Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2016 (02/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Sábado 2 de abril de 2016 /

El Peruano

institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2016, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Oficial "El Peruano"; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en misión de estudios de la Mayor de la Policía Nacional del Perú Stephanie Luzbeth Cárdenas Díaz, de la Suboficial de Primera de la Policía Nacional del Perú Ruth Mariela Criollo Delgado y del Suboficial de Tercera de la Policía Nacional del Perú Roly Mendivil Sullca, del 3 al 22 de abril de 2016, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe Viáticos Pasajes aéreos US$ 370.00 X US$ 1,022.00 días 19 X X Pers. 3 3 = = Total US$ 21,090.00 3,066.00

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 138-2016-IN Lima, 1 de abril de 2016 VISTOS; la Carta N° S-2016-045214/DIPONGASIN-3.4, de fecha 18 de febrero de 2016, de la Dirección General de la Policía Nacional de Colombia; y, el Memorándum Múltiple Nº 107-2016-DIRGEN-PNP/ DIRASINT-DIVBEC, de fecha 29 de marzo de 2016, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta N° S-2016-045214/DIPONGASIN-3.4, de fecha 18 de febrero de 2016, la Dirección General de la Policía Nacional de Colombia hizo de conocimiento a la Dirección General de la Policía Nacional del Perú sobre dos (2) cupos que ofrece la Policía Nacional de Colombia a funcionarios de cualquier grado de la Policía Nacional del Perú, a fin que participen en el "XXIII Curso de Operaciones Especiales Antisecuestro y Antiextorsión Internacional", a realizarse del 4 de abril al 17 de junio de 2016, en el municipio de Sibaté, departamento de Cundinamarca, Ciudad de Bogotá, República de Colombia; asimismo, se precisa que la Policía Nacional de Colombia facilitará a los participantes alojamiento en las instalaciones de la Escuela de Policía de Antisecuestro y Antiextorsión; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 93-2016-DIRGEN PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 21 de marzo de 2016, la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú estima conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú proponga el viaje al exterior en misión de estudios, del 3 de abril al 17 de junio de 2016, al municipio de Sibaté, departamento de Cundinamarca, ciudad de Bogotá, República de Colombia, del Capitán de la Policía Nacional del Perú Jonathan Luis Fernández Dávila Molina y del Teniente de la Policía Nacional del Perú Julio Cesar Córdova Maldonado, para que participen en el curso indicado en el considerando precedente; Que, en atención a los documentos sustentatorios, mediante Memorándum Múltiple Nº 107-2016-DIRGENPNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 29 de marzo de 2016, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba la propuesta mencionada en el considerando precedente, disponiendo la formulación de la resolución autoritativa de viaje correspondiente, señalando que el mismo irrogará gastos al Estado; Que, los conocimientos y experiencias a adquirirse como resultado de la participación del mencionado personal en el curso indicado, redundará en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando de interés institucional la asistencia al referido curso, debiendo señalarse que los gastos parciales que irrogará dicha participación, por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno) en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, serán asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior; Que, conforme a lo establecido en el numeral 3) del artículo 13° de la Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobada mediante Decreto Legislativo N° 1148, el personal policial tiene derecho a la formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente; Que, según lo establecido en el artículo 2° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorizaciones de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto

Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el artículo 1° de la presente resolución deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los pasajes aéreos y viáticos asignados. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República DIANA ÁLVAREZ-CALDERÓN GALLO Ministra de Cultura Encargada del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1363171-2

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