Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2015 (05/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Sábado 5 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

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el mismo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Autorización para suscribir la Adenda Nº 1 al Contrato de Concesión de los Tramos Viales de la Red Vial N° 4 (Pativilca ­ Santa ­ Trujillo y Salaverry ­ Empalme R01N). Autorizar al Viceministro de Transportes, para que en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba la Adenda a que se refiere el artículo anterior, así como los documentos que resulten necesarios para su formalización. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones

Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la compañía ADARA AIRCRAFT S.A.C. la Modificación de su Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo ­ Fotografía y Agrícola otorgado mediante Resolución Directoral Nº 457-2014MTC/12 del 03 de octubre del 2014, modificada con Resolución Directoral Nº 564-2014-MTC/12 del 05 de diciembre del 2014 y Resolución Directoral Nº 118-2015MTC/12 del 13 de marzo del 2015, en el sentido de incrementar el material aeronáutico a los ya autorizados de acuerdo al siguiente detalle: MATERIAL AERONÁUTICO: (Además de los ya autorizados) - Cessna P337H - Air Tractor series 300 / 400 Artículo 2º.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 457-2014-MTC/12 del 03 de octubre del 2014 y sus modificatorias continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS PAVIC MORENO Director General de Aeronáutica Civil

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Otorgan a Adara Aircraft S.A.C. la modificación de su permiso de operación de aviación comercial: trabajo aéreo fotografía y agrícola
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 289-2015-MTC/12
Lima, 13 de julio del 2015 Vista la solicitud de la compañía ADARA AIRCRAFT S.A.C., sobre la Modificación de Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo ­ Fotografía y Agrícola; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 457-2014MTC/12 del 03 de octubre del 2014 se otorgó a la compañía ADARA AIRCRAFT S.A.C. el Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo ­ Fotografía y Agrícola, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 31 de octubre del 2014; Que, la citada resolución fue modificada a través de la Resolución Directoral Nº 564-2014-MTC/12 del 05 de diciembre del 2014 y Resolución Directoral Nº 118-2015MTC/12 del 13 de marzo del 2015 en el sentido de incluir material aeronáutico; Que, mediante Expediente N° 2015-027033 del 05 de mayo del 2015 y Documento de Registro Nº 2015-027033A del 15 de junio del 2015 la compañía ADARA AIRCRAFT S.A.C., solicitó la Modificación de su Permiso de Operación en el sentido de incrementar material aeronáutico; Que, según los términos del Memorando N° 7892015-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la Dirección General de Aeronáutica Civil, Memorando Nº 113-2015MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Memorando Nº 0247-2015-MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certificaciones e Informe Nº 273-2015-MTC/12.07 emitido por el Director de Certificaciones y Autorizaciones, que forman parte de la presente resolución según el numeral 6.2 del Artículo 6 de la Ley 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modificado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva;

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Otorgan a Helicopteros del Sur S.A HELISUR, la Renovación y Modificación de su Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo - Carga Externa
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 349-2015-MTC/12
Lima, 14 de agosto de 2015 Vista la solicitud de la compañía HELICOPTEROS DEL SUR S.A. - HELISUR, sobre Renovación y Modificación de Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo ­ Carga Externa; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 322-2011MTC/12 del 27 de setiembre del 2011 se otorgó a la compañía HELICOPTEROS DEL SUR S.A. - HELISUR la Renovación y Modificación del Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo ­ Carga Externa, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 18 de setiembre del 2011 hasta el 18 de setiembre del 2015; Que, mediante Documento de Registro N° 2015028777 del 12 de mayo del 2015, Documento de Registro Nº 2015-028777-A del 12 de junio del 2015 y Documento de Registro Nº 2015-028777-B del 24 de junio del 2015 la compañía HELICOPTEROS DEL SUR S.A. - HELISUR solicitó la Renovación de su Permiso de Operación bajo las mismas condiciones y Modificación en el sentido de incrementar zonas de operación, precisar material aeronáutico y bases de operación; Que, según los términos del Memorando Nº 8642015-MTC/12.LEG emitido por la abogada de la DGAC, Memorando Nº 121-2015-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Memorando Nº 2502015-MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certificaciones e Informe Nº 319-2015-MTC/12.07 emitido por el Director de Certificaciones y Autorizaciones; que forman parte de la presente resolución según el numeral 6.2 del Artículo 6 de la Ley 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº

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