Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2015 (05/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

Sábado 5 de setiembre de 2015 /

El Peruano

"ciudadanía suramericana", constituyendo así, este espacio una oportunidad única de establecer contactos con cada oficina de migración de la región para futuros trabajos en conjunto y mecanismos de cooperación sur-sur; Que, los gastos que generen dicho viaje serán asumidos con cargo al presupuesto institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES; Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la república estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá explicar el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al segundo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 30281, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario oficial "El Peruano"; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior del país en comisión de servicios a los señores Boris Gonzalo Potozen Braco, Superintendente Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES y César Augusto Estrella Estrella, Asesor I de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 07 al 10 de setiembre de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán con cargo a la Unidad Ejecutora 001: Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES del Pliego 073: Superintendencia Nacional de Migraciones, Sector 07: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe Pasajes US$ 1,413.88 Viáticos US$ 370.00 Días 3 X X Personas 2 2 = = Total US$. 2,827.76 2,220.00

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Designan Director del Programa Sectorial IV del Consejo del Notariado
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0244-2015-JUS
Lima, 4 de setiembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director del Programa Sectorial IV, Nivel F-5, del Consejo del Notariado del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, resulta necesario designar al profesional que desempeñe dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y el Decreto Supremo N° 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora abogada Brenda Victoria Beraún Ferreyra en el cargo de Director del Programa Sectorial IV, Nivel F-5, del Consejo del Notariado del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO L. ADRIANZÉN OLAYA Ministro de Justicia y Derechos Humanos

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MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Conforman el Grupo de Trabajo "Mesa de Trabajo para promover y garantizar la participación política de las mujeres"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 192-2015-MIMP
Lima, 4 de setiembre de 2015 Vistos, el Informe Nº 027-2015-MIMP-DGIGND/ DPPDM de fecha 01 de setiembre de 2015 de la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos de las Mujeres de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación, y el Memorando Nº 225-2015-MIMP/ DGIGND de fecha 01 de setiembre de 2015 de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación; CONSIDERANDO: Que, los artículos 3 y 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos compromete a los Estados Partes, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 31 de la Constitución Política del Perú, a garantizar a hombres y mujeres la igualdad en el goce de sus derechos civiles y políticos sin discriminación alguna; a participar en los asuntos públicos, votar y ser elegidos/as; Que, los artículos 3 y 7 de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer comprometen a los Estados Partes a adoptar todas las medidas necesarias en el ámbito nacional para asegurar el pleno desarrollo y adelanto de la mujer, con el objeto de garantizarle el ejercicio y el goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales en igualdad de condiciones con el hombre, entre los que se encuentran el derecho a votar en todas las elecciones y ser elegibles

Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios designados deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos entregados. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior

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