 423-2015-MDR de fecha 30 de marzo de 2015, se ratifica el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana 2015, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana del Rímac, según acta de fecha 16 de febrero de 2015, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 27933; Que, a través de Ordenanza Nº 431-2015-MDR de fecha 15 de junio de 2015, se ratifica las modificaciones al Plan Distrital de Seguridad Ciudadana 2015, según acta de fecha 28 de mayo de 2015, en cumplimiento de lo establecido en la Resolución Directoral Nº 0052015-EF/50.01 que aprueba los instructivos para el cumplimiento de las Metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal para el año 2015; Que, mediante Informe Nº 034-2015-GSC-MDR, de fecha 14 de septiembre de 2015, la Gerencia de Seguridad Ciudadana manifiesta que en Sesión del CODISEC, de fecha 02 de septiembre del 2015, se aprobó modificar el Anexo Nº 01 de la Ordenanza 431-2015-MDR, que ratifica el Plan Local de Seguridad Ciudadana, teniéndose que dicha modificación consiste en variar la Programación Trimestral de la Actividad Nº 3: "Mecanismos de Consulta Ciudadana", teniéndose que de dos (02) Audiencias por trimestre (III y IV), se consignará una (01) Audiencia trimestral; Que, el inciso b) del artículo 39º del Decreto Supremo Nº 11-2014-IN, señala que: "Los Comités de Seguridad Ciudadana con sus respectivas Secretarías Técnicas realizarán por lo menos una consulta pública ordinaria cada trimestre (...)"; Que, en ese sentido de acuerdo a los considerandos precitados, y contando con la Opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica emitida mediante Informe Nº 627-2015-GAJ-MDR, de fecha 23 de septiembre de 2015, se tiene que la modificación aprobada por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana, respecto de modificar el Anexo Nº 01 de la Ordenanza 431-2015MDR, considerando que dicha modificación consiste

Convocan a Concurso Público de Méritos para cubrir la plaza de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad y aprueban bases
ACUERDO DE CONCEJO Nº 058-2015-MDR EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DEL RIMAC POR CUANTO: VISTO; en Sesión Extraordinaria de fecha 25 de setiembre de 2015; Informe Nº 153-2015-SGREC-GRMDR de fecha 31 de agosto de 2015 de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva, Informe Nº 027-2015-GR-MDR de fecha 02 de setiembre de 2015 de la Gerencia de Rentas, Informe Nº 338-2015-SGP-GAFMDR de fecha 21 de setiembre de 2015 de la Subgerencia de Personal, Informe Nº 073-2015-GPP/MDR de fecha 22 de setiembre de 2015 de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, Informe Nº 625-2015-GAJ-MDR de fecha 22 de setiembre de 2015 de la Gerencia de Asesoría Jurìdica. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, en virtud del numeral 32 del artículo 9 de la Ley Nº 27972, le corresponde al Concejo Municipal, aprobar el cuadro de asignación de personal y las bases de las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo;

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