Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2015 (05/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Sábado 5 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

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percepción de la bonificación por prestar servicio efectivo como profesor contratado en una institución educativa pública de Educación Básica Regular de los niveles inicial o primaria, unidocente o multigrado, durante el año 2015. Artículo 3.- Disponer que la Oficina General de Asesoría Jurídica publique la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación ­ SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación

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Modifican Anexo de la R.M. N° 271-2015-MINEDU, que contiene el cronograma de los Concursos Públicos de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial y de Contratación Docente en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 430-2015-MINEDU
Lima, 4 de setiembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, el Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación; y en coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar, planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la carrera pública magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y confiabilidad; Que, el artículo 19 de la referida Ley, establece que el Ministerio de Educación autoriza, cada dos años, la convocatoria para el concurso público de ingreso a la Carrera Pública Magisterial; Que, el artículo 77 de la Ley de Reforma Magisterial, señala que el Ministerio de Educación define la política sectorial de contratación docente. Asimismo, el artículo 209 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2013-ED, dispone que el Ministerio de Educación emitirá las normas de procedimiento para contratación de profesores, las que son de obligatorio cumplimiento a nivel nacional por las instancias de gestión educativa descentralizada; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 021-2015-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada "Norma que regula los Concursos Públicos de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial y de Contratación Docente en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica", la cual contiene disposiciones para la organización, implementación y ejecución de los referidos concursos; así como, sus etapas, instrumentos de evaluación y acciones que involucran a las diversas instancias de gestión educativa descentralizada en el marco de los citados concursos; Que, con Resolución Ministerial N° 271-2015-MINEDU, se convoca a los Concursos Públicos de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial y de Contratación Docente en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica, los mismos que se llevarán a cabo conforme a lo establecido en la Norma Técnica aprobada mediante Resolución Viceministerial N° 021-2015-MINEDU; y, asimismo, se aprueba el cronograma correspondiente de dichos concursos, el cual como Anexo forma parte integrante de la referida Resolución Ministerial, siendo posteriormente modificado por la Resolución Ministerial N° 289-2015-MINEDU; Que, atendiendo a la gran demanda de consultas e inquietudes realizadas por los postulantes a través de los diversos canales de información del Ministerio de Educación sobre sus resultados obtenidos en la Prueba Única Nacional, resulta pertinente otorgar un plazo

adicional para que, de considerarlo pertinente, todos los postulantes que rindieron la Prueba Única Nacional puedan ejercer su derecho al reclamo sobre el puntaje obtenido en la citada Prueba, en los términos señalados en la Norma Técnica que regula los mencionados concursos, y así no afectar su participación en los mismos. Que, a través del Oficio Nº 1238 -2015-MINEDU/ VMGP-DIGEDD, el Director General de la Dirección General de Desarrollo Docente remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 729-2015-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación Docente, el cual sustenta la necesidad de modificar el cronograma de los Concursos Públicos de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial y de Contratación Docente en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica, aprobado por Resolución Ministerial N° 271-2015-MINEDU, a efectos de ampliar el plazo de presentación de reclamos sobre el puntaje obtenido en la Prueba Única Nacional, el cual se había establecido del 03 al 05 de setiembre de 2015; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y la Resolución Viceministerial N° 021-2015-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada "Norma que regula los Concursos Públicos de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial y de Contratación Docente en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica"; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar el Anexo de la Resolución Ministerial N° 271-2015-MINEDU, modificado por Resolución Ministerial N° 289-2015-MINEDU, que contiene el cronograma de los Concursos Públicos de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial y de Contratación Docente en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, según el siguiente detalle:

"ANEXO CRONOGRAMA DE LOS CONCURSOS PÚBLICOS DE INGRESO A LA CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL Y DE CONTRATACIÓN DOCENTE EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS DE EDUCACIÓN BÁSICA
Actividades (...) 9 (...) Presentación de reclamos sobre el puntaje 03/09/2015 obtenido en la Prueba Única Nacional. 07/09/2015 Inicio Fin

" Regístrese, comuníquese y publíquese JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación

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ENERGIA Y MINAS
Imponen a favor de concesión definitiva de distribución de energía eléctrica de la que es titular EDELNOR S.A.A., la servidumbre de electroducto para línea de transmisión ubicada en el distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 372-2015-MEM/DM
Lima, 13 de agosto de 2015 VISTO: El Expediente Nº 21233515, sobre solicitud de imposición de servidumbre de electroducto para la Línea de Transmisión de 60 kV S.E.T. Chillón ­ S.E.T. Oquendo,

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