Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2016 (21/04/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Jueves 21 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

583807

Artículo 4.- El Oficial Superior comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo, deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1370637-1

Autorizan viaje de Oficial de la Marina de Guerra del Perú para participar en crucero de instrucción a bordo de Buque Escuela de la Armada de México
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 117-2016-DE/MGP Lima, 20 de abril de 2016 Visto, el Oficio P.200-0697 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 21 de marzo de 2016; CONSIDERANDO: Que, el Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en los Estados Unidos Mexicanos hace conocimiento al Comandante General de la Marina, que se ha recepcionado de la Secretaria de Marina de la Armada de México, el itinerario y la información complementaria para Cadetes u Oficiales invitados al Crucero de Instrucción "IBERO ATLÁNTICO 2016" a bordo del Buque Escuela ARM "CUAUHTÉMOC" (BE01); Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2016, la designación y autorización de viaje de UN (1) Alférez de Fragata, para que participe en la mencionada actividad; Que, la designación del Personal Naval, para que participe en el Crucero de Instrucción "IBERO ATLÁNTICO 2016", a bordo del Buque Escuela ARM "CUAUHTÉMOC" (BE-01) de la Armada de México, responde a la necesidad de adquirir experiencias en navegación y maniobras a vela en la mar; así como, conocer la organización operativa y administrativa del buque y participar en actividades protocolares de índole militar en puerto, teniendo en cuenta la reciente incorporación del Buque Escuela a Vela B.A.P. "UNIÓN" (BEV-161), Unidad Naval de similares características; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Alférez de Fragata Carlos Alberto SCARPATTI Espinoza, quien ha sido designado para que participe en el Crucero de Instrucción "IBERO ATLÁNTICO 2016" a bordo del Buque Escuela ARM "CUAUHTÉMOC" (BE-01) de la Armada de México, debiendo embarcarse en el puerto de Baltimore, Estados Unidos de América, el 27 de abril de 2016 y escala en los puertos de New London, Estados Unidos de América; Halifax, Canadá; Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte; Hamburgo y Bremerhaven, República Federal de Alemania; Ámsterdam, Reino de

los Países Bajos; Amberes, Reino de Bélgica; Brest, República Francesa; Lisboa, República Portuguesa; Cádiz y Las Palmas, Reino de España; Santo Domingo, República Dominicana; Balboa, Panamá; arribando al puerto de Acapulco, Estados Unidos Mexicanos, el 3 de octubre de 2016; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Marina de Guerra del Perú, debido a que permitirá incrementar los conocimientos marítimos y formación profesional de los Oficiales recién egresados de la Escuela Naval del Perú en buques extranjeros; así como, para fortalecer los lazos de amistad y cooperación existentes entre ambas Marinas; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con DOS (2) días de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2016 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/ SG, de fecha 14 de febrero de 2005 y sus modificatorias aprobadas con los Decretos Supremos Nº 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y Nº 009-2013-DE, de fecha 2 de octubre de 2013; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; concordado con la Resolución Ministerial Nº 1017-2015-DE/SG, de fecha 6 de noviembre de 2015, que reajusta el monto de la Unidad de Compensación Extraordinaria para el Año Fiscal 2016; Decreto Supremo Nº 002-2015-DE, de fecha 28 de enero de 2015; que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio de Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Alférez de Fragata Carlos Alberto SCARPATTI Espinoza, CIP. 00111193, DNI. 46796079, quien ha sido designado para que participe en el Crucero de Instrucción "IBERO ATLÁNTICO 2016" a bordo del Buque Escuela ARM "CUAUHTÉMOC" (BE01) de la Armada de México, debiendo embarcarse en el puerto de Baltimore, Estados Unidos de América, el

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.