Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2016 (23/04/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Sábado 23 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

584045

cuenta con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica; Que, de acuerdo al artículo 42º de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Estando a lo expuesto y en uso de la facultades conferidas al alcalde por el numeral 6) del artículo 20º de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR la vigencia de la Campaña de Actualización, regularización y emisión de contratos en uso de tumba familiar, nichos perpetuos y provisionales, aprobada con decreto de alcaldía Nº 008-2015-ALC/ MVES, para el periodo comprendido entre el 13 de mayo de 2016 y el 13 de mayo de 2017. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Unidad de Registro Civil, el cabal cumplimiento del presente decreto. Artículo 3º.- PUBLICAR el presente decreto en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador (www.munives.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase.

límite máximo establecido para viajes a Europa, de acuerdo al artículo 5º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, reglamento de la ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado con Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; Estando a lo expuesto y, en uso de las facultades conferidas al alcalde por el numeral 6), artículo 20º de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades SE RESUELVE Artículo 1º.- AUTORIZAR el egreso de $3,080.00 (tres mil ochenta con 00/100 dólares americanos) para cubrir los gastos que demande el viaje autorizado mediante acuerdo de concejo Nº 018-2016/MVES, a favor de Leyla Edith Mejía Loayza, regidora distrital de Villa El Salvador. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la certificación de los egresos que demande la atención de los viáticos autorizados en el artículo precedente. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Oficinas General de Administración, el cabal cumplimiento de la presente resolución. Artículo 4º.- PUBLICAR la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador (www.munives. gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase.

GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 1371461-2

GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 1371461-1

Autorizan egreso para cubrir gastos que demande viaje de Regidora autorizado mediante Acuerdo de Concejo N°018-2016/ MVES
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 342-2016/MVES Villa El Salvador, 14 de abril de 2016 VISTOS, el Acuerdo de Concejo Nº 018-2016/ MVES, el Memorando Nº 506-2016-GM/MVES cursado por Gerencia Municipal, el informe Nº 127-2016-OAJ/ MVES emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, el informe Nº 057-2016-OPP/MVES emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el memorando Nº 279-2016-OGA/MVES emitido por la Oficina General de Administración; y, CONSIDERANDO: Que, mediante acuerdo de vistos se autoriza el viaje de la regidora Leyla Edith Mejía Loayza, y los subgerentes de Educación, Cultura y Deporte y de Planeamiento Estratégico y Cooperación Técnica, Nelly Milagros Huamaní Candia y Juan José Remigio Pacheco, respectivamente, para participar de la conferencia/ pasantía a realizarse en las ciudades de Amstelveen, Países Bajos y Santa Coloma de Gramenet, España, urbes de Villa El Salvador, los días del 17 al 23 y del 23 al 28 de abril de 2016, encargando a la administración asumir los gastos que, por concepto de viáticos, requiera la representante municipal; Que, mediante informe de vistos, la Oficina General de Administración asigna, como gasto por concepto de viáticos, la suma total de $3,080.00 (tres mil ochenta con 00/100 dólares americanos), de modo que cada día de viáticos ascendería a $440.00 (cuatrocientos cuarenta con 00/100 dólares americanos), en tanto que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a través de sendos informes de vistos, otorga la certificación presupuestal a la suma propuesta; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable, toda vez que, según señala en informes de vistos, el monto asignado se encuentra dentro del

MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO
Implementan el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios, en un 32% de las Viviendas Urbanas del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 011-2016-MVMT Villa María del Triunfo, 13 de abril del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO VISTO, el Memorándum Nº 116-2016-GM-MVMT de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 129-2016-MVMTGAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 017-2016-GSCGA/MVMT de la Gerencia de Servicios a la Ciudadanía y Gestión Ambiental, respecto al Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en un 32% de las Viviendas Urbanas del Distrito; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en los artículos 191º y 194º de la Constitución Política del Perú, y sus modificatorias, concordante con lo previsto en el artículo II del título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 62º de la Ley Nº 28611 ­ Ley General del Ambiente, establece que "Los Gobiernos Locales organizan sus funciones ambientales, considerando el diseño y la estructuración de sus órganos internos o comisiones, en base a sus recursos, necesidades y el carácter transversal de la gestión ambiental. Deben implementar un Sistema Local de Gestión Ambiental,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.