Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2015 (14/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Miércoles 14 de octubre de 2015

NORMAS LEGALES

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Artículo Tercero.- La presente norma entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo Cuarto.- Derogar toda norma o disposición municipal que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS A. PALOMINO ARIAS Alcalde 1298624-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUPE
Ordenanza Municipal que aprueba Proyectos de Reglamentos Internos de Trabajo de los Servidores de la Municipalidad Distrital de Supe, sujetos a diversos regímenes legales
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007-2015-SE-CM-MDS Supe, 31 de agosto del 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUPE PUEBLO VISTO: Sesión de Concejo Extraordinaria Nº 013 de fecha 31 de Agosto del 2015 que aprueba la Ordenanza Municipal que aprueba el Proyecto del Reglamento Interno de Trabajo de los Servidores de la Municipalidad Distrital de Supe, sujetos al Decreto Legislativo Nº 1057 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM y, su respectiva modificatoria por Ley Nº 29849; el Proyecto del Reglamento Interno de Trabajo de los Servidores de la Municipalidad Distrital de Supe, sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y; el Proyecto del Reglamento Interno de Trabajo de los Servidores de la Municipalidad Distrital de Supe, sujetos al régimen laboral de la actividad privada regulado por el Decreto Legislativo Nº 728: CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, reformada por la Ley Nº 27680, establece

textualmente que, "Las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia". Asimismo agrega la referida norma que "la estructura orgánica del gobierno local la conforman el Concejo Municipal como órgano normativo y fiscalizador y; la Alcaldía como órgano ejecutivo, con las funciones y atribuciones que señala la Ley"; Que, el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, prescribe que, "los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia". Asimismo, sanciona que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Asimismo; la norma en comento establece en su Art. 37º que, los funcionarios y empleados de las municipalidades se sujetan al régimen laboral general aplicable a la administración pública, conforme a Ley. Los obreros que prestan sus servicios a las municipalidades, son servidores públicos sujetos al régimen laboral de la actividad privada, reconociéndoles los derechos y beneficios inherentes a dicho régimen; Que, el Art. 40º de la Ley Nº 27972 prescribe que, las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, el Proyecto de Reglamento Interno de Trabajo de los servidores de la Municipalidad Distrital de Supe, contratados bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios CAS, regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y Decreto Supremo Nº 065-2011PCM y su respectiva modificatoria por Ley Nº 29849; constituye un instrumento técnico normativo que regula la formación y comportamiento laboral de los servidores contratados bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios; la misma que fomenta las buenas relaciones interpersonales e institucionales y; el cumplimiento de las normas legales y administrativas vigente; debiéndose tomar en cuenta la Ley Nº 29849 que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo Nº 1057; Que, en relación al Proyecto de Reglamento Interno de Trabajo de los servidores de la Municipalidad Distrital de Supe, sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; debe tenerse presente que, mediante Ley Nº 30057 se establece el Servicio Civil ­ SERVIR; la misma que tiene por finalidad establecer un régimen único y exclusivo para las personas que

REQUISITO PARA PUBLICACILN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN

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