Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2016 (21/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Jueves 21 de abril de 2016

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

583805

Que, según los artículos 4° y 7° de la citada Ley, forman parte del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental las Entidades de Fiscalización Ambiental Nacional, Regional y Local, las cuales cuentan con facultades expresas para desarrollar funciones de fiscalización ambiental, siendo la Autoridad Nacional del Agua una Entidad de Fiscalización Ambiental; Que, asimismo, el literal a) del numeral 11.2 del artículo 11° de la referida Ley, establece la función normativa del OEFA, que comprende la facultad de dictar, en el ámbito y en materia de sus competencias, las normas que regulen el ejercicio de la fiscalización ambiental en el marco del SINEFA; así como aquellas necesarias para el ejercicio de la función de supervisión de entidades de fiscalización ambiental; Que, por Resolución de Consejo Directivo N° 0042014-OEFA/CD, se aprobaron los "Lineamientos para la Formulación, Aprobación y Evaluación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental", que en el literal c) de su artículo 3°, define al Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental ­ PLANEFA, como el instrumento de planificación a través del cual cada Entidad de Fiscalización Ambiental ­ EFA, programa las acciones de fiscalización ambiental a su cargo a ser efectuadas durante el año calendario correspondiente, señalando que el ejercicio regular de la fiscalización ambiental a cargo de cada EFA no está limitado a lo que se establezca en su PLANEFA; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 32° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG, la Dirección de Gestión de la Calidad de los Recursos Hídricos tiene por función, entre otras, elaborar, proponer y supervisar la implementación de normas en materia de protección y recuperación de la calidad de los recursos hídricos; Que, en este contexto, la Dirección de Gestión de la Calidad de los Recursos Hídricos con los documentos del visto, sustenta la aprobación de la propuesta de "Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental de la Autoridad Nacional del Agua para el año 2016 ­ PLANEFA 2016", considerando las actividades de evaluación y supervisión previstas a desarrollar en el presente año por los Órganos Desconcentrados, las cuales se encuentran acordes al Plan Operativo Institucional 2016 de esta Autoridad con el objeto de garantizar el ejercicio adecuado de las competencias asignadas a esta Autoridad por la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos; Que, el Plan Operativo Institucional (POI) 2016 de la Autoridad Nacional del Agua se aprobó mediante Resolución Jefatural N° 332-2015-ANA de fecha 24 de diciembre del 2015, cuyo instrumento de programación y gestión operativa contempla, entre otros aspectos, las acciones de evaluación y supervisión ambiental, con sus respectivos planes de intervención, a realizarse por los Órganos Desconcentrados en el año 2016, las mismas que se vienen ejecutando actualmente y se encuentran articuladas al Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental 2016 que ha presentado la Dirección de Gestión de la Calidad de los Recursos Hídricos para su aprobación; Que, en el marco del numeral 4.2 del artículo 4° de los Lineamientos para la Formulación, Aprobación y Evaluación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental, aprobados por Resolución de Consejo Directivo N° 004-2014-OEFA/CD, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido el Informe N° 005-2016-ANAOPP-UP, ratificando que la propuesta del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental para el año 2016, concuerda con las metas, acciones de supervisión y fiscalización a cargo de los Órganos Desconcentrados previstos en el Plan Operativo Institucional 2016; Que, en consecuencia, corresponde aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental ­ PLANEFA de la Autoridad Nacional del Agua correspondiente al año 2016, debiéndose expedir el acto administrativo correspondiente; y, Estando a lo opinado por la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos, con los vistos de la Secretaria General y de la Oficina Asesoría Jurídica, en uso de la facultad conferida a este Despacho por el artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG.

Artículo 1º.- Aprobación del PLANEFA 2016 Aprobar el "Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental ­ PLANEFA 2016" de la Autoridad Nacional del Agua, correspondiente al año 2016, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Seguimiento del PLANEFA 2016 Disponer que la Dirección de Gestión de la Calidad de los Recursos Hídricos se encargue del seguimiento de la ejecución del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental ­ PLANEFA 2016, aprobado en el artículo precedente, de acuerdo a sus funciones atribuidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG. Artículo 3°.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario Oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional de la Autoridad Nacional del Agua, www.ana. gob.pe. Artículo 4°.- Publicación del Anexo que contiene el PLANEFA 2016 Disponer la publicación del Anexo señalado en el artículo primero de la presente Resolución, que contiene el "Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental ­ PLANEFA 2016", en el portal electrónico institucional de la Autoridad Nacional del Agua, www.ana.gob.pe, salvo lo relacionado a la programación de acciones de fiscalización, con la finalidad de asegurar la efectividad de las fiscalización ambiental a cargo de la entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER Jefe Autoridad Nacional del Agua 1370460-1

Disponen la prepublicación en el portal web de la Autoridad Nacional del Agua, del documento "Metodología para Determinar Caudales Ecológicos"
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 098-2016-ANA Lima, 20 de abril de 2016 VISTO: El Informe Técnico N° 024-2016-ANA-DCPRH-ERHCLI/FCC de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos; y CONSIDERANDO Que, mediante Resolución Jefatural N° 117-2015ANA, se publicó el proyecto de "Lineamientos para la elaboración de Estudios sobre Caudales Ecológicos", Que, la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos ha evaluado los aportes y comentarios al precitado proyecto, razón por la cual recomienda la expedición de una Resolución Jefatural que apruebe la metodología para determinar caudales ecológicos, conforme a lo señalado en el artículo 155°del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG; Que, el artículo 39° del Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, establece que los proyectos de normas que regulen asuntos ambientales generales o que tengan efectos ambientales, serán puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados. El aviso de publicación del proyecto deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano y el cuerpo completo del proyecto en el portal trasparencia de la entidad, por un periodo mínimo de quince (15) días útiles;

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