Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2016 (02/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Sábado 2 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

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recursos necesarios para el financiamiento, durante el primer trimestre del año 2016, de los contratos de personal bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, para la ejecución de: la JEC; la enseñanza del idioma inglés en instituciones educativas públicas; el Plan Nacional de Fortalecimiento de la Educación Física y el Deporte Escolar en las Instituciones Educativas Públicas de Primaria y Secundaria de Educación Básica Regular; el acompañamiento pedagógico en instituciones educativas polidocentes completas y multigrado; el funcionamiento de los Centros Rurales de Formación en Alternancia (CRFA); y, la contratación de especialistas en seguimiento de gestión administrativa en las UGEL; asimismo, señala que los recursos para el financiamiento de los trimestres restantes, serán transferidos a los Gobiernos Regionales en el marco de lo dispuesto en el numeral 21.2 del artículo 21 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 038-2016-MINEDU se aprueba la Norma Técnica que establece los procedimientos, criterios y responsabilidades en el marco de las transferencias de recursos destinados al financiamiento de Intervenciones Pedagógicas en Gobiernos Regionales durante el año 2016, la cual tiene como objetivos: i) Optimizar la gestión presupuestal de los recursos a ser transferidos a los Gobiernos Regionales, en específico a las Unidades Ejecutoras del Sector Educación; ii) Promover la transferencia oportuna de recursos a favor de los Gobiernos Regionales; iii) Minimizar los montos de los saldos presupuestales que se generen al finalizar el año fiscal 2016; iv) Propiciar el uso transparente y eficiente de los recursos asignados a las intervenciones pedagógicas impulsadas por el Ministerio de Educación; y, v) Regular la contratación de personal bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, así como la adquisición de bienes y servicios necesarios para la implementación de las intervenciones pedagógicas detalladas en el numeral 3 de la Norma Técnica bajo comentario; Que, el numeral 80.2 del artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, modificado por la Primera Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 30372, establece que las entidades que cuenten con programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado cuente con productos o proyectos del mismo programa, señalando que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del sector correspondiente, a propuesta de este último, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público; asimismo, se señala que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional que se efectúen en el marco del citado numeral para el financiamiento de proyectos de inversión, sólo se aprueban, previa suscripción de convenio, hasta el segundo trimestre del año fiscal correspondiente, no estando sujetos a dicho plazo las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional que se aprueben para el financiamiento de productos; Que, la Dirección de Educación Secundaria de la Dirección General de Educación Básica Regular del Ministerio de Educación, a través del Oficio Nº 995-2015-MINEDU/VMGP/DIGEBR-DES y el Informe Nº 1099-2015-MINEDU/VMGP/DIGEBR-DES-JEC informa que se han identificado las instituciones educativas en las cuales se implementará el modelo de servicio educativo JEC durante el año 2016; asimismo, remite el Memorándum Nº 011-2016-MINEDU/VMGP-DIGEDDDITEN de la Dirección Técnico Normativa de Docentes de la Dirección General de Desarrollo Docente del Ministerio de Educación, por medio del cual se determinan las instituciones educativas que no cuentan con plaza de director y el costo que demandaría la creación de dichas plazas; asimismo, a través del Informe Nº 1-2016-MINEDU/ VMGP-DIGEBR-DES-AT-PP0091, sustenta y determina el número de nuevas plazas de docentes del nivel de

educación secundaria que se requieren contratar para el año 2016, en el marco del Programa Presupuestal 0091: Incremento en el acceso de la población de 3 a 16 años a los servicios educativos públicos de la educación básica regular; Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante Informe Nº 037-2016-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP realiza la validación del requerimiento de financiamiento para la creación de nuevas plazas docentes para el incremento de cobertura del nivel de educación secundaria en el 2016; Que, la Dirección General de Educación Básica Regular del Ministerio de Educación, mediante el Oficio Nº 244-2016-MINEDU/DIGEBR-DES remite el Informe Nº 046-2016-MINEDU/VMGP/DIGEBR-DES y Nº 076-2016-MINEDU/VMGP/DIGEBR-DES de la Dirección de Educación Secundaria de la referida Dirección General y el Informe Nº 009-2016-MINEDU/VMGI-DIGC de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar del Ministerio de Educación, por medio de los cuales se sustenta y determina el costo total de la contratación de personal bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, así como la adquisición de bienes y servicios, para las acciones relacionadas a la implementación de la JEC; y, a la enseñanza del idioma inglés en instituciones educativas públicas donde se implementará el citado modelo de servicio educativo; Que, a través de los Informes Nºs 098 y 165-2016-MINEDU/SPE-OPEP-UPP la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación señala que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuenta con recursos disponibles para ser transferidos a favor de los pliegos Gobiernos Regionales para los fines antes señalados; asimismo, manifiesta que ha revisado los códigos modulares en el Sistema de Información para la Racionalización (SIRA) no encontrándose ninguna observación al requerimiento de creación de nuevas plazas presentado por la Dirección de Educación Secundaria de la Dirección General de Educación Básica Regular del Ministerio de Educación. Finalmente, señala que se ha verificado el cumplimiento de las disposiciones que para tal efecto estableció el Ministerio de Educación en el marco de la normatividad de la materia; en virtud de lo cual, a través de los Oficios Nºs 00317 y 00458-2016-MINEDU/SG, el Ministerio de Educación solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, de acuerdo a la información registrada en el "Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público" y la base de datos remitida por el Ministerio de Educación, el monto a transferir a los pliegos Gobiernos Regionales asciende a la suma de CINCUENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 51 955 305,00), para financiar la creación de las nuevas plazas de directores en algunas de las instituciones educativas en las cuales se implementará el modelo de servicio educativo JEC durante el año 2016 y la contratación de nuevas plazas de docentes de institución educativa del nivel de educación secundaria; así como la contratación de personal bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 para las acciones relacionadas a la implementación de la JEC; y, a la enseñanza del idioma inglés en instituciones educativas públicas donde se implementará el citado modelo de servicio educativo; Que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de CINCUENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y 00/100 SOLES (S/ 52 227 960,00), del pliego 010: Ministerio de Educación, a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para financiar la creación de las nuevas plazas de directores

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