Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2016 (23/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano / Sábado 23 de abril de 2016

NORMAS LEGALES
POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.

584041

Ratifican las modificaciones al Plan de Seguridad Ciudadana 2016
ORDENANZA Nº 471-MDR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC VISTO, en Sesión Extraordinaria de fecha 16 de abril del 2016, Dictamen Nº 001-2016-CSG-MDR de fecha 1|3 de abril de 2016 de la Comisión de Seguridad Ciudadana, Informe Nº 42-2016-GSC-MDR de fecha 05 de abril del 2016 de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Informe Nº 192-2016-GAJ-MDR de fecha 11 de abril del 2016 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 465-MDR de fecha 30 de enero del 2016, se ratifica el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana 2016, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana del Rímac, según acta de fecha 11 de enero del 2016, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 27933; Que, el Gerente de Seguridad Ciudadana, mediante Informe Nº 042-2016-GSC-MDR de fecha 05 de abril del 2016, señala que revisado el Plan del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana se realizaron las siguientes observaciones: a) Actualizar los Mapas del delito con los nuevos Comisarios, b) Actualizar el Mapa de Riesgo al mes de Marzo, con las firmas de los Comisarios y Funcionarios actualizados, c) Actualizar el Plan de Patrullaje Integrado con los nuevos Comisarios y la Cantidad de Patrullajes Integrados y d) Actualizar las estadísticas policiales de las cinco Comisarías; en ese sentido una vez subsanadas las observaciones, el Comité distrital de seguridad Ciudadana, en sesión de comité de fecha 29 de marzo del 2016, aprobó por unanimidad el "Plan Local distrital de Seguridad Ciudadana 2016", dando por subsanadas las observaciones; Que, en ese orden de ideas la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Informe Nº 192-2016-GAJMDR de fecha 11 de abril de 2015 opina que las modificaciones aprobadas por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana sean ratificadas a través del Concejo Municipal; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9º, numeral 8), artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el voto unánime de los señores Regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta se aprobó la siguiente: "ORDENANZA QUE RATIFICA LAS MODIFICACIONES AL PLAN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2016" Artículo Primero.- Ratificar las modificaciones aprobadas por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana del Rímac al Plan de Seguridad Ciudadana 2016, según acta de fecha 29 de marzo del 2016, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y demás normatividad aplicable, de conformidad a las consideraciones expuestas en la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Precisar que el Plan ratificado en virtud del artículo precedente, como anexo adjunto, forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Seguridad Ciudadana el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Secretaria General, Gestión Documentaria y Registros Civiles su publicación en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Informática su publicación en el Portal Institucional.

Dado en el Palacio Municipal a los dieciséis días del mes de abril del año dos mil dieciséis. ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ Alcalde 1371319-1

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
Aprueban el Reglamento Interno del Consejo Municipal del Libro y la Lectura 2016-2021
ORDENANZA Nº 319 San Juan de Lurigancho, 31 de marzo de 2016 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo del 31 de marzo de 2016, el Informe Nº 037-2016-SGECDJ-GDS/ MDSJL de fecha 29 de febrero del 2016, de la Gerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventudes, sobre proyecto de Ordenanza; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 (en adelante la LOM) establece que, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; le corresponde al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, las mismas que tienen rango de ley, conforme al artículo 200º inciso 4) de la Carta Fundamental; Que, el artículo 82º numeral 11 de la LOM, establece entre otras competencias y funciones específicas compartidas con el gobierno nacional y el regional, en materia de educación, cultura, deportes y recreación, organizar y sostener centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte en provincias, distritos y centros poblados, norma que concuerda con el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 002-2014-MC que aprobó el Reglamento de la Ley Nº 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas; Que, mediante Ordenanza Nº 306 de fecha 21 de noviembre de 2015, publicada, el 26 de noviembre de 2015, en el Diario Oficial El Peruano se aprobó el Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, para el periodo 2016-2021, y se estableció en su Artículo Tercero la conformación, el funcionamiento y las funciones del Consejo Municipal del Libro y la Lectura; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 004-2016-A/ MDSJL de fecha 06 de enero de 2016, se conformó el Consejo Municipal del Libro y la Lectura y se le encargó a la Sub Gerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventudes, para que en un plazo de 60 días elabore el Reglamento Interno del Consejo Municipal del Libro y la Lectura, debiendo también ser aprobado en el mismo plazo; Que, en cumplimiento a dicho mandato, con informe Nº 037-2016-SGECDJ-GDS/MDSJL del 29 de febrero de 2016, la Sub Gerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventudes, con el Visto Bueno de la Gerencia de Desarrollo Social, propone el Reglamento Interno para su aprobación por el Concejo Municipal;

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