Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2015 (04/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Viernes 4 de setiembre de 2015

PROYECTO PROYECTO

560731

ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL
Proyecto de Resolución de Consejo Directivo que aprobaría el "Reglamento para la determinación de competencias al interior del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental - SINEFA"
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 037-2015-OEFA/CD Lima, 1 de setiembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalización, la supervisión, el control y la sanción en materia ambiental; Que, a través de la Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental SINEFA, se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado sistema, el cual tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables por parte de todas las personas naturales o jurídicas; así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental a cargo de las diversas entidades del Estado se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y eficiente; Que, de acuerdo a lo previsto en el Literal a) del Numeral 11.2 del Artículo 11° de la Ley N° 29325, modificado por la Ley N° 30011, la función normativa comprende la facultad de dictar, en el ámbito y en materia de sus competencias, las normas que regulen el ejercicio de la fiscalización ambiental en el marco del SINEFA, y otras de carácter general referidas a la verificación del cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables de los administrados a su cargo; así como aquellas necesarias para el ejercicio de la función de supervisión de entidades de fiscalización ambiental, las que son de obligatorio cumplimiento para dichas entidades en los tres niveles de gobierno; Que, según lo dispuesto en el Artículo 7° de la Ley N° 29325, las EFA nacionales, regionales o locales forman parte del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental y sujetan su actuación a lo dispuesto en dicha ley y otras normas en materia ambiental, así como a las disposiciones que dicte el OEFA como Ente Rector del referido Sistema; Que, de acuerdo a lo prescrito en el Literal b) del Numeral 11.2 del Artículo 11° de la Ley N° 29325, el OEFA cuenta con la facultad de realizar acciones de seguimiento y verificación del desempeño de las funciones de fiscalización a cargo de EFA de ámbito nacional, regional o local; así como de comunicar el incumplimiento de dichas funciones a la Contraloría General de la República; Que, resulta necesario regular el procedimiento que se debe seguir para atender las solicitudes presentadas por las EFA que tienen por finalidad esclarecer sus competencias en materia de fiscalización ambiental, a efectos de garantizar la eficacia del SINEFA; Que, en ejercicio de su función normativa, el OEFA ha elaborado una propuesta de "Reglamento para la determinación de competencias al interior del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental SINEFA", proyecto normativo que previo a su aprobación debe ser sometido a consulta pública con la finalidad de recibir las observaciones, comentarios o sugerencias de los interesados, conforme a lo establecido en el Artículo 39° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; Que, mediante Acuerdo N° 039-2015, adoptado en la Sesión Ordinaria N° 028-2015 realizada el 1 de setiembre de 2015, se acordó por unanimidad disponer la publicación de la propuesta normativa denominada "Reglamento para la determinación de competencias al interior del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental - SINEFA", por lo que resulta necesario formalizar este acuerdo mediante Resolución de Consejo Directivo, habiéndose establecido la exoneración de la aprobación del Acta respectiva a fin de asegurar su vigencia inmediata; Con el visado de la Secretaría General, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Dirección de Supervisión; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, así como en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Literal n) del Artículo 8° y Literal n) del Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la publicación del proyecto de Resolución de Consejo Directivo que aprobaría el "Reglamento para la determinación de competencias al interior del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental - SINEFA", en el diario oficial El Peruano y el Portal Institucional de la Entidad (www.oefa.gob.pe). Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano. Artículo 3°.- Los interesados podrán remitir sus observaciones, comentarios o sugerencias al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, ubicado en la Avenida República de Panamá N° 3542 del distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, o mediante la dirección electrónica competencias@oefa. gob.pe, en un plazo de diez (10) días hábiles, contado a partir de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC Presidente del Consejo Directivo Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA Resolución de Consejo Directivo N° -2015-OEFA/CD Lima, CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalización, la supervisión, el control y la sanción en materia ambiental; Que, a través de la Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental SINEFA, se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector

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