Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2015 (04/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

Viernes 4 de setiembre de 2015 /

El Peruano

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO Visto, el Memorándum Nº 558-2015-GM-MDS de fecha 28 de agosto de 2015, a través del cual el Gerente Municipal, remite el Informe Nº 045-2015-GR-MDS de fecha 28 de agosto de 2015 emitido por la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 300-2015-GAJ-MDS de fecha 28 de agosto de 2015 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 665-2015-GR-MDS de fecha 28 de agosto de 2015 emitido por la Gerencia de Rentas, el Memorándum Nº 1155-2015-GPPCI-MDS de fecha 28 de agosto de 2015 emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional, el Informe Nº 573-2015-SGAT-GR-MDS de fecha 27 de agosto de 2015, de la Sub Gerencia de Administración Tributaria, mediante los cuales dichas Gerencias y Sub Gerencias emiten opinión técnica favorable sobre la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 339-MDS, denominada "Pasa la voz", que aprobó la Amnistía General Tributaria y No Tributaria a favor de los contribuyentes del distrito de surquillo y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 339-MDS, "Amnistía General Tributaria y no Tributaria Pasa la Voz", se aprobó la Amnistía General Tributaria y No Tributaria a favor de los contribuyentes del distrito de Surquillo, cuya vigencia fue dispuesta en el Artículo 2º hasta el día 17 de julio del 2015; Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 005-2015MDS de fecha 14 de julio de 2015 se dio la prórroga a la Ordenanza Nº 339-MDS hasta el día 31 de julio de 2015; Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 008-2015MDS de fecha 30 de julio de 2015 se dio la prórroga a la Ordenanza Nº 339-MDS hasta el día 31 de agosto de 2015; Que, mediante el Informe Nº 573-2015-SGAT-GRMDS, el Informe Nº 045-2015-SGEC-GR-MDS y el Informe Nº 070-2015-SGFT-GR-MDS, emitidos por la Sub Gerencia de Administración Tributaria, la Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva y la Subgerencia de Fiscalización Tributaria respectivamente, informan a la Gerencia de Rentas que, estando próximos al vencimiento de la vigencia de la prórroga de la Ordenanza Nº 339-MDS, dispuesta en el Artículo 2º hasta el 17 de julio de 2015 y, a efecto de otorgar un plazo mayor a los vecinos del distrito para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, emiten opinión técnica favorable para que en mérito a lo dispuesto por la Tercera Disposición Final de la Ordenanza Nº 339-MDS, denominada "Amnistía General Tributaria y no Tributaria Pasa la Voz", se prorrogue la vigencia de la misma hasta el día 18 de setiembre de 2015; Que, a través de la Tercera Disposición Final de la Ordenanza Nº 339-MDS, el Concejo Municipal de Surquillo facultó al Señor Alcalde para que, mediante el Decreto de Alcaldía, prorrogue la vigencia de la misma, establecido en el Artículo Segundo; Estando a lo expuesto, y con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica según Informe Nº 300-2015-GAJ-MDS de fecha 28 de agosto de 2015 y a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipales ­ Ley Nº 27972. DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el día 18 de setiembre de 2015, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 339-MDS, la misma que aprobó la Amnistía General Tributaria y No Tributaria a favor de los contribuyentes del distrito de surquillo denominada "Pasa la Voz". Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, Sub Gerencia de Administración Tributaria, Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria, Gerencia de Estadística e Informática y Sub Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. POR TANTO: Mando cúmplase. regístrese, comuníquese, publíquese y

CONVENIOS INTERNACIONALES

Acuerdo de prórroga del Acuerdo de Cooperación para la Promoción de la Ciencia y la Tecnología Nucleares en América Latina y el Caribe
(Ratificado mediante Decreto Supremo Nº 043-2015RE, publicado el 19 de agosto de 2015) Acuerdo de prórroga del Acuerdo de Cooperación para la Promoción de la Ciencia y la Tecnología Nucleares en América Latina y el Caribe CONSIDERANDO que los Gobiernos de la Argentina, Bolivia, el Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, el Ecuador, El Salvador, Guatemala, Haití, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, el Paraguay, el Perú, la República Bolivariana de Venezuela, la República Dominicana y el Uruguay son miembros del Organismo Internacional de Energía Atómica (denominado en adelante "el OIEA") y Partes en el Acuerdo de Cooperación para la Promoción de la Ciencia y la Tecnología Nucleares en América Latina y el Caribe (denominado en adelante "el ARCAL"), que entró en vigor el 5 de septiembre de 2005. CONSIDERANDO que, en virtud de su artículo XI, el ARCAL extenderá su vigencia por un período de 10 años desde la fecha de su entrada en vigor y, por consiguiente, terminará el 4 de septiembre de 2015, pero podría prorrogarse por lapsos de cinco años si los Estados Partes así lo acuerdan; CONSIDERANDO que los Estados Partes mencionados, representados en el Órgano de Representantes de ARCAL, desean prorrogar el ARCAL con efecto a partir de su fecha de terminación por un nuevo período de cinco años, habida cuenta de su utilidad en el establecimiento de un marco regional de promoción y fortalecimiento de la cooperación técnica por el Organismo en América Latina y el Caribe; ACUERDAN LO SIGUIENTE: Artículo 1 Prórroga del ARCAL El ARCAL seguirá en vigor por un período de cinco años con efecto a partir del 5 de septiembre de 2015. Artículo 2 Notificaciones y entrada en vigor El presente Acuerdo entrará en vigor el 5 de septiembre de 2015 para los Estados Partes del ARCAL que hayan notificado al Director General del OIEA antes de esa fecha su consentimiento en extender la vigencia del ARCAL. Para cada Estado Parte del ARCAL que lo notifique después de ese momento, este Acuerdo entrará en vigor en la fecha de dicha notificación. HECHO en Viena, el 5 de junio de 2015, en dos originales en los idiomas español e inglés, siendo los textos en ambos idiomas igualmente auténticos. 1283106-1

Entrada en vigencia del "Acuerdo de Prórroga del Acuerdo de Cooperación para la Promoción de la Ciencia y la Tecnología Nucleares en América Latina y el Caribe"
Entrada en vigencia del "Acuerdo de Prórroga del Acuerdo de Cooperación para la Promoción de la Ciencia y la Tecnología Nucleares en América Latina y el Caribe", adoptado el 5 de junio de 2015, en la ciudad de Viena, República de Austria y ratificado mediante Decreto Supremo N° 043-2015-RE, de fecha 18 de agosto de 2015. Entrará en vigor el 5 de setiembre de 2015. 1283099-1

JOSÉ LUIS HUAMANI GONZÁLES Alcalde 1282887-1

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