Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2016 (21/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Jueves 21 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

583803

CONSIDERANDO: Que, el numeral 7.1 de la Directiva Nº 003-2016-CGGPROD, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 088-2016-CG, establece que el Ministro, en su calidad de Autoridad saliente, y los Titulares de las entidades adscritas al Ministerio deben constituir formalmente sus Grupos de Trabajo con la antelación necesaria a la fecha del término del periodo del Gobierno Nacional, debiendo contar cada Grupo de Trabajo con un Presidente; Que, el artículo 5 de los Lineamientos que regulan la Transferencia de Gobierno por parte de los Ministerios y Entidades Públicas del Poder Ejecutivo, por el periodo 2011-2016, aprobados por el Decreto Supremo Nº 0222016-PCM, establece que las entidades públicas del Poder Ejecutivo constituyen formalmente un Grupo de Trabajo encargado de elaborar un Informe para la transferencia de gestión, de acuerdo a las disposiciones específicas emitidas por la Contraloría General de la Republica; Que, el artículo 6 de la norma mencionada en el considerando precedente dispone que cada Ministerio, mediante Resolución Ministerial, constituye un grupo de trabajo de naturaleza temporal, que tiene por objeto la elaboración del informe sectorial para la transferencia de gobierno; precisándose que dicho grupo forma parte de la Comisión de Transferencia de Gobierno; Que, en tal virtud, mediante Resolución Ministerial N° 0134-2016-MINAGRI, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 03 de abril de 2016, se constituyó la Comisión de Transferencia de Gobierno denominado "Grupo de Trabajo para la Transferencia de Gobierno del Ministerio de Agricultura y Riego" (período 2011-2016), encargada de coordinar el proceso de transferencia con las Autoridades Entrantes para el período 2016-2021, en cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas aprobadas sobre el particular; Que, a fin de facilitar las acciones necesarias para la Transferencia de Gobierno por parte del Sector Agricultura y Riego, debe modificarse la Resolución Ministerial N° 0134-2016-MINAGRI; Con las visaciones del Viceministro de Políticas Agrarias, del Viceministro de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, del Secretario General, y de los Directores Generales de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, de Asesoría Jurídica, de Administración y de Gestión de Recursos Humanos; y, De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Resolución de Contraloría N° 0882016-CG, que aprueba la Directiva N° 003-2016-CG/ GPROD "Lineamientos Preventivos para la Transferencia de Gestión de las Entidades del Gobierno Nacional"; Decreto Supremo N° 022-2016-PCM, que aprueba los Lineamientos que regulan la Transferencia de Gobierno por parte de los Ministerios y Entidades Públicas del Poder Ejecutivo; Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificación de la Resolución Ministerial N° 0134-2016-MINAGRI Modificar los artículos 1, 2 y 4 de la Resolución Ministerial N° 0134-2016-MINAGRI, en los siguientes términos: "Artículo 1.- Constitución y objeto del Grupo de Trabajo Constitúyase en el Ministerio de Agricultura y Riego el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal, cuyo objeto es la elaboración del Informe Sectorial para la Transferencia de Gobierno, periodo 2011-2016, en cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas aprobadas sobre el particular". "Artículo 2.- Conformación del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo está conformado por los miembros titulares y alternos siguientes: a) Luis Alfonso Zuazo Mantilla, Secretario General del Ministerio de Agricultura y Riego, en su calidad de Presidente.

Natalia Kelly Urbano Ramírez, como representante alterna. b) William Jesús Cuba Arana, Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en su calidad de Vicepresidente. Ceferino Arturo Arévalo Luna, como representante alterno. c) Walter Pedro Gutiérrez Gonzáles, Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, como representante titular. Jeymy Denisse Asmat Mayaute, como representante alterna. d) Javier Erasmo Carmelo Ramos, Director General de la Oficina General de Administración, como representante titular. Reynaldo Maximiliano Chacaliaza Hernández, como representante alterno. e) Aura Elisa Quiñones Li, Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, como representante titular. Segundo Enrique Regalado Gamonal, como representante alterno. f) Ermelinda Garcés Pintado, Directora de la Oficina de Atención a la Ciudadanía y Gestión Documentaria, como representante titular. William Héctor Zamora Cruzatti, como representante alterno. g) Marco Antonio Vinelli Ruíz, Director Ejecutivo del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural, como representante titular. Elsa Amalia Del Águila Portocarrero, como representante alterna. h) Antonio Flores Chinte, Director Ejecutivo del Programa Subsectorial de Irrigaciones, como representante titular. Mercedes Margot Ponce Basurto, como representante alterna. i) Julio Antonio Salazar Acosta, Jefe (e) del Programa de Compensaciones para la Competitividad, como representante titular. Betzabeth de los Ángeles Márquez Vargas, como representante alterna. Los integrantes del Grupo de Trabajo, ejercen sus funciones ad honorem. Asimismo, este Grupo de Trabajo forma parte de la Comisión de Transferencia de Gestión, de conformidad a los lineamientos aprobados por la Contraloría General de la República, contemplados en la Directiva N° 003-2016-CG/ GPROD "Lineamientos Preventivos para la Transferencia de Gestión de las Entidades del Gobierno Nacional", aprobada por Resolución de Contraloría N° 088-2016-CG, sin perjuicio de lo establecido en el Decreto Supremo N° 022-2016-PCM, que aprueba los Lineamientos que regulan la Transferencia de Gobierno por parte de los Ministerios y Entidades Públicas del Poder Ejecutivo". "Artículo 4.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo es ejercida por el señor abogado Steven Enrique Rodríguez Bendezú, en calidad de Secretario Técnico titular y por el señor abogado Gary Manuel Evangelista Romero, en calidad de Secretario Técnico alterno, profesionales de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Planeamiento de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, respectivamente, del Ministerio de Agricultura y Riego". Artículo 2.- Denominación Toda referencia administrativa a la Comisión de Transferencia de Gobierno denominado "Grupo de Trabajo para la Transferencia de Gobierno del Ministerio de Agricultura y Riego" (período 2011-2016), debe ser entendida como efectuada al Grupo de Trabajo de naturaleza temporal, cuyo objeto es la elaboración del Informe Sectorial para la Transferencia de Gobierno, periodo 2011-2016. Artículo 3.- Publicación La presente Resolución Ministerial es publicada en el Diario Oficial El Peruano, y en la misma fecha en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www. minagri.gob.pe).

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