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584042 NORMAS LEGALES Sábado 23 de abril de 2016 / El Peruano Estando a lo expuesto, contando con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica según Informe Nº 133-2016-GAJ/MDSJL del 21 de marzo de 2016 y de conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 9º y por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el VOTO UNÁNIME del Concejo Municipal y con la dispensa de la lectura y trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente norma: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO MUNICIPAL DEL LIBRO Y LA LECTURA 2016-2021 DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento Interno del Consejo Municipal del Libro y la Lectura 2016-2021 del Distrito de San Juan de Lurigancho, el mismo que consta de 19 artículos, Cuatro Disposiciones Complementarias y Dos Disposiciones Finales, y que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Planifi cación y la Gerencia de Desarrollo Social a través de sus unidades competentes el cumplimiento de la presente norma. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho (www.munisjl.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN VALENTIN NAVARRO JIMENEZ Alcalde REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO MUNICIPAL DEL LIBRO Y LA LECTURA 2016-2021 DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO TÍTULO PRIMERO GENERALIDADES CAPÍTULO I DE LA FINALIDAD, OBJETIVOS Y ALCANCES Artículo 1.- FINALIDAD Establecer la organización y el funcionamiento del Consejo Municipal del Libro y la Lectura, que en adelante se denominará “CMLL”. Artículo 2.- OBJETIVOS Son objetivos del presente reglamento: a) Promover e impulsar la constitución del Consejo Municipal del Libro y la Lectura, así como establecer su funcionamiento. b) Normar la participación de la sociedad civil organizada en la promoción, fomento y difusión del libro y la lectura a nivel local. Artículo 3.- ALCANCE Se encuentran comprendidos en el presente Reglamento todos los miembros del Consejo Municipal del Libro y la Lectura y la Sub Gerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventudes de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho. CAPÍTULO II DE LA BASE LEGAL Artículo 4.- BASE LEGAL • Constitución Política de Perú. • Ley Nº 28086, Ley de Democratización del Libro y de Fomento de la Lectura. • Decreto Supremo Nº 008-2004-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28086, Ley de Democratización del Libro y de Fomento de la Lectura, modifi cado por Decreto Supremo Nº 010-2004-ED. • Ley Nº 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas. • Decreto Supremo Nº 002-2014-MC, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas. • Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura. • Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura. • Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. • Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización. • Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General. • Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. • Ley Nº 26300, sobre Derechos de Participación y Control Ciudadano. CAPÍTULO III DE LA NATURALEZA Artículo 5º.- NATURALEZA El CMLL desarrolla funciones que se sustentan en los espacios democráticos de participación, concertación y vigilancia ciudadana, dentro del marco del artículo 16 del Reglamento de la Ley Nº 28086, Ley de Democratización del Libro y Fomento de la Lectura, que menciona la promoción de comisiones consultivas regionales y locales de democratización del libro y fomento de la lectura al interior de los gobiernos regionales y locales. TÍTULO SEGUNDO ORGANIZACIÓN CAPÍTULO I DE LA CONSTITUCIÓN, RECONOCIMIENTO E INSTALACIÓN DEL CONSEJO MUNICIPAL DEL LIBRO Y LA LECTURA Artículo 6º.- MIEMBROS DEL CONSEJO El Consejo Municipal del Libro y la Lectura está conformado por: 1. El Alcalde Distrital de San Juan de Lurigancho, quien lo preside. 2. Un Secretario Técnico, quien es el Sub Gerente de Educación, Cultura, Deporte y Juventudes, con derecho a voz, pero no a voto. 3. Una bibliotecaria de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho. 4. Nueve (9) actores sociales del libro y la lectura del distrito: • Un representante de los miembros de las juntas vecinales. • Un representante de los mediadores de lectura. • Un representante de los ciudadanos de lengua originaria. • Un representante de las organizaciones y colectivos culturales. • Un representante de los lectores. • Una representante de los docentes. • Un representante de los autores. • Una representante de los bibliotecarios. • Un representante de los editores. • Dos representantes de instituciones públicas, por acuerdo de los integrantes del Consejo Municipal del Libro y la Lectura, la Sub Gerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventudes y las instituciones seleccionadas: la UGEL 05 y la Biblioteca Nacional del Perú.