Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2016 (24/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Domingo 24 de abril de 2016

NORMAS LEGALES GOBIERNOS LOCALES

584091

RESUELVE: 1º OTORGAR EL DUPLICADO DE DIPLOMA DE TÍTULO PROFESIONAL DE LICENCIADA EN ENFERMERÍA, a doña MIRIAM ROSANA HERRERA AGUADO, de acuerdo al siguiente detalle: Diploma registro Nº 1761, registrado a Fojas 110 del Tomo 034-T. 2º DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria. 3º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaria General y Facultad de Enfermería. Regístrese y comuníquese. MOISES RONALD VASQUEZ CAICEDO AYRAS Rector HUGO RÓSULO LOZANO NUÑEZ Secretario General 1369171-1

MUNICIPALIDAD DE ATE
Autorizan viaje de funcionario a Ecuador, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 024-2016/MDA Ate, 20 de abril de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 20 de Abril del 2016, Presidido por el Segundo Regidor de la Municipalidad Distrital de Ate, Econ. Aly Dante Carlos Villarroel; la Carta de fecha 13.04.2016 de La Iniciativa de Ciudades Emergentes y Sostenibles (ICES), del Banco Interamericano de Desarrollo (BID); el Informe Nº 0332016-MDA/GDU, de la Gerencia de Desarrollo Urbano; el Memorando Nº 056-2016-MDA/GCRNI, de la Gerencia de Cooperación y Relaciones Nacionales e Internacionales; el Informe Nº 414-2016-MDA/GAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Documento de Disponibilidad Presupuestal Nº 111-SGP-G de la Sub Gerencia de Presupuesto; el Proveído Nº 997-2016-MDA/A del Despacho de Alcaldía; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, mediante Informe Nº 033-2016-MDA/GDU, la Gerencia de Desarrollo Urbano comunica que ha recibido una invitación con Carta de fecha 13.04.2016 de La Iniciativa de Ciudades Emergentes y Sostenibles (ICES), del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), para participar en el Taller sobre: "Mecanismos de Captura de Plusvalías", el mismo que se llevará a cabo entre el 26 y 28 de abril del presente año en la Ciudad de Cuenca ­ Ecuador, lo cual permitirá tomar conocimiento de experiencias internacionales y abordar soluciones integrales y sostenibles a la problemática de las ciudades en relación a los sistemas de mejoramiento del valor del suelo urbano; asimismo, indica que el Banco Interamericano de Desarrollo cubrirá los gastos de modo reembolsable hasta por el valor de US$ 1,345.00 Dólares Americanos, para cubrir gastos de pasajes, hotel, seguros y todo concepto durante la duración del evento, considerando de gran importancia participar en dicho evento para aumentar los conocimientos y enfrentar la problemática del desarrollo del próximo proyecto Línea 2 ­ Metro de Lima, teniendo en cuenta que generará un impacto final positivo para el desarrollo del Distrito, solicitando la autorización respectiva a fin de asistir a dicho evento en comisión de servicios en representación de la Corporación Municipal; Que, mediante Memorando Nº 056-2016-MDA/ GCRNI, la Gerencia de Cooperación y Relaciones Nacionales e Internacionales señala que la asistencia al referido taller es muy importante, además se cuenta con el financiamiento de los costos del viaje en la modalidad de reembolsable, sugiriendo por razones de vuelo que el

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Los Andes S.A. la apertura de oficinas especiales ubicadas en los departamentos de Arequipa, Cusco, Apurímac y Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 2196-2016 Lima, 14 de abril de 2016 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y Crédito Los Andes S.A., para que se le autorice la apertura de cuatro (04) oficinas en la modalidad de Oficina Especial ubicadas en los departamentos de Arequipa, Cusco, Apurímac y Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación requerida por la normatividad vigente para la apertura de dichas agencias; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 ­ Ley General de Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015, y uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Los Andes S.A. la apertura de cuatro (04) oficinas en la modalidad de Oficina Especial ubicadas en: i) Av. Aviación Mz. A Lt. 54 Zona A, distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa, ii) Av. La Cultura A-12, distrito de San Sebastián, provincia y departamento de Cusco, iii) Jr. Alfonso Ugarte Nº 328, distrito y provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac y iv) Av. Jorge Basadre Nº 358, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas 1371475-1

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