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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ABRIL DEL AÑO 2016 (23/04/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 79

584045 NORMAS LEGALES Sábado 23 de abril de 2016 El Peruano / cuenta con la opinión favorable de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; Que, de acuerdo al artículo 42º de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Estando a lo expuesto y en uso de la facultades conferidas al alcalde por el numeral 6) del artículo 20º de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR la vigencia de la Campaña de Actualización, regularización y emisión de contratos en uso de tumba familiar, nichos perpetuos y provisionales, aprobada con decreto de alcaldía Nº 008-2015-ALC/ MVES, para el periodo comprendido entre el 13 de mayo de 2016 y el 13 de mayo de 2017. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Unidad de Registro Civil, el cabal cumplimiento del presente decreto. Artículo 3º.- PUBLICAR el presente decreto en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador (www.munives.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 1371461-2 Autorizan egreso para cubrir gastos que demande viaje de Regidora autorizado mediante Acuerdo de Concejo N°018-2016/ MVES RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 342-2016/MVES Villa El Salvador, 14 de abril de 2016 VISTOS, el Acuerdo de Concejo Nº 018-2016/ MVES, el Memorando Nº 506-2016-GM/MVES cursado por Gerencia Municipal, el informe Nº 127-2016-OAJ/ MVES emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica, el informe Nº 057-2016-OPP/MVES emitido por la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y el memorando Nº 279-2016-OGA/MVES emitido por la Ofi cina General de Administración; y, CONSIDERANDO: Que, mediante acuerdo de vistos se autoriza el viaje de la regidora Leyla Edith Mejía Loayza, y los subgerentes de Educación, Cultura y Deporte y de Planeamiento Estratégico y Cooperación Técnica, Nelly Milagros Huamaní Candia y Juan José Remigio Pacheco, respectivamente, para participar de la conferencia/ pasantía a realizarse en las ciudades de Amstelveen, Países Bajos y Santa Coloma de Gramenet, España, urbes de Villa El Salvador, los días del 17 al 23 y del 23 al 28 de abril de 2016, encargando a la administración asumir los gastos que, por concepto de viáticos, requiera la representante municipal; Que, mediante informe de vistos, la Ofi cina General de Administración asigna, como gasto por concepto de viáticos, la suma total de $3,080.00 (tres mil ochenta con 00/100 dólares americanos), de modo que cada día de viáticos ascendería a $440.00 (cuatrocientos cuarenta con 00/100 dólares americanos), en tanto que la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, a través de sendos informes de vistos, otorga la certifi cación presupuestal a la suma propuesta; Que, la Ofi cina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable, toda vez que, según señala en informes de vistos, el monto asignado se encuentra dentro del límite máximo establecido para viajes a Europa, de acuerdo al artículo 5º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, reglamento de la ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cado con Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; Estando a lo expuesto y, en uso de las facultades conferidas al alcalde por el numeral 6), artículo 20º de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades SE RESUELVE Artículo 1º.- AUTORIZAR el egreso de $3,080.00 (tres mil ochenta con 00/100 dólares americanos) para cubrir los gastos que demande el viaje autorizado mediante acuerdo de concejo Nº 018-2016/MVES, a favor de Leyla Edith Mejía Loayza, regidora distrital de Villa El Salvador. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, la certifi cación de los egresos que demande la atención de los viáticos autorizados en el artículo precedente. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Ofi cinas General de Administración, el cabal cumplimiento de la presente resolución. Artículo 4º.- PUBLICAR la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano y en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador (www.munives. gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 1371461-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Implementan el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios, en un 32% de las Viviendas Urbanas del distrito DECRETO DE ALCALDIA Nº 011-2016-MVMT Villa María del Triunfo, 13 de abril del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO VISTO, el Memorándum Nº 116-2016-GM-MVMT de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 129-2016-MVMT- GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 017-2016-GSCGA/MVMT de la Gerencia de Servicios a la Ciudadanía y Gestión Ambiental, respecto al Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en un 32% de las Viviendas Urbanas del Distrito; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en los artículos 191º y 194º de la Constitución Política del Perú, y sus modifi catorias, concordante con lo previsto en el artículo II del título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 62º de la Ley Nº 28611 – Ley General del Ambiente, establece que “Los Gobiernos Locales organizan sus funciones ambientales, considerando el diseño y la estructuración de sus órganos internos o comisiones, en base a sus recursos, necesidades y el carácter transversal de la gestión ambiental. Deben implementar un Sistema Local de Gestión Ambiental,