Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2016 (24/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

Domingo 24 de abril de 2016 /

El Peruano

invitan al señor Presidente, Dr. Guido César Aguila Grados, a participar en los actos protocolares del XXVII Congreso Panamericano de Derecho Procesal que se celebrará en la ciudad de Panamá, en conmemoración del 40 Aniversario de Fundación del Instituto Panamericano de Derecho Procesal y que coincide con el hito histórico que supone para el pueblo panameño la apertura del proyecto de ampliación del Canal de Panamá; Que estos actos protocolares se llevarán a cabo el día 16 de mayo del presente, y tendrán lugar en la Alcaldía del Distrito de Panamá, la Universidad de Panamá y la Corte Suprema de Justicia de la República de Panamá; siendo en el acto programado en la Corte Suprema de Justicia de la República de Panamá donde el señor Presidente, Dr. Guido César Aguila Grados, ha sido invitado a exponer sobre el rol del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, dentro de los lineamientos y finalidad del Consejo Nacional de la Magistratura, está el de difundir la misión y visión de la Institución, así como dar a conocer los procesos y actividades que se vienen desarrollando, a fin de difundir la labor que cumple el Consejo Nacional de la Magistratura para la transformación de la justicia en el país; Que, el Pleno del CNM mediante Acuerdo N° 2972016 del Acta de Sesión Plenaria Ordinaria de Vistos, acordó autorizar el viaje del señor Presidente, Dr. Guido César Aguila Grados el día 16 de mayo 2016, para que en representación del Consejo Nacional de la Magistratura, participe en los actos protocolares del XXVII Congreso Panamericano de Derecho Procesal, que se celebrará en la ciudad de Panamá, en conmemoración del cuadragésimo aniversario del Instituto Panamericano de Derecho Procesal; debiendo el Consejo Nacional de la Magistratura cubrir los respectivos pasajes y viáticos; Que, conforme lo establecido en la Directiva N° 012-2012-P-CNM, "Normas y Procedimientos sobre viajes y viáticos en comisión de servicios del Consejo Nacional de la Magistratura", aprobada por Resolución N° 120-2012-P-CNM y sus modificatorias, resulta procedente reconocer los gastos de pasajes aéreos y viáticos que corresponden; De conformidad con el literal e) del artículo 37° de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, Ley N° 26397; y con la visación de la Dirección General, de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Oficina Administración y Finanzas y de la Oficina de Presupuesto e Inversiones del Consejo Nacional de la Magistratura; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al señor Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Dr. Guido César Aguila Grados, a viajar a Panamá el día 16 de mayo del presente, a fin de que en representación del Consejo Nacional de la Magistratura participe en los actos protocolares del XXVII Congreso Panamericano de Derecho Procesal, que se celebrará en la ciudad de Panamá, en conmemoración del cuadragésimo aniversario del Instituto Panamericano de Derecho Procesal. Artículo Segundo.- Reconocer al señor Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Dr. Guido César Aguila Grados, el costo del pasaje aéreo ida y retorno internacional y los viáticos, conforme la Directiva N° 012-2012-P-CNM "Normas y Procedimientos sobre viajes y viáticos en comisión de servicios del Consejo Nacional de la Magistratura"; de acuerdo a lo siguiente:
Nombres y Apellidos Guido César Aguila Grados Pasaje Aéreo US$ 790.00 Viáticos por día US$ 315.00 N° de días 01 01 (Gastos de Instalación) 2.3.21.12 Viáticos y Asignac. por Com. Servicio (Internac.) Total Viáticos US$ 630.00

por el pliego presupuestal del Consejo Nacional de la Magistratura en las Específicas del Gasto detalladas en el Artículo Segundo de la presente Resolución, Meta 0003. Artículo Cuarto.- Encargar al señor Vicepresidente, Dr. Orlando Velásquez Benites, el Despacho de la Presidencia del CNM, durante la ausencia del Titular del Pliego. Artículo Quinto.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo Sexto.- Encargar a la Oficina de Administración y Finanzas del Consejo Nacional de la Magistratura la publicación y cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. GUIDO AGUILA GRADOS Presidente 1371331-1

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Otorgan duplicado de diploma del título profesional de Licenciada en Enfermería de la Universidad Nacional del Centro del Perú
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU RESOLUCIÓN Nº 0126-CU-2015 Huancayo, 31 de diciembre 2015 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU Visto, el expediente Nº 40184 de fecha 10 de Diciembre del 2015, por medio del cual doña MIRIAM ROSANA HERRERA AGUADO, solicita Duplicado de Diploma de Título Profesional de Licenciada en Enfermería, por pérdida. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a los Artículos 13º y 14º de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso; asimismo promueve el desarrollo del país; Que, de conformidad a la Ley Nº 28626, se faculta a las universidades públicas y privadas expedir duplicados de grados y títulos profesionales, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada universidad; Que, con Resoluciones Nº 1503-2011-ANR y 12562013-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta la expedición de Duplicados de Diplomas de Grados Académico y Títulos Profesionales en cumplimiento a la Ley Nº 28626; Que, mediante la Resolución Nº 3205-CU-2014 del 10.09.2014, la Universidad Nacional del Centro del Perú, aprueba la "Directiva Nº 001-2014-SG para otorgar Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales por pérdida, deterioro o mutilación, expedidos por la Universidad"; Que, doña Miriam Rosana Herrera Aguado, solicita Duplicado de Diploma de Título Profesional, por pérdida; el Diploma de Título Profesional de Licenciada en Enfermería, fue expedido el 15.09.2010, Diploma registrado con el Nº 1761, registrado a Fojas 110 del Tomo 034-T, para el efecto, adjunta los documentos consignados en el item VI de la Directiva Nº 001-2014-SG; y De conformidad al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 29 de Diciembre del 2015.

Específica del 2.3.21.11 Gasto Pasajes y Gastos de Transporte (Internac)

Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos

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