Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2016 (02/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

582216

NORMAS LEGALES
PROYECTO

Sábado 2 de abril de 2016 /

El Peruano

010: Ministerio de Educación, a favor de diversos pliegos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para financiar la ejecución de un total de doscientos setenta y siete (277) proyectos de inversión pública en infraestructura educativa; Que, el Programa Nacional de Infraestructura Educativa ­ PRONIED del Ministerio de Educación, a través del Informe N° 061-2015-MINEDU-PRONIEDOPEP-PCCH, remite y sustenta una relación de proyectos de inversión pública en infraestructura educativa, cuya continuidad de ejecución sería financiada mediante transferencia de partidas a favor de diversos pliegos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; precisándose que estos proyectos se encuentran enmarcados en convenios suscritos entre el Ministerio de Educación y los referidos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Esta relación ha sido revisada y validada por la Unidad de Programación e Inversiones de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, según se señala en el Informe N° 0002-2016-MINEDU/ SPE-OPEP-UPI; Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, a través del Informe Nº 013-2016-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, señala que se cuenta con recursos disponibles en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación para ser transferidos a favor de diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para el financiamiento de la continuidad de la ejecución de los proyectos de inversión pública en infraestructura educativa a los que se refiere el considerando precedente; en virtud de lo cual, a través del Oficio N° 00104-2016-MINEDU/ SG, el Ministerio de Educación solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de CIENTO SETENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 172 667 544,00) del pliego 010: Ministerio de Educación, a favor de diversos pliegos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para financiar la continuidad de la ejecución de cuarenta y nueve (49) proyectos de inversión pública en infraestructura educativa; De conformidad, con la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; y, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y sus modificatorias; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de CIENTO SETENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 172 667 544,00) del pliego 010: Ministerio de Educación, a favor de diversos pliegos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para financiar la continuidad de la ejecución de cuarenta y nueve (49) proyectos de inversión pública en infraestructura educativa, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Soles

2145808 : Construcción y equipamiento de instituciones educativas para el II ciclo de educación básica regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 126 537 275,00 PROGRAMA PRESUPUESTAL 0091 : Incremento en el acceso en la población de 3 a 16 años a los servicios educativos públicos de la educación básica regular PROYECTO 2184020 : Construcción y equipamiento de instituciones educativas FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros TOTAL EGRESOS A LA: 46 130 269,00 -------------------172 667 544,00 En Soles

SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Regionales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la Educación Básica Regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 20 308 091,00

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0091 : Incremento en el acceso en la población de 3 a 16 años a los servicios educativos públicos de la educación básica regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 16 201 747,00

PLIEGOS : Gobiernos Locales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la Educación Básica Regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 106 229 184,00

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0091 : Incremento en el acceso en la población de 3 a 16 años a los servicios educativos públicos de la educación básica regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros TOTAL INGRESOS 29 928 522,00 -------------------172 667 544,00

: Gobierno Central 010 : Ministerio de Educación 108 : Programa Nacional de Infraestructura Educativa PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de Aprendizaje de Estudiantes de Educación Básica Regular

1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de transferencia por pliego y proyecto, se detallan en el Anexo N° 1 "Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para financiar la continuidad de la ejecución de proyectos de inversión pública para el Año Fiscal 2016", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www. mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

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